El reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, en materia de subvenciones, aprobado por Decreto 21/2008, de 5 de febrero, incluye en su artículo 14.3 la imposibilidad de acceder a las subvenciones públicas de las personas o entidades sujetas a la normativa de prevención de riesgos laborales cuando hubieran sido sancionadas en firme, mediante resolución administrativa o sentencia judicial, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
Dicha previsión reglamentaria equipara enteramente, a efectos de imposibilitar el acceso a las subvenciones públicas, las consecuencias derivadas de la comisión de una infracción grave con las anudadas a la comisión de una infracción muy grave, en materia de riesgos laborales. Lo que pugna con el principio de proporcionalidad, razón que justifica la modificación del referido precepto reglamentario, a fin de ceñir la imposibilidad de acceso a las subvenciones públicas a quienes hayan sido objeto de sanción por infracción muy grave en materia de riesgos laborales.
Asimismo, se procede a la modificación de los artículos 23, 33 y 37 con el propósito de garantizar que la eventual distribución de los créditos en una misma convocatoria y correspondientes a la misma línea de subvención tenga, en todo caso, carácter estimativo y no condicione, por sí sola, el acceso a las ayudas en aplicación de los criterios de valoración o el orden de prelación establecido en las bases reguladoras.
Por otra parte, se introducen modificaciones puntuales destinadas a completar la regulación del contenido de los planes estratégicos de subvenciones y, finalmente, se ha considerado necesario introducir una nueva disposición adicional de alcance transversal, orientada a promover la aplicación de actuaciones administrativas automatizadas en los procedimientos de gestión de subvenciones.
La presente publicación se realiza en cumplimiento del artículo 12.1 de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha.