Consulta Pública Previa sobre la Orden de la Consejería de Sanidad por la que se determina el Mapa Farmacéutico de Castilla-La Mancha
Se pretende sustituir la Orden de 27 de febrero de 2008, de la Consejería de Sanidad, del Mapa Farmacéutico de Castilla-La Mancha, por una nueva orden con la finalidad de actualizar el Mapa Farmacéutico, para adaptarlo a lo regulado en la Orden 201/2018, de 27 de diciembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se determina el Mapa Sanitario de Castilla-La Mancha.
a) Antecedentes de la norma Estatal: La Ley 14/1986, de 25 de abril, de General de Sanidad. Ley 16/1997, de 25 de abril, de Regulación de Servicios de las Oficinas de Farmacia. Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. Autonómica: Ley 5/2005, de 27 de junio de 2005, de Ordenación del Servicio Farmacéutico de Castilla-La Mancha. Decreto que se encuentra en tramitación y que sustituirá al Decreto 102/2006, de 12 de septiembre, de planificación farmacéutica y requisitos, personal y autorizaciones de las oficinas de farmacia y botiquines. Orden 201/2018, de 27 de diciembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se determina el Mapa Sanitario de Castilla-La Mancha.
b) Necesidades o áreas de mejora que se pretenden solucionar con esta iniciativa: Se pretende mejorar la ordenación farmacéutica de nuestra Comunidad y el conocimiento de los ciudadanos y profesionales del Mapa Farmacéutico de Castilla-La Mancha, el cual debe de ser actualizado con todas las modificaciones realizadas en el Mapa Sanitario, incluyendo las nuevas entidades y núcleos de población, así como las secciones censales vigentes publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE).
c) La necesidad y oportunidad de su aprobación. Es necesario adaptar el Mapa Farmacéutico al Mapa Sanitario de Castilla-La Mancha, que ha sido publicado en enero de este año.
d) Los objetivos de la norma. El objetivo de la orden es determinar el Mapa Farmacéutico de Castilla-La Mancha.
e) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias. En la práctica no existe otra alternativa puesto que hay adaptar el Mapa Farmacéutico al Mapa Sanitario de Castilla-La Mancha.
Para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se formula consulta a la ciudadanía, previa a la elaboración del proyecto de orden, para que los ciudadanos y organizaciones puedan aportar sus opiniones y sugerencias sobre los aspectos planteados en este documento.
Los interesados pueden enviar sus propuestas a la Dirección General de Planificación Ordenación e Inspección Sanitaria, a través del correo electrónico cs.ordenacion@jccm.es y en cualquiera de los lugares descritos en el artículo 16.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las aportaciones se podrán realizar a partir del día 17-01-2019, fecha en que se publica en la web, hasta el día 01-02-2019.