Mediante Resolución de 20/09/2017, de la Dirección General de Empresas, Competitividad e Internacionalización, se aprobó la convocatoria de las ayudas - Adelante Inversión-, para el fomento de la inversión y la mejora de la productividad empresarial en Castilla-La Mancha, cofinanciables en un 80 % por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, para el ejercicio 2017.
Dicha convocatoria, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 23.1 del Reglamento de desarrollo del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto 21/2008, de 5 de febrero, establece en su disposición quinta que la cuantía total máxima del crédito destinado a la financiación de las ayudas convocadas “podrá incrementarse motivadamente, previo informe favorable de la Intervención General y tramitación del oportuno expediente de gasto, antes de resolver la concesión de la ayuda sin que ello implique abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes. El nuevo importe que, en su caso, resulte del incremento deberá ser objeto de publicación antes de resolver la convocatoria.”
Una vez cumplidas las exigencias normativas y tramitado el expediente de gasto para el incremento del importe máximo del crédito destinado a la financiación de las ayudas convocadas por la Resolución de 20/09/2017, de la Dirección General de Empresas, Competitividad e Internacionalización, se hace precisa la autorización del Consejo de Gobierno, a efectos de autorización de la superación de porcentajes de gasto plurianual, de conformidad con el artículo 48.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, al superarse el porcentaje establecido (70% para la primera anualidad y 60% para la segunda) en el artículo 48.3 de dicho texto legal.