El expediente se instrumenta en aplicación de lo establecido por el artículo 21 de la Ley
7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de
Castilla‐La Mancha para 2018, en conexión con lo dispuesto a su vez en el artículo 24 de la Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la aplicación del Plan de Garantías de los Servicios Sociales Básico de Castilla‐La Mancha, establecen que la realización por parte de las entidades, empresas y fundaciones pertenecientes al sector público regional, de gastos superiores a 240.000 euros requerirá autorización del Consejo de Gobierno, previo informe de la Dirección General de Presupuestos.