AUTORIZACIÓN DE LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ESTABLECE LA CONVOCATORIA, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE AYUDAS A LA MODERNIZACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DE REGADÍOS EN CASTILLA-LA MANCHA, PARA EL EJERCICIO 2017 Y AUTORIZACIÓN DE LA ADQUISICION DE COMPROMISOS DE GASTOS DERIVADOS DE ESTA CONVOCATORIA.
El Consejo de Gobierno ha autorizado la Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establece la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a la modernización y transformación de regadíos en castilla-la mancha, para el ejercicio 2017 y autorización de la adquisición de compromisos de gastos derivados de esta convocatoria.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las Comunidades de Regantes u otras entidades de usuarios de aguas principalmente vinculadas al regadío, que tengan concedido derechos de agua para riego.
Las ayudas se encuadran dentro de la submedida 4.3.3. del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el período 2014-2020, y estarán cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en virtud del Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en la siguiente proporción: la cofinanciación del FEADER será del 75 % de la ayuda concedida, mientras que el 7,5 % restante será cofinanciado por la Administración General del Estado y en un 17,5 % por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
El importe total previsto para estas ayudas es de 31.117.720,55€.
Dado que la cuantía de la convocatoria es superior a 5.000.000 euros, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 58 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, se requiere que el Consejo de Gobierno la autorice. Asimismo se precisa que por el Consejo de Gobierno se autorice la adquisición de compromisos de gastos derivados de la convocatoria, conforme a lo establecido en el artículo 48 del referido Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.