Con fecha 29 de noviembre de 2018 el Consejo de Gobierno acordó la autorización del programa temporal para el nombramiento de 1 funcionario interino técnico superior con la titulación de Ciencias Económicas y 3 funcionarios interinos técnicos con la titulación de Ingeniería Técnica Agrícola adscritos a la Dirección General de Alimentación para llevar a cabo actuaciones en la gestión, seguimiento e información de las medidas comprendidas en el marco de actuación de la Dirección General de Alimentación y contempladas en el Programa de Desarrollo Rural en Castilla-La Mancha para el periodo 2014-2020, estableciendo una duración inicial de 37 meses, concluyendo la vigencia del mismo el 31 de diciembre de 2021.
El Reglamento (UE) nº 2020/2220 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de diciembre de 2020, (Reglamento de transición), prorroga el periodo de duración de los programas de desarrollo rural financiados con el FEADER hasta el 31 de diciembre de 2022.
Así los programas que antes debían ser ejecutados antes del 31 de diciembre de 2023, ahora tienen dos años más para su finalización y se prevén fondos adicionales para un periodo transitorio de dos años, 2021 y 2022, a ejecutar antes del 31 de diciembre de 2025.
En vista de lo anterior, se propone prorrogar el periodo de duración del programa temporal hasta agotar el periodo máximo de 4 años de vigencia del mismo para dar cobertura a dichas previsiones, con el mantenimiento de los mismos efectivos nombrados para el mismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.1 c) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y en el artículo 8.1 c) de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha, que establece esta posibilidad cuando se trate de la ejecución de programas de carácter temporal de duración determinada para la realización de actividades no habituales o para el lanzamiento de una nueva actividad, siempre que su duración no sea superior a cuatro años.
La prórroga del Programa Temporal tendrá una duración de 11 meses, desde el 1 de enero de 2022 hasta el 30 de noviembre de 2022, con un presupuesto estimado de 142.191,23.
En relación con lo anterior el artículo 52 de la Ley 11/2020, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021
determina que, con carácter general, durante el ejercicio 2021, no se ejecutarán programas de carácter temporal de duración determinada para la realización de actividades no habituales de la Administración o para el lanzamiento de una nueva actividad. No obstante, el Consejo de Gobierno podrá autorizar dichos programas temporales en casos excepcionales en los que sean financiados con fondos finalistas o se trate de actividades relacionadas con la presentación de servicios que se consideren absolutamente prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.