La Estrategia de la Unión Europea sobre Biodiversidad hasta 2020, aprobada en 2011 incluía, entre sus objetivos, el «mantenimiento y mejora de ecosistemas y servicios ecosistémicos no más tarde de 2020 mediante la creación de una infraestructura verde y la restauración de al menos el 15% de los ecosistemas degradados». Esto implica, entre otras consideraciones, que los estados miembros de la Unión Europea cartografiarán y evaluarán el estado de los ecosistemas y sus servicios en sus respectivos territorios, calcularán el valor económico de dichos servicios y promoverán la integración de ese valor en los sistemas de contabilidad e información a nivel nacional y europeo no más tarde de 2020. Con su reciente actualización, la Estrategia de la Unión Europea sobre Biodiversidad para 2030, aprobada en 2020 reconoce nuevamente y refuerza el desarrollo de la infraestructura verde como una de las herramientas principales para el logro de los objetivos medioambientales de la Unión Europea.
La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, tras la modificación introducida por la Ley 33/2015, de 21 de septiembre, establecía en su artículo 15.1 que: “(…) Para garantizar la conectividad ecológica y la restauración del territorio español, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, con la colaboración de las comunidades autónomas a través de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, y de otros ministerios implicados, elaborará, en un plazo máximo de tres años a contar desde la entrada en vigor de la presente ley, una Estrategia estatal de infraestructura verde y de la conectividad y restauración ecológicas, que incorporará una cartografía adecuada que permita visualizar gráficamente la misma. (…)”. Habiéndose aprobado esa Estrategia estatal a través de la Orden PCM/735/2021, de 9 de julio (BOE n º 166 de 13 de julio de 2021), las Comunidades Autónomas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 “Del Marco estratégico de la Infraestructura Verde y de la conectividad y restauración ecológicas” de la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, en su modificación por la Ley 33/2015, desarrollarán, en un plazo máximo de tres años a contar desde la aprobación de la Estrategia Nacional, las respectivas Estrategias regionales