Una de las prioridades de la política regional en materia de consumo es el fomento de la participación de las universidades ubicadas en la Región en el desarrollo de dicha política.
En el contexto de dicha participación, la Universidad de Castilla-La Mancha además de ser la institución de enseñanza superior de la Comunidad Autónoma se ha convertido en uno de los centros prioritarios en los que se instrumenta la investigación, la docencia y el estudio, tan necesarios para lograr el progreso en todos los ámbitos en nuestra Comunidad, entre los que se incluye la defensa de las personas consumidoras.
Incardinado en la Universidad de Castilla-La Mancha el Centro de Estudios de Consumo (CESCO), se ha convertido, con los años, en una referencia destacada en el ámbito del Derecho de Consumo.
La concesión de una subvención de carácter excepcional a la Universidad de Castilla La Mancha, tiene como finalidad contribuir a la financiación de los gastos derivados del ejercicio de sus actuaciones en materia de arbitraje de consumo, de implementación de un servicio de información y asesoramiento a técnicos de consumo y Oficinas Municipales de Infonnación a los Consumidores (OMIC) en materia de cláusulas suelo, de asesoramiento jurídico y producción normativa y de producción de contenidos en materia de consumo para los soportes digitales del CESCO (Boletines, infonnes... ). Su justificación se basa en el carácter singular de la fi.mción social de interés público que desarrolla, dada su necesaria e imprescindible participación en el sistema arbitral de consumo así como en el desarrollo de actividades de asesoramiento y producción nonnativa por parte de su centro especializado en materia de estudios de consmno (CESCO), y teniendo en cuenta que las subvenciones constituyen una de las manifestaciones de la actividad administrativa de fomento, que tienen como finalidad última dar cumplimiento a lo establecido en el apartado 2 del artículo 4 de la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, precepto que es trasunto del artículo 9.2 de la Constitución Española.
Existen, por tanto razones de interés público y social que justifican que la subvención regulada en el presente Decreto se encuadre en el supuesto del artículo 22.2 c), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y sea susceptible, por tanto, de concederse de fonna directa.
Por otra parte, el carácter reglado de la composición de los órganos arbitrales y el hecho de que el Centro de Estudios de Consumo (CESCO), incardinado en el Universidad de Castilla-La Mancha, sea único en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha por razón de la materia que desarrolla hace dificultosa la concesión por convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva.
En este contexto se asienta el presente Decreto, mediante el que la Universidad de Castilla-La Mancha desea colaborar en acciones de protección de los derechos de las personas consumidoras en Castilla-La Mancha.
Enlaces relacionados:
Decreto 80/2018, de 6 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Universidad de Castilla-La Mancha en materia de consumo