Inventario Nacional de Gases de Efecto Invernadero
España, como Estado Miembro de la Unión Europea, participa activamente en el proceso de negociación internacional, que se desarrolla principalmente a través de reuniones anuales de las Partes de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y del Protocolo de Kioto.
De acuerdo con los artículos 4 y 12 de la Convención de Cambio Climático, y las decisiones pertinentes de la Conferencia de las Partes (COP), los países que son Partes de la Convención presentan, anualmente, sus inventarios nacionales de gases de efecto invernadero (GEI) a la Secretaría de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (SCMNUCC).
Estos inventarios recogen las emisiones de las sustancias consideradas en el Anexo A del Protocolo de Kioto, que incluye los siguientes seis gases o grupos de gases con efecto directo sobre el calentamiento atmosférico: dióxido de carbono (CO2), metano (CH4), óxido nitroso (N2O), hidrofluorocarburos (HFC), perfluorocarburos (PFC), y hexafluoruro de azufre (SF6). Adicionalmente, se presentan las emisiones estimadas de los cuatro gases siguientes con efecto indirecto sobre el calentamiento atmosférico: óxidos de nitrógeno (NOx), monóxido de carbono (CO), compuestos orgánicos volátiles no metánicos (COVNM), así como de los óxidos de azufre (SOx)
Por otra parte, los países que son partes del Protocolo de Kyoto deben presentar la información complementaria requerida en el artículo 7 del mismo protocolo, en el que se contabilizan las variaciones de carbono y las emisiones o absorciones asociadas, en términos de CO2, para los principales depósitos de carbono (sumideros).
Se envían y publican en el primer trimestre del año los datos correspondientes al penúltimo año (x-2)
En el enlace que se indica puede consultar toda la información disponible respecto a los Inventarios de Gases de Efecto Invernadero a nivel nacional.