El Decreto tiene por objeto establecer, en el ámbito de Castilla-La Mancha, las bases reguladoras de la concesión directa de subvenciones para la modalidad de tarifa plana y el establecimiento de personas como trabajadoras autónomas, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus y para la modalidad de tarifa plana plus y la consolidación de proyectos emprendidos por personas trabajadoras autónomas, comprendiendo las siguientes líneas subvencionables, a saber:
Línea 1 o subvención para la modalidad de tarifa plana, con el fin de sufragar los costes de la cuota de autónomos durante el primer año de actividad de la persona trabajadora autónoma.
Línea 2 o subvención para el establecimiento de personas como trabajadoras autónomas, con el fin de facilitar la generación de su empleo por cuenta propia y el mantenimiento durante los primeros 12 meses de actividad.
Línea 3 o subvención para la modalidad de tarifa plana plus, con el fin de sufragar los costes de la cuota de autónomos durante el segundo año de actividad de la persona trabajadora autónoma.
Línea 4 o subvención para la consolidación de proyectos emprendidos por personas trabajadoras autónomas, con el fin de facilitar la continuidad de su empleo por cuenta propia, tras los primeros 12 meses de actividad y hasta los 36 meses como máximo.
Las subvenciones reguladas en el decreto se otorgarán en régimen de concesión directa.
Se incluye en el texto del Decreto una disposición adicional que establece el plazo de presentación de solicitudes y el crédito disponible para el ejercicio 2025, que asciende a 22.000.000 euros, financiados cargo al programa 322A de la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social y la partida 4761A.
Enlaces relacionados:
Decreto 25/2025, de 1 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la modalidad de tarifa plana y el establecimiento de personas como trabajadoras autónomas cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus y para la modalidad de tarifa plana plus y la consolidación de proyectos emprendidos por personas trabajadoras autónomas.