Viceconsejería de Medio Ambiente

Reglamento de caza de Castilla-La Mancha

El artículo 31 de la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, establece como competencias exclusivas de la región “La caza y la Pesca fluvial. La Acuicultura”.
 
Con fecha 12 de marzo de 2015 se publica en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha nº 49, la ley 3/2015, de 5 de marzo de Caza de Castilla-La Mancha que incluye una Disposición derogatoria dos que indica “En tanto no se publique el reglamento de aplicación de esta ley, serán de aplicación las disposiciones del Decreto 141/1996, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de aplicación de la Ley 2/1993, de 15 de julio, de caza de Castilla-La Mancha, en tanto no contradigan la presente ley.

El actual Reglamento de la ley de caza está vigente desde 1996, y aunque se han realizado a largo de estos años cuatro modificaciones del texto para ir corrigiendo posibles problemas de su aplicación, es el momento de abordar un nuevo texto que incorpore las novedades de la nueva ley de caza.
 
Procedimiento de Participación Pública

 
Partiendo del texto del actual reglamento, se inicia un proceso de recopilación de todos aquellos aspectos que la ley indica que deben ser desarrollados reglamentariamente y modificando aquellos otros que, estando vigentes en el reglamento, deben adaptarse al código legislativo vigente en la actualidad o mejora de otros que la experiencia de más de 20 años ha detectado como mejorables.
 
De ahí surge la necesidad de elaborar un nuevo reglamento, que, manteniendo los principios inspiradores de conservación de la naturaleza y aprovechamiento sostenible de las especies cinegéticas, promueva y promocione la caza deportiva como una actividad económica generadora de empleo y desarrollo turístico de una gran parte de esta Comunidad Autónoma, aprovechando su potencial cinegético de forma ordenada y compatible con la diversidad biológica. 
En virtud de la disposición final quinta de la Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha, se faculta al Consejo de Gobierno al desarrollo de esta norma.
 
Tras el correspondiente proceso administrativo se aprueba el Decreto 15/2022, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de aplicación de la Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha.
 

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Normas básicas para la caza en CLM_V3

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Decreto_15/2022_Reglamento General de aplicación de la Ley de Caza de Castilla-La Mancha

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