DG de Economía Circular y Agenda 2030

Difusión de la Información Ambiental

La difusión de la información ambiental por parte de las autoridades públicas constituye la vertiente activa del derecho de acceso a la información ambiental siendo la base sobre la que se asienta la acción protectora del medio ambiente por parte de las Administraciones públicas.
 
De acuerdo con la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente las autoridades públicas deben difundir y poner a disposición del público en general, de la forma más amplia posible la información ambiental, especialmente por medio de las tecnologías de la información y de  las comunicaciones
 
La información que se difunda será actualizada, si procede, y tendrá los siguientes contenidos mínimos:
 
  -   Los textos de Tratados, Convenios y Acuerdos internacionales y los textos legislativos comunitarios, estatales, autonómicos o locales sobre el medio ambiente o relacionados con la materia.
 
  -   Las políticas, programas y planes relativos al medio ambiente.
 
  -   Los informes sobre los avances registrados en materia de aplicación de los elementos enumerados anteriormente cuando éstos hayan sido elaborados en formato electrónico o mantenidos en dicho formato por las autoridades públicas:
 

 
  -   Estado del medio ambiente:

 
  -   Los datos o resúmenes de los datos derivados del seguimiento de las actividades que afecten o puedan afectar al medio ambiente: 

 
  -   Las autorizaciones con un efecto significativo sobre el medio ambiente y los acuerdos en materia de medio ambiente, en su defecto, la referencia al lugar donde se puede solicitar o encontrar la información.
 
  -   Los estudios sobre el impacto ambiental y evaluaciones del riesgo relativos a los elementos del medio ambiente, o en su defecto, una referencia al lugar donde se puede solicitar o encontrar la información.
 
En caso  de amenaza inminente para la salud humana o para el medio ambiente ocasionada por actividades humanas o por causas naturales, las autoridades públicas difundirán de forma inmediata toda la información que obre en su poder, a los efectos de permitir al público que pueda resultar afectado adoptar las medidas necesarias para prevenir o limitar los daños que pudieran derivarse de dicha amenaza.

Enlace permanente: 
https://castillalamancha.es./node/171330
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Descargas: 

El medio ambiente en Europa: Estado y perspectivas 2015- Informe de síntesis

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Tercer estudio sobre la calidad de la Información Ambiental autonómica en la red

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