Decreto 120/2022, de 8 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 124/2000, de 11 de julio, por el que se regula la creación y el régimen de funcionamiento del Registro de Parejas de Hecho de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
El Registro de Parejas de Hecho de Castilla-La Mancha es un registro de carácter administrativo, en el que pueden inscribirse las uniones que formen una pareja no casada y que convivan en relación afectiva análoga a la conyugal, de forma libre, siendo ambos residentes en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
La regulación de dicho registro se contiene en el Decreto 124/2000, de 11 de julio, por el que se regula la creación y el régimen de funcionamiento del Registro de parejas de hecho de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, y en la Orden de 26 de noviembre de 2012, por la que se desarrolla dicho decreto.
El presente proyecto de modificación del Decreto 124/2000, de 11 de julio, tiene como principal objetivo suprimir de su regulación el requisito de que sea necesario para las personas extranjeras poseer una autorización de residencia en España para los trámites de inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de Castilla-La Mancha, ya que, al tratarse de una institución muy similar al matrimonio, no existe justificación de orden legal que permita explicar que los requisitos que se les imponga para inscribirse en un registro de carácter administrativo sean más restrictivos o exigentes que los que tienen que reunir para contraer matrimonio, dado que en los expedientes matrimoniales no se exige dicha prueba de residencia.
La presente publicación se realiza en cumplimiento de lo previsto en el artículo 12.1.c) y d) de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha.