La Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha recoge en el Título III, relativo a las “Políticas públicas de desarrollo del medio rural y frente a la despoblación” los principios aplicables al medio rural de la región, regulando en el artículo 22 el régimen de “Ayudas y subvenciones públicas” aplicable al mismo, con la finalidad de apoyar el acceso a las ayudas y subvenciones públicas por parte de solicitantes de las zonas rurales más despobladas, tal y como se refleja en la exposición de motivos de la norma.
A tal fin, y una vez realizada la categorización de las diferentes zonas rurales por el Decreto ../2021, de .. de octubre, por el que se determinan las zonas rurales de Castilla-La Mancha, conforme a la tipología establecida en el artículo 11 de la Ley 2/2021 de 7 de mayo, de 7 de mayo, y con la finalidad de garantizar una aplicación homogénea por los órganos del sector público regional del régimen de ayudas y subvenciones previsto en el artículo 22.1 de la misma para las zonas escasamente pobladas y en riesgo de despoblación, se procede a la determinación de los criterios de incentivación y de las medidas de apoyo, previstas en las letras b), c) y d) del apartado 1 del artículo 22 de La Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha.
Enlaces relacionados:
Acuerdo de 19/10/2021, del Consejo de Gobierno, sobre la aplicación de criterios de incentivación y medidas de apoyo a solicitantes de ayudas en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, previstas en el artículo 22.1 de la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha.