Instituto de La Mujer de Castilla-La Mancha

Consulta Pública sobre un Proyecto de Decreto por el que se regula el Procedimiento de Concesión del “Distintivo de Excelencia” en Igualdad, Conciliación y Responsabilidad Social Empresarial

De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas, se establece que, con carácter previo a la elaboración del proyecto de norma, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de las personas y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma.
 
Asimismo, en el apartado primero del punto tercero del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de febrero de 2017, por el que se adoptan medidas para habilitar la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa a través del Portal de Transparencia de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se establece que el órgano competente del impulso del procedimiento de elaboración de la disposición normativa será el responsable de determinar el contenido de la consulta pública previa, en el que, como mínimo, deberán figurar los siguientes extremos:
 
a) Antecedentes de la norma (breve referencia a los antecedentes normativos).
b) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa de la nueva norma.
c) Necesidad y oportunidad de su aprobación.
d) Objetivos de la norma.
e) Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias.
 
La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones y sugerencias sobre los aspectos planteados en este documento en el plazo de diez días naturales, comprendidos entre el 23 de mayo y el 1 de junio de 2018, a través del siguiente buzón de correo electrónico: institutomujeradmgral@jccm.es.
 
Ello sin perjuicio de las medidas adicionales de participación a desarrollar en los sucesivos trámites, preceptivos o no, de la tramitación del proyecto normativo propuesto.
 
a) Antecedentes de la norma (breve referencia a los antecedentes normativos).
 
La Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha en su artículo 44 crea el “Distintivo de Excelencia” en igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial. En dicho artículo se establece que podrán ser reconocidas por la Junta de Comunidades con el “Distintivo de Excelencia” las empresas, públicas o privadas, entidades sin ánimo de lucro y corporaciones de derecho público, que acuerden con los sindicatos o representantes del personal, planes de igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial, estableciendo los parámetros que han de ser valorados para su obtención y remitiendo a un posterior desarrollo reglamentario la regulación de las condiciones y requisitos para su concesión, así como el procedimiento de otorgamiento y revocación.
 
En la actualidad el procedimiento de concesión del Distintivo de Excelencia en igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial está regulado en el Decreto 6/2013, de 7 de febrero.
 
b) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
 
Desde el Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha se considera necesaria la aprobación de un nuevo Decreto que regule el procedimiento de concesión del “Distintivo de Excelencia” en igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial.
 
La experiencia en la tramitación del anterior Decreto 6/2013 ha puesto de manifiesto las dificultades procedimentales existentes, las excesivas cargas administrativas para las/os administradas/os, así como la obsolescencia del procedimiento administrativo.
 
El nuevo Decreto presenta importantes novedades, tales como las siguientes:
 
1.-La finalidad del Distintivo se amplia, de manera que en el actual Decreto la finalidad es reconocer públicamente la labor desarrollada por empresas, entidades sin ánimo de lucro y corporaciones de derecho público radicadas en el territorio de Castilla-La Mancha.
 
2.-Se incluye la publicación del logotipo del “Distintivo de Excelencia”
 
3.-Se modifican los requisitos que deben reunir las entidades, haciendo una diferenciación entre las empresas que están obligadas a la implantación de un plan de igualdad, y aquellas otras entidades que no tienen esa obligación.
 
4.-Se modifica la comisión de evaluación, visibilizando a aquellos organismos cuyos criterios se consideran necesarios para una correcta valoración de las solicitudes.
 
5.-Se modifican los criterios de evaluación, ampliando los mismos y dándoles un carácter más genérico, a concretar en las bases reguladoras.
 
6.-Se adapta el procedimiento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sobre todo en lo relacionado con la notificación de las resoluciones de concesión y renovación del Distintivo de Excelencia.
 
7.-Se modifica el procedimiento de solicitud y concesión de prórroga del Distintivo de Excelencia, para dar una mayor coherencia con el procedimiento y evitar cargas administrativas innecesarias.
 
c) Necesidad y oportunidad de su aprobación.
 
La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha sostiene firmemente su compromiso de propiciar la efectiva igualdad entre mujeres y hombres  removiendo para ello los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y adoptando las medidas necesarias para prevenir y combatir la discriminación por razón de sexo.
 
La materialización de este compromiso del gobierno regional se plasma con la aprobación de la Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha que recoge entre los principios de actuación de las administraciones públicas, el impulso a las empresas establecidas en la región para la negociación con la representación sindical, de planes de conciliación y de igualdad, así como de medidas dirigidas a la plena incorporación de las mujeres al mercado de trabajo. Asimismo, dentro de las medidas para impulsar el empleo femenino recoge la incentivación de la elaboración y puesta en marcha de planes de igualdad negociados con la representación legal del personal, en las empresas de Castilla-La Mancha de entre 50 y 250 trabajadores.
 
Con la finalidad de reconocer públicamente la labor desarrollada por las empresas, entidades sin ánimo de lucro y corporaciones de derecho público a favor de la igualdad de oportunidades, así como impulsar la aprobación de planes de igualdad o implantación de medidas de igualdad de forma negociada, el artículo 44 de la Ley 12/2010, de 18 de noviembre, crea el “Distintivo de Excelencia” en igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial.
 
Asimismo y dadas las características del tejido empresarial de la región castellano-manchega, se considera oportuno poder otorgar este distintivo a aquellas empresas o entidades que sin estar obligadas a disponer de un plan de igualdad, hayan iniciado la implantación de medidas de igualdad.
 
Además, la obsolescencia del procedimiento administrativo, así como las dificultades procedimentales existentes con la tramitación regulada en el anterior Decreto 6/2013, hacen necesario la aprobación de un nuevo decreto que regule el procedimiento de concesión del citado “Distintivo de Excelencia” en igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial.
 
d) Objetivos de la norma.
 
El objetivo del decreto es regular el procedimiento de concesión del “Distintivo de Excelencia” en igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial, creado por el artículo 44 de la Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha, estableciendo las condiciones y requisitos para su concesión, el procedimiento de otorgamiento y revocación, así como la finalidad de aquel y los derechos y obligaciones derivados de su obtención.
 
Con la aprobación de este decreto, que sustituiría al actualmente vigente Decreto 6/2013, se pretende dar respuesta a las dificultades procedimentales que la experiencia en la tramitación del mismo han puesto de manifiesto con la finalidad última de mejorar el grado de eficiencia en su aplicación.
 
e) Posibles soluciones alternativas.
 
Teniendo en cuenta que se viene a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha, procede la aprobación de un decreto que regule el procedimiento de concesión del “Distintivo de Excelencia” en igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial.

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