DG de Economía Circular y Agenda 2030
Residuos-Trámites: comunicaciones previas y autorizaciones
La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, establece dos formas de intervención administrativa para el acceso a las actividades de producción y gestión de residuos en función del tipo de figura y actuación: comunicación previa o autorización.
- Figuras/actuaciones sujetas a comunicación previa:
- Productores
- Transportistas
- Agentes
- Negociantes
- Plataformas logísticas de distribución como consecuencia de la logística inversa
- Valorización de materiales naturales excavados para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquellas en las que se generaron
- Instalaciones dedicadas a investigación, desarrollo y experimentación de nuevos tratamientos de residuos
- Figuras/actuaciones sujetas a autorización:
- Figuras/actuaciones sujetas a comunicación previa y autorización:
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- Otras operaciones de valorización o eliminación de residuos sin instalación
Por otra parte, existe otro trámite para la obtención de NIMA para las personas físicas o jurídicas que, no estando obligadas a inscribirse, precisen de un NIMA.