El Consejo de Gobierno ha acordado la cesión gratuita al Ayuntamiento de Villar de la Encina, de un terreno de 21.036 m2 integrado en el Paraje Haza del Perro, por considerarlo necesario para mejorar el suministro de agua a dicho municipio, así como a los municipios colindantes de Carrascosa de Haro y Pinarejo.
Este terreno, no está inscrito en Inventario General de Bienes y Derechos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, teniendo asignada la referencia catastral 16265A509000050000OL, como terreno rústico de uso agrario, figurando como figurando como propietaria la extinta Cámara Agraria Provincial de Cuenca.
Constan en el expediente informes favorables del Presidente de la Comisión Liquidadora de la Cámara Agraria Provincial de Cuenca, así como de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, cuya propuesta favorable queda condicionada al cumplimiento de las condiciones y estipulaciones recogidas en dicho informe.
El Ayuntamiento muestra su conformidad con lo dispuesto en el artículo 106.2.2º párrafo de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, asumiendo las condiciones y estipulaciones establecidas para la cesión una vez se formalice la cesión por Acuerdo del Consejo de Gobierno, inscribiendo asimismo dicho terreno en el Registro de la Propiedad.
La corporación solicitante tiene competencias en la materia a que va a ser destinada la parcela cedida, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25.2, letra c); 26.2, letra b); y 86.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
La cesión en propiedad del terreno en Villar de la Encina, solicitada por el Ayuntamiento de la localidad, se incardina normativamente en lo dispuesto por el artículo 110 de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.