El mes que viene, ambos textos serán aprobados por el Consejo Regional de Consumo DOS DECRETOS REGULARAN LOS SERVICIOS TELEFONICOS DE LOS LOCALES PUBLICOS Y LOS DE REPARACION DE CALZADO
La normativa sobre la explotación de equipos terminales excluidos del Servicio Telefónico Básico establecerá, entre otros aspectos, que el usuario deberá ser informado previamente de cuanto le costará cada paso de su llamada telefónica, mientras en las reparaciones de calzado se deberá dar un presupuesto previo en caso de servicios especiales.
La normativa sobre la explotación de equipos terminales excluidos del Servicio Telefónico Básico establecerá, entre otros aspectos, que el usuario deberá ser informado previamente de cuanto le costará cada paso de su llamada telefónica, mientras en las reparaciones de calzado se deberá dar un presupuesto previo en caso de servicios especiales.
En la próxima reunión del Consejo Regional de Consumo, que se mantendrá a mediados de diciembre, se dará el visto bueno definitivo a los decretos que regularán, por un lado, la explotación de equipos terminales excluidos del Servicio Telefónico Básico -es decir aquellos que cobran la llamada por pasos- y, por otro, la prestación de servicios de reparación de calzado y actividades complementarias.
Todos los servicios telefónicos que no son de cabinas públicas y que por lo general se ofrecen en locales como hoteles, restaurantes o cafeterías, cobrando la llamada por los pasos consumidos, se rigen por tarifas libres.
Mediante el decreto sobre la explotación de estos equipos terminales, excluidos del Servicio Telefónico Básico, se quiere establecer, entre otros aspectos, la obligatoridad de informar previamente al usuario de cuanto le va a costar cada paso de su llamada telefónica.
A partir de la aprobación del decreto, esos precios deberán estar anunciados en un lugar visible del establecimiento y el usuario podrá exigir que se le entregue una factura justificativa de su llamada.
Por otro lado, ante la proliferación de actividades cada vez más tecnficadas que se dedican a la reparación de calzado y otros complementos, se quiere regular también la prestación de estos servicios mediante un decreto.
Así se establecerá, por ejemplo, la obligatoriedad de ofrecer al consumidor un presupuesto previo ante cualquier reparación de carácter especial que no figure en el cartel anunciador de precios.
También se fijará, para el responsable de este tipo de establecimientos, el tiempo que estará obligado a guardar el calzado u otro artículo que ya ha sido reparado.
Los textos de estas dos normativas, que han sido elaborados por la Dirección General de Consumo, ya fueron presentados a los miembros del Consejo Regional de Consumo en su reunión del mes de octubre y, en ella, los representantes de las organizaciones tanto de consumidores como de empresarios valoraron como positivas estas iniciativas.
En la actualidad, los diferentes grupos de trabajo del Consejo que se formaron para este efecto están estudiando la mejora y la redacción de dichos textos legales para proceder a su aprobación definitiva.