El control del rendimiento lechero es un instrumento fundamental en el desarrollo de los programas de cría del ganado lechero y de todo el sector lácteo de la región, tanto ganaderías como industrias lácteas. Es una actividad que se desarrolla solo en aquellas ganaderías que participan de manera voluntaria a través de las asociaciones de cada raza, pero cuyos resultados benefician a todas las ganaderías productoras y a la industria láctea de la comunidad autónoma, a través de las actuaciones de difusión de la mejora, cuestión muy relevante para Castilla-La Mancha, que es una de las principales comunidades autónomas en producción y transformación de leche en España.
Esta actividad está regulada a nivel nacional por el Real Decreto 663/2023, de 18 de julio, (B.O.E. nº 172, de 20 de julio), donde se establecen la estructura organizativa básica y los requerimientos técnicos de todo el sistema de control del rendimiento lechero para las especies bovina, ovina y caprina.
Uno de los pilares en los que se asienta el control del rendimiento lechero es el análisis sistemático de muestras de leche individual de cada una de las hembras en control, obtenidas de un modo planificado a lo largo de sus lactaciones. Los resultados de estos análisis, junto a los parámetros de cantidad, son los que se incorporan a las valoraciones genéticas, posibilitando con ello el progreso genético de toda la raza, la mejora constante de los parámetros tecnológicos y de calidad de la leche producida y la capacidad para responder a las demandas del mercado.
En Castilla-La Mancha, los órganos competentes en materia de control del rendimiento lechero se establecen en la Orden de 15/05/2007, de la Consejería de Agricultura, en cuya virtud, que constituye el Centro Autonómico de Control Lechero, prevé que la gestión del rendimiento lechero se efectúe por las organizaciones u asociaciones de ganaderos oficialmente reconocidas y establece la existencia de un laboratorio autonómico de control lechero. En desarrollo de dicha Orden, la Resolución de 14/01/2022, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, designa, en su punto segundo, al Laboratorio Interprofesional Lácteo de Castilla-La Mancha (LILCAM) como laboratorio autonómico de control del rendimiento lechero en Castilla-La Mancha, único designado en la actualidad para el análisis de estas muestras. Ahora bien, la entrada en vigor del Real Decreto 663/2023, de 18 de julio, impone cambios en las estructuras del control del rendimiento lechero en esta Comunidad Autónoma. Así, ya no es obligatoria la existencia del Centro Autonómico del Control Lechero y las asociaciones u organizaciones de criadores podrán llevar a cabo el control de rendimiento lechero contemplado en su programa de cría por sí mismas, manteniéndose el LILCAM como el laboratorio de análisis de las muestras. En consecuencia, la entidad beneficiaria de la ayuda que se regula en este Decreto es el LILCAM, si bien se considera que las destinatarias últimas de la misma serán las asociaciones que lleven a cabo en Castilla-La Mancha el control del rendimiento lechero.
La subvención prevista en este Decreto constituye una ayuda compatible regulada en el artículo 27 del Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Asimismo, se integra en el Plan Estratégico de Subvenciones 2021-2023 de la sección presupuestaria 21 Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y contribuye al objetivo 97, Mejora de la sanidad animal, incluidos los programas de higienes, protección, conservación y bienestar de todas las especies animales, línea 116, Programas nacionales de erradicación de enfermedades y ayudas para la conservación y mejora del sector ganadero en Castilla-La Mancha.
Los artículos 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y 75.2.c) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, establecen que podrán concederse de forma directa las subvenciones en las cuales se acrediten razones de interés público, social, económico, humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. Dado que en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, únicamente es el LILCAM quien puede realizar los análisis de las muestras de leche del control del rendimiento lechero en ganaderías de la región, deviene inaplicable un procedimiento de concurrencia competitiva de concesión de subvenciones. Además, es destacable la experiencia del LILCAM en el análisis de muestras de leche de vacuno, ovino y caprino, su trayectoria de colaboración con las asociaciones que gestionan los programas de cría en las diferentes razas ganaderas implicadas y la disponibilidad de los medios e infraestructura adecuados para llevar a cabo los análisis de caracteres cualitativos del control de rendimiento lechero, lo que lo convierten en idóneo para llevar a cabo el cumplimiento del objetivo que se persigue.
Por su parte, el artículo 37 del Reglamento de desarrollo del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, en materia de subvenciones, aprobado por el Decreto 21/2008, de 5 de febrero, establece que el Consejo de Gobierno aprobará por decreto, y a propuesta del titular de la Consejería a la que esté adscrito el órgano concedente, y previo informe de la Intervención General, las normas especiales, con el carácter de bases reguladoras de las subvenciones previstas en el artículo 75.2.c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.
Será beneficiario de esta subvención, en los términos establecidos en este Decreto, el Laboratorio Interprofesional Lácteo de Castilla-La Mancha (LILCAM).
Se consideran actuaciones subvencionables aquellas actividades que, siendo propias de la entidad beneficiaria, tengan como fin el análisis de las muestras de leche del control del rendimiento lechero en Castilla-La Mancha, como la contratación del personal necesario, la recepción y preparación de las muestras, el análisis de las mismas, la grabación y comunicación de los resultados obtenidos, la acreditación de las técnicas analíticas, el mantenimiento de los equipos de análisis o la adquisición del material y reactivos necesarios.
Se consideran gastos subvencionables los siguientes gastos de funcionamiento de la entidad:
a) los derivados del funcionamiento del laboratorio: acreditación de las técnicas analíticas, realización de ensayos intercomparativos, amortización de los equipos de análisis, reparaciones de dichos equipos, pequeño material de laboratorio, reactivos y material fungible necesario.
b) los derivados del personal contratado: el salario neto, las cuotas de la Seguridad Social u otros seguros sociales y las retenciones del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.
El importe total de la subvención podrá ascender a 140.000,00 euros y, tal como se establece en la letra a) del punto 5 del artículo 27 del Reglamento (UE) 2022/2472, de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, podrá cubrir hasta el 70% del gasto de las actuaciones realizadas, con el límite de 0,42 €/muestra.
Se financiará con fondos propios, con cargo a las partidas presupuestarias 21.04.713B.48000 y 21.04.713B.78000 de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el ejercicio 2023, con la siguiente distribución por partidas y anualidades de gasto:
• Año 2023, partida 21.04.713B.48000 fondo propio ______ 18.900,00 euros
• Año 2023, partida 21.04.713B.78000 fondo propio ______ 23.100,00 euros
• Año 2024, partida 21.04.713B.48000 fondo propio ______ 25.200,00 euros
• Año 2024, partida 21.04.713B.78000 fondo propio ______ 30.800,00 euros
• Año 2025, partida 21.04.713B.48000 fondo propio ______ 18.900,00 euros
• Año 2025, partida 21.04.713B.78000 fondo propio ______ 23.100,00 euros
Enlaces relacionados:
Decreto 280/2023, de 5 de diciembre, por el que se establecen las bases para la concesión directa de una subvención al Laboratorio Interprofesional Lácteo de Castilla-La Mancha (Lilcam), para realizar los análisis cualitativos de las muestras de leche del control del rendimiento lechero en Castilla-La Mancha.