DG Protección Ciudadana

Coordinación Policias Locales

Coordinación Policias Locales

La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ostenta la competencia exclusiva para la coordinación de la policía local, sin perjuicio de su dependencia de la autoridad municipal, según se recoge en el artículo 31.1.32 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha. En el uso de estas competencias, el Gobierno Regional ha desarrollado la Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.
En esta Ley, se establece que la coordinación de las Policías Locales debe entenderse como la determinación de los criterios necesarios para la mejora de la formación, organización, dotación y adecuación de las Policías Locales al sistema y fines generales de la seguridad pública, dentro de los cometidos que tienen legalmente asignados, así como la fijación de los medios para homogeneizar las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, a fin de lograr una acción que mejore su profesionalidad y eficacia, tanto en sus acciones individuales como en las conjuntas, sin perjuicio de la autonomía municipal.
Las competencias mencionadas, de conformidad con lo establecido en el Decreto 14/2012 de 26/01/2012 por el que se modifica el Decreto 279/2011 de 22 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, corresponde ejercitarlas a la Dirección General de Protección Ciudadana.
 

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