Toma conocimiento de la convocatoria de concesión de subvenciones, al amparo de la orden 67/2017, de 21 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el desarrollo de planes individuales de promoción internacional convocadas por el IPEX para promover y consolidar la actividad exportadora de las empresas.
Mediante esta convocatoria se otorgará subvenciones a empresas que desarrollen acciones de promoción internacional de carácter individual, con el fin de incrementar y consolidar su presencia en los mercados internacionales.
Estas ayudas se ofrecen de forma paralela y complementaria a las ofrecidas por el IPEX con carácter sectorial y agrupado para la realización de acciones de promoción.
Serán subvencionables para el beneficiario, de acuerdo con la disposición cuarta de la Convocatoria los gastos, por los siguientes conceptos:
a) En la participación en ferias y eventos: viaje de una persona, alquiler del espacio expositivo, diseño, montaje y decoración del stand, inserción en catálogos oficiales de la feria, transporte de muestras, alquiler de mobiliario y equipos audiovisuales, azafatas e intérpretes.
b) En las visitas a ferias y eventos: viaje de una persona, intérpretes y asistencia técnica especializada en el mercado objetivo para la preparación de agendas de entrevistas.
c) En las acciones promocionales: viaje de una persona, alquiler y acondicionamiento del espacio expositivo, transporte de muestras, intérpretes, asistencia técnica especializada en el mercado objetivo para la preparación de agendas de entrevistas y agencia organizadora del evento.
d) En los viajes comerciales y de prospección y estudio: viaje de una persona, intérpretes y asistencia técnica especializada en el mercado objetivo para la preparación de agendas de entrevistas. Se apoyará una máximo de tres viajes por cada país objetivo.
e) Gastos derivados del registro de patentes y marcas y homologaciones y certificaciones ante organismos oficiales en el exterior, así como organismos nacionales que faciliten la comercialización en el exterior.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, las personas físicas que se encuentren en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), los clústeres, las comunidades de bienes, las cooperativas, las agrupaciones y asociaciones de empresas con ánimo de lucro, o cualquier otro tipo de unidad económica con patrimonio separado, excepto las fundaciones, empresas u organismos públicos y las administraciones públicas
Importe individual de la ayuda
Hasta el 40% de los gastos subvencionables, excepto grandes empresas que será hasta el 20%, con un máximo de 8.000€ de ayuda por beneficiario.
Forma de presentación de la solicitud
Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días desde el día siguiente de publicación de la convocatoria y el extracto en el DOCM, de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario que acompaña a la convocatoria y que estará en sede electrónica de la JCCM: https://www.jccm.es/tramitesygestiones/organismo/ipex
Procedimiento de concesión
El procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas a partir de la aplicación de los criterios de valoración recogidos en la disposición octava de la convocatoria y adjudicar, con el límite del crédito fijado en la misma, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en la fase de evaluación.
Características principales de las actuaciones
Para la obtención de las ayudas el solicitante deberá aportar junto a la solicitud, un Plan de Internacionalización (para lo que se adjunta modelo anexo II junto a la solicitud) El presupuesto total de los gastos financiables debe ser cómo mínimo de 6.000 euros. Podrán ser financiables acciones contempladas en el plan y realizadas desde la fecha en la que se cierre el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria y hasta el 31 de octubre del 2017.
Financiación
300.000 euros de fondos del presupuesto del IPEX que está integrado en presupuestos JCCM.
Estas ayudas, excepto si los beneficiaros son grandes empresas, podrán ser cofinanciadas al 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de acuerdo con lo establecido en el Programa Operativo de la Región de Castilla-La Mancha para la programación del FEDER 2014-2020, a través del Eje prioritario 3 ”mejora la competitividad y presencia internacional de la Pyme”, OT3 y prioridad de inversión 3d “Apoyo a la capacidad de las pymes para crecer en los mercados regionales, nacionales e internacionales” y objetivo específico OE.3.4.3 “promover la internacionalización de las Pymes”.
Justificación de la ayuda
El plazo máximo de presentación de la justificación de la ayuda será de un mes a partir del 31 de octubre de 2017.
Enlaces relacionados:
Resolución de 16/05/2017, del Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de ayudas para 2017, al amparo de la Orden 67/2017, de 21 de marzo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el desarrollo de planes individuales de promoción internacional, para promover y consolidar la actividad exportadora de las empresas cofinanciadas en un 80%, por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.