La Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a potenciar la participación agrupada en acciones de promoción con enfoque sectorial, así como en acciones específicas de prospección y promoción, convocadas por el Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha.
La finalidad de estas acciones es favorecer la internacionalización del tejido empresarial y productivo regional, contribuyendo a incrementar y consolidar su presencia en los principales mercados internacionales.
Actuaciones a subvencionar
Serán subvencionables para el beneficiario, de acuerdo con el artículo 2 de la Orden los gastos, por los siguientes conceptos:
a) En la participación en ferias y eventos: viaje de una persona por cada empresa participante, alquiler del espacio expositivo, diseño, montaje y decoración del stand, inserción en catálogos oficiales de la feria, transporte de muestras, alquiler de mobiliario y equipos audiovisuales, azafatas e intérpretes.
b) En las visitas a ferias y eventos: viaje de una persona por cada empresa participante, transporte de muestras, intérpretes y asistencia técnica especializada en el mercado objetivo para la preparación de agendas de entrevistas.
c) En las acciones promocionales: viaje de una persona por cada empresa participante, alquiler y acondicionamiento del espacio expositivo, transporte de muestras, intérpretes, asistencia técnica especializada en el mercado objetivo para la preparación de agendas de entrevistas y agencia organizadora del evento.
d) En las misiones comerciales directas: viaje de una persona por cada empresa participante, alquiler de espacios para exposiciones y encuentros, transporte de muestras, intérpretes, asistencia técnica especializada en el mercado objetivo para la preparación de agendas de entrevistas.
e) En las misiones comerciales inversas: cuota de participación, alquiler de espacios para exposiciones y encuentros, asistencia técnica especializada en el mercado objetivo para la preparación de agendas de entrevistas, servicios de interpretación.
a) En las misiones de prospección y estudio: viaje de una persona por cada empresa participante, intérpretes y asistencia técnica especializada en el mercado objetivo para la preparación de agendas de entrevistas.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, las personas físicas que se encuentren en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), los clústeres, las comunidades de bienes, las cooperativas, las agrupaciones y asociaciones de empresas con ánimo de lucro, o cualquier otro tipo de unidad económica con patrimonio separado, excepto las fundaciones, empresas u organismos públicos y las administraciones públicas.
Forma de presentación de la solicitud
Las solicitudes se presentarán en el plazo que se determine en la convocatoria, de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario que se establezca en la misma.
Procedimiento de concesión
El procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en la Orden se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas a partir de la aplicación de los criterios de valoración recogidos en el artículo 10 y adjudicar, con el límite del crédito fijado en la convocatoria, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en la fase de evaluación.
Cuantía de la subvención
La cuantía de la subvención se obtendrá aplicando un porcentaje sobre el coste subvencionable aprobado. Dicho porcentaje se determinará en las correspondientes convocatorias, en función de los costes de la acción de promoción objeto de la convocatoria y de las disponibilidades presupuestarias, sin que pueda exceder del 80% del coste subvencionable aprobado, con el límite de 15.000 euros por beneficiario y convocatoria.
Financiación
Estas ayudas se financiarán con cargo al crédito de las partidas presupuestarias del IPEX integradas en los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que se determinen en la convocatoria y que podrán ser de carácter plurianual.
Estas ayudas, excepto si los beneficiaros son grandes empresas, podrán ser cofinanciadas al 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de acuerdo con lo establecido en el Programa Operativo de la Región de Castilla-La Mancha para la programación del FEDER 2014-2020, a través del Eje prioritario 3 ”mejora la competitividad y presencia internacional de la Pyme”, OT3 y prioridad de inversión 3d “Apoyo a la capacidad de las pymes para crecer en los mercados regionales, nacionales e internacionales” y objetivo específico OE.3.4.3 “promover la internacionalización de las Pymes”.
Justificación de la ayuda
El plazo máximo de presentación de la justificación de la ayuda será de un mes desde la finalización acción que se contemple en la convocatoria y deberá llevarse a cabo de la forma prevista en el artículo 23 de la Orden.
Enlaces relacionados:
Orden 58/2017, de 20 de marzo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la participación agrupada en acciones de internacionalización convocadas por el Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha.