DG de Medio Natural y Biodiversidad

Modificación de la Ley 9/2003, de 20 de marzo, de vías pecuarias de Castilla-La Mancha.

En el artículo 149.1.23ª de la Constitución Española se establece la competencia exclusiva del Estado en materia de “Legislación básica sobre montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias”.
 
En el artículo 32.2 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha se establece que “en el marco de legislación básica del Estado y, en su caso, en los términos que de la misma se establezca, es competencia de la Junta de Comunidades el desarrollo legislativo y la ejecución en materia de montes, aprovechamientos forestales, vías pecuarias, pastos y espacios naturales protegidos, y servicios forestales”. Así mismo el apartado 7 de este artículo 32 otorga la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución en materia de protección del medio ambiente y de los ecosistemas.
 
La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, asumió por el Real Decreto 1676/84, de 8 de febrero, las funciones atribuidas al Estado, en materia de vías pecuarias, a excepción de la enajenación de terrenos sobrantes en aquellas cuyo itinerario sobrepase el territorio de la Comunidad.
 
La Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, en su Disposición Final Tercera, dispone que corresponde a las Comunidades Autónomas, en el ámbito de sus respectivas competencias, dictar las disposiciones que sean precisas sobre el desarrollo de dicha ley.
 
En el año 2003, las Cortes de Castilla-La Mancha aprobaron la Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha, a través de la cual la Comunidad Autónoma desarrollaba, en el ámbito de sus competencias, la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.
 
Posteriormente, mediante la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha, se aprobaron dos modificaciones parciales, muy definidas de la Ley 9/2003.
 
Procedimiento de Participación Pública

Partiendo del texto actual de la Ley 9/2003 se inicia un proceso de recopilación de todos aquellos aspectos de la misma que deben ser mejorados, siempre dentro del marco básico estatal. Transcurridos diecisiete años desde su aprobación, se han producido importantes cambios estructurales, económicos, sociales y legislativos en el entorno de las vías pecuarias de nuestra Comunidad Autónoma, que han provocado nuevas exigencias en su gestión como terrenos de dominio público propiedad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
 
El principal objetivo es mejorar la eficiencia en el manejo de los recursos públicos, con esta modificación se pretende profundizar en la protección del dominio público pecuario, de forma compatible con las expectativas de la sociedad actual, con respeto a su función original de tránsito ganadero, pero sin descuidar las nuevas utilidades de las vías pecuarias, especialmente su potencial para promover un desarrollo sostenible.
 
Para ello, se ha realizado un proceso de participación, garantizando así el derecho de todos los ciudadanos a intervenir de manera activa en el proceso de elaboración de esta nueva norma.
 
Si quiere participar en este proceso, puede enviar sus sugerencias y consultas a la siguiente dirección de correo electrónico:
 
participacionviaspecuariasclm@jccm.es
 
 
Actualmente, se encuentra abierto el proceso de participación pública para la elaboración de la Ley por la que se modifica la Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha, hasta el momento en el que finalicen los futuros trámites de información pública y audiencia a los interesados.
 
Desde aquí puede tener acceso a los documentos que lo conforman, los cuales estarán disponibles paulatinamente conforme a su elaboración:

Enlace permanente: 
https://castillalamancha.es./node/302282
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Descargas: 

01 Resolución Inicio Partic. Publica

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03_Cuestionario consulta pública previa

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