Modificación de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha
Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha tiene por objeto actuar frente a la violencia de género que, como manifestación de la desigualdad, la discriminación y las relaciones de poder asimétricas entre mujeres y hombres, se ejerce sobre éstas por el solo hecho de serlo.
Por ello, la Ley recoge la adopción de medidas integrales, entre otras, la protección, la atención integral y la reparación del daño a las mujeres víctimas de violencia de género y a sus hijas e hijos.
Esas diferentes formas de la violencia de género pueden tener como consecuencia lesiones, secuelas o daños físicos, psicológicos o sociales que como Administración tenemos el deber de reparar.
Para contribuir a esa reparación del daño, se propone la modificación de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha que pretende avanzar en la protección de las hijas e hijos que sobreviven al homicidio o asesinato de sus madres como consecuencia de la violencia de género permitiendo que las ayudas lleguen a un mayor número de personas beneficiarias que hayan quedado en situación de orfandad por el asesinato por violencia de género de sus madres.