Consulta pública previa sobre la Orden de la Consejería de Sanidad por la que se establece la composición de la Comisión de Valoración, el baremo de méritos y los criterios de valoración aplicables en los procedimientos de autorización de nuevas oficinas
Se pretende sustituir la Orden de 17 de noviembre 2006, de la Consejería de Sanidad, por la que se establece el baremo de méritos y los criterios de valoración aplicables en los procedimientos de autorización de nuevas oficinas de farmacia, por una nueva orden con la finalidad de adaptar dicho baremo a lo regulado en la Ley 5/2005, de 27 de junio de 2005, de Ordenación del Servicio Farmacéutico de Castilla-La Mancha, modificada por la Ley 2/2015, de 19 de febrero y en el Decreto que se encuentra en tramitación y que sustituirá al Decreto 102/2006, de 12 de septiembre, de planificación farmacéutica y requisitos, personal y autorizaciones de las oficinas de farmacia y botiquines.
a) Antecedentes de la norma Estatal: La Ley 14/1986, de 25 de abril, de General de Sanidad. Ley 16/1997, de 25 de abril, de Regulación de Servicios de las Oficinas de Farmacia. Autonómica: Ley 5/2005, de 27 de junio de 2005, de Ordenación del Servicio Farmacéutico de Castilla-La Mancha. Decreto que se encuentra en tramitación y que sustituirá al Decreto 102/2006, de 12 de septiembre, de planificación farmacéutica y requisitos, personal y autorizaciones de las oficinas de farmacia y botiquines.
b) Necesidades o áreas de mejora que se pretenden solucionar con esta iniciativa: Se pretende mejorar el baremo de méritos, tras su revisión y estudio, adaptándola a las modificaciones realizadas a lo largo de estos años en la Ley 5/2005 y en el nuevo proyecto de Decreto.
c) La necesidad y oportunidad de su aprobación. Es necesario actualizar la orden de baremo de méritos para ajustarlo a lo regulado en la Ley 5/2005 y en el nuevo Decreto, así como para incluir la composición de la comisión de valoración.
d) Los objetivos de la norma. El objetivo de la orden es establecer la composición de la comisión de valoración, el baremo de méritos y los criterios de valoración aplicables en los procedimientos de autorización de nuevas oficinas de farmacia.
e) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias. La otra alternativa posible sería la actualización de la orden, modificando la orden vigente sin derogarla, pero no se solucionaría la necesidad de tener en un solo texto todas las modificaciones pendientes, así como establecer la composición de la comisión de valoración.
Para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se formula consulta a la ciudadanía, previa a la elaboración del proyecto de orden, para que los ciudadanos y organizaciones puedan aportar sus opiniones y sugerencias sobre los aspectos planteados en este documento.
Los interesados pueden enviar sus propuestas a la Dirección General de Planificación Ordenación e Inspección Sanitaria, a través del correo electrónico cs.ordenacion@jccm.es y en cualquiera de los lugares descritos en el artículo 16.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las aportaciones se podrán realizar a partir del día 17-01-2019, fecha en que se publica en la web, hasta el día 01-02-2019.