DG Tributos y Ordenación del Juego

Consulta pública previa sobre la elaboración del Anteproyecto de Ley que regule la actividad del Juego en Castilla-La Mancha.

De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de febrero de 2017, por el que se adoptan medidas para habilitar la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa a través del Portal de Transparencia de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha,  el órgano competente del impulso del procedimiento de elaboración de la disposición normativa será el responsable de determinar el contenido de la consulta pública previa, en la que, como mínimo, deberán figurar los siguientes extremos:

 

a) Antecedentes de la norma.

b) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa de la nueva norma.

c) Necesidad y oportunidad de su aprobación.

d) Objetivos de la norma.

e) Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias.

 

La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus aportaciones. El plazo para efectuarlas será de veinte días naturales (del 9 de marzo al 28 de marzo de 2020, ambos inclusive), a través del siguiente buzón de correo electrónico: dgtributos@jccm.es

 

Ello sin perjuicio de las medidas adicionales de participación a desarrollar en los sucesivos trámites, preceptivos o no, de la tramitación del proyecto normativo propuesto.

 

a) Antecedentes de la norma.

 

Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, redactado por la Ley Orgánica 7/1994, de 24 de marzo, atribuyó competencia exclusiva a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en materia de “Casinos, juegos y apuestas, con exclusión de las Apuestas Mutuas Deportivo Benéficas”.

 

En ejercicio de esta competencia se dictó, en primer lugar, la Ley 4/1999, de 31 de marzo, del Juego de Castilla-La Mancha, sustituida posteriormente por la Ley 2/2013, de 25 de abril, del Juego y las Apuestas de Castilla-La Mancha.

 

b) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa de la nueva norma.

 

La nueva ley tratará de corregir las externalidades negativas que la actividad del juego genera en la sociedad, poniendo énfasis en la prevención, en el fomento del juego responsable y en la inspección y control en este sector.

 

c) Necesidad y oportunidad de su aprobación.

 

La Ley del Juego de Castilla-La Mancha, aprobada en 2013, ha facilitado la proliferación de este tipo de establecimientos en Castilla-La Mancha, lo que en los últimos años está generando una creciente preocupación social por la repercusión negativa que puede tener en ciertos colectivos, como son los menores de edad o las personas con problemas de adicción. Con la aprobación de esta nueva norma, que sustituirá a la vigente Ley del Juego, se pretende atender esta demanda social que reclama un mayor nivel de protección ante la actividad del juego de los grupos más vulnerables, articulando para ello todo un conjunto de instrumentos, cuyo fin esencial se sustente en la ordenación de este sector, para que su ejercicio sea moderado, proporcionado y responsable.

 

d) Objetivos de la norma.

 

Los objetivos básicos que han de regir las políticas públicas de esta Administración en materia de juego, serán los siguientes:

 

1. Desarrollo mucho más controlado del sector del juego, donde la oferta se adecúe a la demanda social.

 

2. Impulso de políticas de juego responsable, reduciendo los efectos negativos de su práctica o de su publicidad.

 

3. Protección a los colectivos más vulnerables, como menores de edad y personas con problemas de adicción al juego. 

 

4. Mayor actividad de inspección y control en el sector del juego.

 

e) Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias.

 

No existen soluciones alternativas legales a esta propuesta, ya que el cumplimiento de los objetivos fijados anteriormente sólo puede abordarse mediante la elaboración de un nuevo texto legal.

 

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