Acuerdos del Consejo de Gobierno 5 de diciembre de 2023

Acuerdos del Consejo de Gobierno

Acuerdos del Consejo de Gobierno 5 de diciembre de 2023

ACUERDOS

PLAN ANUAL NORMATIVO PARA EL AÑO 2024.

Su principal objetivo es proporcionar una mayor seguridad jurídica al conjunto de la ciudadanía y materializar de una forma sencilla y coherente la predictibilidad del ordenamiento, mejorando de esta forma la planificación normativa, al convertirse en un instrumento que permitirá conocer de un modo sencillo, ordenado e integral la previsión legal y reglamentaria de la Administración. 

 

Constituye, en definitiva, una herramienta de transparencia al servicio de la ciudadanía castellano-manchega, al posibilitar el conocimiento público de la planificación normativa de esta Administración. 

AUTORIZACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES DERIVADAS DE LA REALIZACIÓN DE LA CAMPAÑA DE PUBLICIDAD DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA 2023.

La suspensión del contrato para los servicios y gestión para la compra de espacios publicitarios, para llevar a cabo la difusión y promoción de las actuaciones de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (expediente 2023/000256), como consecuencia de la interposición a finales de junio de 2023 de dos recursos especiales en materia de contratación, obligó a la realización de la campaña de publicidad de prevención de incendios de 2023, por razones de urgencia y por el interés general, sin la cobertura del correspondiente contrato, omitiéndose por tanto la preceptiva fiscalización del gasto. 

 

La citada omisión de fiscalización, contemplada en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, requiere para su subsanación que el reconocimiento de las obligaciones que comporta se efectúe mediante acuerdo del Consejo de Gobierno, previo informe de la Intervención General. 

TOMA EN CONSIDERACIÓN DEL ANTEPROYECTO DE LEY DE MEDIDAS ADMINISTRATIVAS Y DE CREACIÓN DE LA AGENCIA DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE CASTILLA-LA MANCHA.

La finalidad del anteproyecto de ley objeto de la propuesta es la regulación de las diversas medidas de naturaleza administrativa, financiera y tributaria vinculadas a la consecución de los objetivos de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para 2024, a la que acompañarán y complementarán, con el objetivo general de dinamización de la economía, el incremento de la eficiencia y la eficacia en la prestación de servicios de la Administración Pública Castellano-Manchega en diversos ámbitos, así como, la mejora de la distribución más equitativa de las obligaciones tributarias competencia de la Comunidad Autónoma y de eficiencia en su gestión. 

AUTORIZAR AL GABINETE JURÍDICO EL EJERCICIO DE ACCIONES EN VÍA JURISDICCIONAL CONTRA LAS RESOLUCIÓN DICTADA EL 31/10/2023, POR EL TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DEL CASTILLA-LA MANCHA, CON NÚMERO DE REFERENCIA 45/00152/2023.

De acuerdo con el artículo 9.1 de la Ley 5/2013, de 17 de octubre, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la decisión del ejercicio de las acciones en vía jurisdiccional por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe preceptivo del Gabinete Jurídico, a iniciativa de la Consejería con competencias en la materia afectada. 

ACUERDO POR EL QUE SE TOMA CONOCIMIENTO DE LA AUTORIZACIÓN, DE 24/11/2023, DEL VICEPRESIDENTE PRIMERO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA AL GABINETE JURÍDICO PARA ALLANARSE EN EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO 701/2022.

Del informe de 24 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego, así como del informe del Gabinete Jurídico, se deduce que procede el allanamiento en el recurso contencioso-administrativo, procedimiento ordinario nº 701/2022 y dada la premura de la finalización del plazo, el allanamiento ha sido autorizado con carácter urgente el 24 de noviembre de 2023 con lo que procede dar cuenta al Consejo de Gobierno.   

AUTORIZACIÓN PREVIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO DEL “ACUERDO MARCO PARA LA SELECCIÓN DE PROVEEDORES DE EQUIPAMIENTO HOSPITALARIO GRUPO V PARA LAS GERENCIAS DEL SESCAM,” POR UN VALOR ESTIMADO DE 11.306.544,00 €.

Autorización previa del Consejo de Gobierno a la celebración del contrato, en cumplimiento del artículo 58.4.b) del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, ya que el valor estimado es de 11.306.544,00 €, referido al expediente siguiente: 

 

“Acuerdo Marco para la Selección de Proveedores de Equipamiento Hospitalario grupo V para las Gerencias del SESCAM, EXPEDIENTE: EXPEDIENTE: @2023/015553”. 

 

Destino: Centros dependientes del SESCAM. 

 

El importe neto de 11.306.544,00 €, cantidad a la que se añadirá el 21% en concepto de IVA: 2.374.374,24 €, siendo el importe total de 13.680.918,24 €.

DECRETO POR EL QUE SE DESIGNA EL ORGANISMO PAGADOR DE CASTILLA-LA MANCHA DE LOS GASTOS DEL FONDO EUROPEO AGRÍCOLA DE GARANTÍA (FEAGA) Y DEL FONDO EUROPEO AGRÍCOLA DE DESARROLLO RURAL (FEADER).

Tras la entrada en vigor del Reglamento (CE) nº 1290/2005 del Consejo, de 21 de junio de 2005, sobre la financiación de la política agrícola común, el Decreto 113/2006, de 14 de diciembre de 2006, designó a la Consejería de Agricultura como Organismo pagador de los Fondos europeos agrarios. Desde la designación referida, distintos decretos han regulado el Organismo pagador y sus funciones, para adaptarlas a la estructura de la Administración Regional, así como a las modificaciones de la regulación comunitaria. 

 

El Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, establece las disposiciones relativas, entre otras, a la autorización de los organismos pagadores y los organismos de coordinación, las obligaciones de los organismos pagadores en lo que respecta a la intervención pública, la gestión financiera y los procedimientos de liquidación, las garantías y el uso del euro, texto actualmente vigente, continua estableciendo que los organismos pagadores serán responsables de la gestión y control de los gastos del FEAGA y del Feader, señalando que podrá autorizarse como organismo pagador aquellos servicios u organismos que garanticen suficientemente que los pagos son legales y habituales y se contabilizan correctamente.   

 

Los cambios en la configuración de la Administración Regional afectan a la designación y funciones del Organismo pagador de Castilla-La Mancha, no sólo por lo que respecta a la estructura de la Administración Regional que se efectúa por el Decreto 68/2023, de 9 de julio, sino también por el Decreto 78/2019, de 16 de julio, por el que se regula la estructura periférica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por el Decreto 107/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y por el Decreto 112/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible.  

 

Por tanto, resulta necesario adaptar la regulación del Organismo pagador de Castilla-La Mancha a la nueva configuración de la Administración Regional. 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 279/2023, de 5 de diciembre, por el que se designa el organismo pagador de Castilla-La Mancha de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (Feaga) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader).

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES PARA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN AL LILCAM, PARA REALIZAR LOS ANÁLISIS CUALITATIVOS DE LAS MUESTRAS DE LECHE DEL CONTROL DEL RENDIMIENTO LECHERO EN CASTILLA-LA MANCHA.

El control del rendimiento lechero es un instrumento fundamental en el desarrollo de los programas de cría del ganado lechero y de todo el sector lácteo de la región, tanto ganaderías como industrias lácteas. Es una actividad que se desarrolla solo en aquellas ganaderías que participan de manera voluntaria a través de las asociaciones de cada raza, pero cuyos resultados benefician a todas las ganaderías productoras y a la industria láctea de la comunidad autónoma, a través de las actuaciones de difusión de la mejora, cuestión muy relevante para Castilla-La Mancha, que es una de las principales comunidades autónomas en producción y transformación de leche en España. 

 

Esta actividad está regulada a nivel nacional por el Real Decreto 663/2023, de 18 de julio, (B.O.E. nº 172, de 20 de julio), donde se establecen la estructura organizativa básica y los requerimientos técnicos de todo el sistema de control del rendimiento lechero para las especies bovina, ovina y caprina. 

 

Uno de los pilares en los que se asienta el control del rendimiento lechero es el análisis sistemático de muestras de leche individual de cada una de las hembras en control, obtenidas de un modo planificado a lo largo de sus lactaciones. Los resultados de estos análisis, junto a los parámetros de cantidad, son los que se incorporan a las valoraciones genéticas, posibilitando con ello el progreso genético de toda la raza, la mejora constante de los parámetros tecnológicos y de calidad de la leche producida y la capacidad para responder a las demandas del mercado. 

 

En Castilla-La Mancha, los órganos competentes en materia de control del rendimiento lechero se establecen en la Orden de 15/05/2007, de la Consejería de Agricultura, en cuya virtud, que constituye el Centro Autonómico de Control Lechero, prevé que la gestión del rendimiento lechero se efectúe por las organizaciones u asociaciones de ganaderos oficialmente reconocidas y establece la existencia de un laboratorio autonómico de control lechero. En desarrollo de dicha Orden, la Resolución de 14/01/2022, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, designa, en su punto segundo, al Laboratorio Interprofesional Lácteo de Castilla-La Mancha (LILCAM) como laboratorio autonómico de control del rendimiento lechero en Castilla-La Mancha, único designado en la actualidad para el análisis de estas muestras. Ahora bien, la entrada en vigor del Real Decreto 663/2023, de 18 de julio, impone cambios en las estructuras del control del rendimiento lechero en esta Comunidad Autónoma. Así, ya no es obligatoria la existencia del Centro Autonómico del Control Lechero y las asociaciones u organizaciones de criadores podrán llevar a cabo el control de rendimiento lechero contemplado en su programa de cría por sí mismas, manteniéndose el LILCAM como el laboratorio de análisis de las muestras. En consecuencia, la entidad beneficiaria de la ayuda que se regula en este Decreto es el LILCAM, si bien se considera que las destinatarias últimas de la misma serán las asociaciones que lleven a cabo en Castilla-La Mancha el control del rendimiento lechero. 

 

La subvención prevista en este Decreto constituye una ayuda compatible regulada en el artículo 27 del Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Asimismo, se integra en el Plan Estratégico de Subvenciones 2021-2023 de la sección presupuestaria 21 Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y contribuye al objetivo 97, Mejora de la sanidad animal, incluidos los programas de higienes, protección, conservación y bienestar de todas las especies animales, línea 116, Programas nacionales de erradicación de enfermedades y ayudas para la conservación y mejora del sector ganadero en Castilla-La Mancha.  

 

Los artículos 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y 75.2.c) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, establecen que podrán concederse de forma directa las subvenciones en las cuales se acrediten razones de interés público, social, económico, humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. Dado que en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, únicamente es el LILCAM quien puede realizar los análisis de las muestras de leche del control del rendimiento lechero en ganaderías de la región, deviene inaplicable un procedimiento de concurrencia competitiva de concesión de subvenciones. Además, es destacable la experiencia del LILCAM en el análisis de muestras de leche de vacuno, ovino y caprino, su trayectoria de colaboración con las asociaciones que gestionan los programas de cría en las diferentes razas ganaderas implicadas y la disponibilidad de los medios e infraestructura adecuados para llevar a cabo los análisis de caracteres cualitativos del control de rendimiento lechero, lo que lo convierten en idóneo para llevar a cabo el cumplimiento del objetivo que se persigue. 

 

Por su parte, el artículo 37 del Reglamento de desarrollo del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, en materia de subvenciones, aprobado por el Decreto 21/2008, de 5 de febrero, establece que el Consejo de Gobierno aprobará por decreto, y a propuesta del titular de la Consejería a la que esté adscrito el órgano concedente, y previo informe de la Intervención General, las normas especiales, con el carácter de bases reguladoras de las subvenciones previstas en el artículo 75.2.c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha. 

 

Será beneficiario de esta subvención, en los términos establecidos en este Decreto, el Laboratorio Interprofesional Lácteo de Castilla-La Mancha (LILCAM). 

 

Se consideran actuaciones subvencionables aquellas actividades que, siendo propias de la entidad beneficiaria, tengan como fin el análisis de las muestras de leche del control del rendimiento lechero en Castilla-La Mancha, como la contratación del personal necesario, la recepción y preparación de las muestras, el análisis de las mismas, la grabación y comunicación de los resultados obtenidos, la acreditación de las técnicas analíticas, el mantenimiento de los equipos de análisis o la adquisición del material y reactivos necesarios. 

 

Se consideran gastos subvencionables los siguientes gastos de funcionamiento de la entidad: 

 

a) los derivados del funcionamiento del laboratorio: acreditación de las técnicas analíticas, realización de ensayos intercomparativos, amortización de los equipos de análisis, reparaciones de dichos equipos, pequeño material de laboratorio, reactivos y material fungible necesario.

b) los derivados del personal contratado: el salario neto, las cuotas de la Seguridad Social u otros seguros sociales y las retenciones del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.

 

El importe total de la subvención podrá ascender a 140.000,00 euros y, tal como se establece en la letra a) del punto 5 del artículo 27 del Reglamento (UE) 2022/2472, de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, podrá cubrir hasta el 70% del gasto de las actuaciones realizadas, con el límite de 0,42 €/muestra.

 

Se financiará con fondos propios, con cargo a las partidas presupuestarias 21.04.713B.48000 y 21.04.713B.78000 de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el ejercicio 2023, con la siguiente distribución por partidas y anualidades de gasto: 

 

• Año 2023, partida 21.04.713B.48000 fondo propio ______ 18.900,00 euros

• Año 2023, partida 21.04.713B.78000 fondo propio ______ 23.100,00 euros

• Año 2024, partida 21.04.713B.48000 fondo propio ______ 25.200,00 euros

• Año 2024, partida 21.04.713B.78000 fondo propio ______ 30.800,00 euros

• Año 2025, partida 21.04.713B.48000 fondo propio ______ 18.900,00 euros

• Año 2025, partida 21.04.713B.78000 fondo propio ______ 23.100,00 euros

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 280/2023, de 5 de diciembre, por el que se establecen las bases para la concesión directa de una subvención al Laboratorio Interprofesional Lácteo de Castilla-La Mancha (Lilcam), para realizar los análisis cualitativos de las muestras de leche del control del rendimiento lechero en Castilla-La Mancha.

 

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE FUNDACIONES DE CASTILLA-LA MANCHA DE LA MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 10 Y 21 DE LOS ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN “PATRONATO DE LA SEMANA DE LA MÚSICA RELIGIOSA DE CUENCA”.

Para la tramitación ante el Registro de Fundaciones de Castilla-La Mancha de la inscripción de la aceptación de Don Amador Pastor Noheda, Doña Carmen Teresa Olmedo Pedroche y Doña María Ángeles López Martínez, como miembros del patronato de la Fundación “Patronato de la Semana de la Música Religiosa de Cuenca”, por razón de sus cargos y en representación de la Junta de Comunidades, será requisito previo la obtención de la autorización correspondiente mediante acuerdo del Consejo de Gobierno. 

 

Así mismo, para proceder a la inscripción de las modificaciones estatutarias de la Fundación, se precisa que el Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades autorice previamente las mismas. 

ACUERDO POR EL QUE SE CONVALIDA LA OMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE LA SECRETARIA GENERAL DE 04/11/2023 QUE RECTIFICA LA DE 07/09/2023 Y SE AUTORIZA EL RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES Y LA TRAMITACIÓN DE PAGOS CON CARGO A LA ANUALIDAD DEL 2023.

CONVALIDAR LA OMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE LA SECRETARIA GENERAL DE 4 DE NOVIEMBRE DE 2023, QUE RECTIFICA LA DE 7 DE SEPTIEMBRE DE 2023, DE LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE REDACCIÓN DE PROYECTO DE EJECUCIÓN A PARTIR DE ANTEPROYECTO, REDACCIÓN DEL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS PARA CONSTRUCCIÓN DE 4+2 UDS. + SERVICIOS COMPLEMENTARIOS CORRESPONDIENTES A LA 2ª FASE DEL I.E.S. “Nº 2” DE 16+6 UDS. EN LA C/ RÍO TAJO, ESQUINA CON C/ RÍO HUÉCAR DE TARANCÓN (CUENCA), INVERSIÓN COFINANCIADA EN UN 80% POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL A TRAVÉS DEL PROGRAMA OPERATIVO FEDER DE CASTILLA-LA MANCHA 2014-2020.  Y SE AUTORIZA EL RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES Y LA TRAMITACIÓN DE PAGOS HASTA UN IMPORTE MÁXIMO DE 3.143,39 EUROS, CON CARGO A LA ANUALIDAD DEL 2023 Y APLICACIÓN PRESUPUESTARIA 18.02.422B/62000 (FPA 0090005).

AUTORIZACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL EXPEDIENTE: 2023/008279 “CONTRATO DE CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE REGULAR DE VIAJEROS DE USO GENERAL POR CARRETERA DESDE TALAVERA DE LA REINA HASTA TOLEDO (VCM-066)”.

El Consejo de Gobierno acuerda Autorizar la contratación del expediente 2023/008279 “CONTRATO DE CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE REGULAR DE VIAJEROS DE USO GENERAL POR CARRETERA DESDE TALAVERA DE LA REINA HASTA TOLEDO (VCM-066)”, que conlleva un gasto por importe de 4.240.483,84 € (Exento de IVA) imputable a la partida presupuestaria 17040000G/513C/47532.

AUTORIZACIÓN DEL MODIFICADO N.º 1 DEL CONTRATO: 2022/001339 EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE CONEXIÓN RODADA Y PEATONAL DEL PROYECTO DE SINGULAR INTERÉS DE “EL TERMINILLO” CON EL NÚCLEO URBANO DE CUENCA.

El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha autoriza el modificado del expediente de referencia por importe de 666.284,76 € (IVA incluido), imputable a la partida presupuestaria 17070000G/432A/69000, PEP-JCCM/0000023336, correspondiente al expediente de contratación 2022/001339 EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE CONEXIÓN RODADA Y PEATONAL DEL PROYECTO DE SINGULAR INTERÉS DE “EL TERMINILLO” CON EL NÚCLEO URBANO DE CUENCA, con cargo a la anualidad 2023. 

AUTORIZACIÓN DE LA PRÓRROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL PARA EL REFUERZO DE LOS EQUIPOS DE SERVICIOS SOCIALES DE ATENCIÓN PRIMARIA QUE AFECTA A 12 PERSONAS FUNCIONARIAS INTERINAS POR UN PERIODO DE 5 MESES.

Se propone al Consejo de Gobierno la autorización de la prórroga para 12 personas funcionarias interinas, 6 Técnicos/as AB y 6 Auxiliares Administrativos/as C2, integrantes de los Equipos de Coordinación de las Delegaciones Provinciales y Servicios Centrales de la Consejería de Bienestar Social, por un periodo de cinco meses, del Programa Temporal para el refuerzo de los equipos de Servicios Sociales de Atención Primaria en el marco del Convenio suscrito entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el desarrollo de un proyecto piloto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. 

 

La duración de este programa temporal sería de cinco meses, desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de mayo de 2024. 

 

El coste de la prórroga del programa temporal asciende a 168.045,64 €, que se consignará en las partidas presupuestarias correspondientes a los presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el ejercicio 2024. 

AUTORIZACIÓN DEL GASTO DE LA EMPRESA PÚBLICA GEACAM CORRESPONDIENTE AL SUMINISTRO DE PROTECTORES PARA PLANTACIONES A REALIZAR EN LAS PROVINCIAS DE CIUDAD REAL Y TOLEDO CORRESPONDIENTES A TRABAJOS DE CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN DE ECOSISTEMAS FORESTALES.

El Consejo de Gobierno acuerda: 

 

Autorizar un gasto de la empresa pública Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha, Geacam, S.A., por importe de 471.630,72 euros (IVA incluido), correspondiente al expediente de contratación “Suministro de protectores para las plantaciones que se van a realizar en las provincias de Ciudad Real y Toledo correspondientes a trabajos de conservación y restauración de ecosistemas forestales en la Red Natura 2000 de Castilla-La Mancha y en zonas afectadas por incendios forestales. Proyecto vinculado al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. 

AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA EL EJERCICIO DE LAS ACCIONES CIVILES FRENTE A LA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD JURÍDICA Y FE PÚBLICA DESESTIMANDO EL RECURSO INTERPUESTO CONTRA LA CALIFICACIÓN NEGATIVA DEL REGISTRO DE MADRIDEJOS.

El Consejo de Gobierno acuerda: 

 

Autorizar al Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el ejercicio de las acciones civiles que resulten procedentes frente a la resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de fecha 5 de octubre de 2023, desestimatoria del recurso interpuesto y confirmando la calificación negativa del Registro de la Propiedad de Madridejos a practicar nota marginal referida a la finca registral 4.918 de Madridejos, con referencia catastral 45088A015000010000OT, sobre terrenos colindantes con la vía pecuaria denominada el Cordel de la Plata.