Plan de Emergencia Exterior de Cepsa Gas Licuado SA. Cebolla (Toledo)
En cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, los establecimientos que utilicen en sus procesos productivos determinadas cantidades de las sustancias que se enumeran, como es el caso de “Cepsa Gas Licuado, S.A.” en su establecimiento sito en la carretera CM4000, Km. 48, en Cebolla (Toledo), están obligados a adoptar una serie de medidas preventivas, debido al riesgo intrínseco existente en los mismos.
Es por ello que se ha publicado la Orden 130/2017, de 14 de julio, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se revisa el Plan Territorial de Emergencia de Castilla-La Mancha y varios planes de Emergencia Exterior (D.O.C.M. núm. 147 de 31/07/2017), que aprueba la revisión del Plan Especial de Emergencia Exterior de Cepsa Gas Licuado, S.A.
Mediante el PEE CEPSA se ordenan las actuaciones que han de llevarse a cabo ante cualquier incidente o accidente que, por sí mismo o por sus consecuencias evolutivas, pueda suponer algún riesgo para el entorno del establecimiento, con el fin de prevenir y, en su caso, mitigar los efectos de los accidentes que pudieran originarse, limitando sus consecuencias y efectos sobre las personas y bienes, así como sobre el medio ambiente.
Asimismo, este documento establece un sistema de coordinación de los recursos y medios, tanto privados como públicos, y especifica la estructura jerárquica y las funciones de las autoridades y empresas que deben intervenir en las situaciones que contempla, lo que ha de permitir la movilización de los medios materiales en un lapso de tiempo muy breve.