Consulta Pública previa relativa al Proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 28/2018, de 15 de mayo, por el que se regula la contratación electrónica en el Sector Público Regional.

De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de febrero de 2017, por el que se adoptan medidas para habilitar la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa a través del Portal de Transparencia de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el órgano competente del impulso del procedimiento de elaboración de la disposición normativa será el responsable de determinar el contenido de la consulta pública previa, en la que, como mínimo, deberán figurar los siguientes extremos:
a) Antecedentes de la norma
b) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
c) Necesidad y oportunidad de su aprobación.
d) Objetivos de la norma.
e) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
El presente documento tiene como finalidad dar respuesta a dichas cuestiones y servir de base a la consulta pública previa a la elaboración del proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 28/2018, de 15 de mayo, por el que se regula la contratación electrónica en el sector público regional.
La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones y sugerencias sobre los aspectos planteados en este documento en el plazo de 10 días naturales, entre el 8 de julio de 2020 y el 17 de julio de 2020 a través de siguiente buzón de correo electrónico: occ@jccm.es
Se ruega que en los correos que remitan, a estos efectos, indiquen, de forma clara, en el campo de “asunto”, que éstos se realizan en el marco de este trámite de consulta pública sobre el proyecto de modificación del Decreto 28/2018
a) Antecedentes de la norma.
La norma que se pretende modificar surgió ante la necesidad de abordar una nueva regulación de la utilización de medios electrónicos en la contratación pública, aspecto que ya acometió el Decreto 54/2011, de 17 de mayo, por el que se regula la utilización de medios electrónicos y se establecen medidas de organización y de mejora de la transparencia en la contratación del Sector Público de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, norma que quedó obsoleta en algunos de sus preceptos ante las modificaciones normativas estatal y europea producidas en esta materia. Asimismo, lleva a cabo una nueva regulación, respecto a la contenida en el citado Decreto 54/2011, del Registro Oficial de Licitadores de Castilla-La Mancha, por las razones expuestas.
b) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
La modificación que se propone del decreto de referencia pretende adecuar y adaptar al marco regulatorio vigente determinados preceptos incluidos en el Decreto 54/2011, que por el transcurso del tiempo han quedado obsoletos, al tiempo que reducir la dispersión normativa existente aunando en una única norma reglamentaria toda la materia relacionada con la gestión electrónica de la contratación.
c) Necesidad y oportunidad de su aprobación.
Refundir en una única norma reglamentaria la regulación de los diferentes elementos integrados de la contratación electrónica y establecer un marco jurídico, más preciso y actualizado, que permita desarrollar el proyecto de contratación electrónica de manera eficiente y adaptada a las oportunidades de las nuevas tecnologías, apostando al tiempo por un acceso universal a la información relativa a la contratación pública consolidando el principio de transparencia que la legislación básica de contratos, nacional y europea, impone.
d) Objetivos de la modificación.
- Simplificar la normativa existente en materia de contratación pública electrónica, en aras al principio de seguridad jurídica, derogando en su totalidad el Decreto 54/2011 y regulando la citada materia en una única norma.
- Regular la posibilidad de sustituir los documentos electrónicos en formato PDF (firma PAdES) por ficheros electrónicos estructurados que permitan una mejor y más eficiente gestión de la información, estableciendo las condiciones para su utilización.
- Simplificar y armonizar la regulación del Registro de Contratos del sector público regional a tenor de la vigente Ley de Contratos del Sector Público, incluyendo en el ámbito objetivo del Decreto 28/2018 la regulación del referido registro.
- Evolucionar en el acceso a la información contenida en el Registro de Contratos pasando, de un modelo condicional sujeto a respuesta, a un modelo universal propio del nuevo contexto de transparencia en la contratación pública.
e) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
La modificación del decreto se considera la mejor de las soluciones posibles para solucionar los problemas a que nos hemos referido anteriormente, dado que el mantenimiento de la regulación contenida en el Decreto 54/2011, obligaría a realizar una interpretación sistemática del mismo con relación al marco vigente de la regulación en la materia lo que supondría, o bien la inaplicabilidad de alguno de sus preceptos, o su aplicación condicionada, generándose dudas de interpretación y aplicación de su regulación, que no pueden más que generar cierta inseguridad jurídica. Además, su obsolescencia impide avanzar de manera adecuada en el proyecto de contratación electrónica.