El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de la Orden de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas “Adelante, inversión”, para el fomento de la inversión y la mejora de la productividad empresarial en Castilla-La Mancha, cofinanciables en un 80 % por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
Objeto y finalidad.
La orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas al fomento de la inversión y la mejora de la productividad en Castilla-La Mancha, destinadas a proyectos empresariales promovidos por pymes.
Las ayudas incluidas en la orden tienen como finalidad facilitar financiación a las empresas para poner en marcha un proyecto empresarial, su incorporación al tejido empresarial de Castilla-La Mancha, y la mejora de su productividad, todo ello mediante la realización de inversiones productivas, la mejora de los procesos y productos fabricados en la región, la diferenciación de estos frente a la competencia y la apertura a nuevos mercados para alcanzar la consolidación del tejido empresarial de la región.
Proyectos subvencionables.
Son subvencionables los proyectos promovidos por pymes que realicen una inversión inicial dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para:
a) La creación de un nuevo establecimiento, siempre que, en el mismo, después de la solicitud de subvención, se cree algún puesto de trabajo en el Régimen General o en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.
b) La ampliación de la capacidad de un establecimiento existente, siempre que las actuaciones o inversiones subvencionables supongan un incremento de las unidades producidas o del número de servicios prestados por unidad de tiempo, ya sea a través del aumento del número de trabajadores, la adquisición de nuevos bienes de equipo, o bien mediante la introducción de mejoras en la organización de la producción y de la calidad en la prestación de servicios.
c) La diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el mismo, siempre y cuando los costes subvencionables superen, como mínimo, el 200 % del valor contable de los activos que se reutilizan, registrados en el ejercicio fiscal anterior al inicio de los trabajos.
d) La transformación fundamental del proceso global de producción de un establecimiento existente siempre y cuando los costes subvencionables superen la amortización de los activos relativos a la actividad que se va a modernizar en los tres ejercicios fiscales anteriores.
Los proyectos que pretendan acogerse a esta orden deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Que sean técnica, económica y financieramente viables.
b) Que las inversiones se realicen dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
c) Las ayudas previstas en la orden deberán tener un efecto incentivador sobre los proyectos subvencionados, y para ello, antes de que el beneficiario haya iniciado las inversiones o gastos, éste deberá haber presentado una solicitud formal de ayuda.
Las actuaciones o proyectos no podrán ser inferiores al límite mínimo de inversión subvencionable de 5.000 euros y no podrán superar el límite máximo de inversión de 900.000 euros.
Enlaces relacionados:
Orden 123/2017, de 28 de junio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas -Adelante Inversión-, para el fomento de la inversión y la mejora de la productividad empresarial en Castilla-La Mancha, cofinanciables en un 80 % por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional