Acuerdos del Consejo de Gobierno 11 de julio de 2017

Acuerdos del Consejo de Gobierno 11 de julio de 2017

ACUERDOS

Toma de conocimiento de la Resolución por la que se publican los créditos que han de financiar las ayudas que se concedan en el ejercicio 2017 en virtud del Decreto 7/2016, de 15 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones

Toma de conocimiento de la Resolución por la que se publican los créditos que han de financiar las ayudas que se concedan en el ejercicio 2017 en virtud del Decreto 7/2016, de 15 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional de la Presidencia  de  la  Junta  de  Comunidades  de  Castilla‐La  Mancha  y  se  autoriza  la modificación de los porcentajes de gastos plurianuales.
 
El objetivo de esta Resolución es publicar los créditos y abrir el plazo de presentación de las solicitudes que han de financiar las ayudas que se concedan en el presente ejercicio en virtud del Decreto 7/2016, de 15 de marzo, publicado en el DOCM núm. 54 de 18 de marzo, por el que se regula el procedimiento de concesión directa de subvenciones para financiar la realización de proyectos o actuaciones de interés público, social, económico o humanitario,  de carácter excepcional, para los que no existan programas específicos de ayuda en los presupuestos de la JCCM, relativos a las siguientes materias:
 
a)    Proyectos o actuaciones sociales o humanitarios que tengan un carácter singular o sean debidos a necesidades imprevistas y urgentes.
b)  Proyectos o actuaciones de cooperación regional que promuevan el desarrollo económico y social.
c)   Proyectos de rehabilitación de inmuebles dañados, que tengan un interés público o social de carácter excepcional.
d)   Cualquier otro tipo de proyectos o actuaciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario que justifiquen su singularidad para imposibilitar su convocatoria pública.
 
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas empadronadas en Castilla‐La Mancha, las entidades sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en esta región y las Corporaciones Locales de Castilla‐La Mancha, que presenten proyectos incardinados en los supuestos establecidos.
 
Enlaces relacionados:
Resolución de 19/07/2017, de la Secretaría General de la Presidencia, por la que se publican los créditos que han de financiar las ayudas que se concedan en el ejercicio 2017 en virtud del Decreto 7/2016, de 15/03/2016, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional de la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
 
Decreto 7/2016, de 15/03/2016, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional de la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

Acuerdo por el que se toma en consideración el anteproyecto de Ley de estímulo económico de zonas prioritarias en Castilla- La Mancha

 
El anteproyecto de ley tiene como objeto establecer el marco regulador de un conjunto de acciones e instrumentos de estímulo económico para fomentar la actividad empresarial y orientar su localización hacia áreas geográficas determinadas con la finalidad de reducir las diferencias de situación económica en el territorio de Castilla- La Mancha.
 
El anteproyecto consta de una parte expositiva, 7 artículos estructurados en dos capítulos, dos disposiciones adicionales y tres disposiciones finales.
 
El Capítulo I denominado ”Disposiciones generales”, regula el objeto de la ley, su ámbito de aplicación y los fines de la misma.
 
El Capítulo II denominado “Determinación de las zonas prioritarias, implementación y régimen de aplicación”, establece la definición de las zonas prioritarias, los instrumentos para favorecer la incentivación económica y el empleo en las zonas prioritarias y, asimismo, se determinan las áreas donde deberá incidirse para la consecución de los objetivos de la ley y a quién compete el control y seguimiento de las medidas adoptadas en cumplimiento de ésta.
 
La disposición adicional primera determina la aplicación de los instrumentos previstos en esta ley a los municipios que acuerdó el Consejo de Gobierno, dentro de la distribución municipal de la Inversión Territorial Integrada Castilla-La Mancha que figura en el Anexo del Decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla-La Mancha para el período de programación 2014-2020, o la distribución que, en su caso, se determine en posteriores periodos de programación.
 
La disposición adicional segunda establece la posibilidad de aplicar los instrumentos de incentivación económica previstos en esta ley a los municipios de la Región que sean declarados como zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil.
 
La disposición final primera versa sobre la adaptación al contenido de la norma.
 
La disposición final segunda contiene una habilitación al Consejo de Gobierno para el desarrollo y aplicación de la ley.
 
La disposición final tercera dispone la entrada en vigor de la ley.
 
Los instrumentos para favorecer la reactivación económica y el empleo en las zonas prioritarias consistirán en subvenciones o ayudas, realización de planes y estudios sectoriales, préstamos o avales mediante convenios con entidades financieras, u otros instrumentos financieros, así como otras vías de financiación alternativas. Asimismo, se podrá acudir a mecanismos de cooperación con la Administración General del Estado o con las entidades locales de Castilla-La Mancha.
 
Además de los instrumentos citados anteriormente, la actividad de fomento dirigida a las zonas prioritarias podrá consistir, según los requisitos que marque cada uno de los fondos que financien la línea de ayuda, en alguna de las siguientes alternativas:
 
a)  La aprobación de líneas de ayudas específicas dirigidas a dichas zonas, que se llevará a cabo de forma prioritaria al resto de alternativas.
b)  Una reserva del total del crédito de la convocatoria asignado específicamente para los proyectos que se desarrollen en las zonas prioritarias. En el caso de que en una convocatoria de ayuda no se agotase la totalidad del crédito reservado para las zonas prioritarias, el crédito no utilizado podrá destinarse a incrementar el destinado a proyectos desarrollados en el resto de territorio regional.
c) Un incremento porcentual del 20 por ciento en la intensidad de ayuda en aquellos proyectos o inversiones dirigidos a los municipios declarados como zonas prioritarias.
d)    El establecimiento de criterios de valoración que prioricen los proyectos desarrollados dentro de las zonas prioritarias.
 
Las líneas de ayudas a las que resultará aplicable esta actividad de fomento y estímulo, serán las siguientes:
 
a)    Empleo y formación.
b)    Autoempleo y emprendimiento, fomento y potenciación de la economía social.
c)    Empresas, competitividad e internacionalización.
d)    Turismo, comercio, artesanía y cultura.
e)    Industria, energía, medio ambiente y economía circular.
f)     Innovación y desarrollo tecnológico.
g)    Suelo industrial.
h)    Industrias agroalimentarias, mejora de explotaciones agrarias, regadíos e incorporación al tejido empresarial de jóvenes agricultores y agricultoras.
i)      Servicios de ayuda y atención a personas en situación de dependencia.
j)      Servicios de proximidad para la atención de personas.
 
Financiación y captación de inversiones.

Decreto por el que se modifica el decreto 29/2016, de 5 julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional, para el fomento de la contratación indefinida y en especial de personas mayores de 45 años

El Consejo de Gobierno lanza una nueva convocatoria de ayudas de carácter excepcional, para el fomento de la contratación indefinida de desempleados de larga duración y en especial a los mayores de 45 años.
 
La finalidad de estas ayudas, reguladas en el Decreto 29/2016, de 5 de julio, es incentivar e impulsar la creación de empleo en la comunidad Autónoma de Castilla- La Mancha, activando el mercado de trabajo mediante la mejora de la empleabilidad y el fomento de la inserción laboral de personas desempleadas de larga duración, poniendo especial énfasis en los mayores de 45 años.
 
Podrán ser subvencionables los contratos por tiempo indefinido, o por tiempo indefinido fijos-discontinuos, que cumplan los siguientes requisitos:
 
a)    Que se formalicen con personas que en el momento de la contratación se encuentren inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha y sean desempleadas de larga duración. Se entiende como tales, aquellas personas que figuren inscritas como demandantes de empleo al menos, doce meses de duración en los últimos dieciocho meses.
 
b)    Que sean a jornada completa. En el supuesto de contratos por tiempo indefinido fijos-discontinuos, la suma de la jornada en cómputo anual deberá ser, en todo caso, igual o superior al 50% de la jornada ordinaria de la empresa.
 
 

Cuantía de la subvención:
 
a)  5.300 euros por contrato, cuando la edad de la persona contratada sea menor o igual a 29 años.
 
b)    4.000 euros por contrato, cuando la edad de la persona contratada esté comprendida entre los 30 y los 44 años.
 
c)   5.300 euros por contrato, cuando la edad de la persona contratada esté comprendida entre los 45 y los 54 años.
 
d)  6.000 euros por contrato, cuando la edad de la persona contratada sea igual o mayor de 55 años.
 
Estas cuantías se verán incrementadas en 700 euros, cuando el trabajador contratado pertenezca a alguno de los siguientes colectivos:
 
a)  Personas no perceptoras de prestación, subsidio de desempleo o cualquier otra modalidad de protección frente al desempleo.
 
b)  La primera contratación por tiempo indefinido que realiza un trabajador autónomo.
 
c)  Personas que hayan obtenido en los seis meses anteriores a la fecha de la contratación, un certificado de profesionalidad, una titulación de formación profesional básica, de grado medio o superior, o titulación del mismo nivel que el de esta última correspondiente a las enseñanzas de formación profesional artística o deportivas, o bien una titulación oficial universitaria.
 
d)  Personas que hayan participado como trabajadores adscritos en la realización de proyectos dentro del programa de “Garantía + 55 años”.
 
El incremento será de 1.000 euros cuando el trabajador contratado pertenezca a alguno de los siguientes colectivos especiales:
 
a)  Mujeres que tengan acreditada la condición de víctimas de violencia de género en los términos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
 
b)   Colectivos en riesgo de exclusión social o que procedan de una empresa de inserción.
 

Principales novedades:
 
1º) Se establece un incremento en la cuantía de la subvención (de 1.000 euros) para las contrataciones de personas que procedan de una empresa de inserción, con el objetivo de facilitar su integración al mundo laboral.
 
2º) La cuantía de la subvención se incrementará en un 20% cuando las contrataciones se realicen en alguno de los municipios incluidos en el Anexo del Decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla-La Mancha para el período de programación 2014-2020, o con arreglo a la distribución municipal que, en su caso, se determine en posteriores períodos de programación.
 
3º) Se flexibiliza el régimen de sustituciones previsto para extinciones de contratos de trabajo subvencionados. Así, se mantienen los supuestos que facultan al beneficiario para cubrir la vacante sin pérdida de la subvención, permitiendo, no obstante, que el trabajador sustito no sea necesariamente un desempleado de larga duración.
 
4º) Se procede a realizar la adecuación del articulado a las prescripciones contenidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, incluyendo, asimismo, nuevos modelos de anexos adaptados a dicha norma.
 
Enlaces relacionados:
Decreto 42/2017, de 11 de julio, por el que se modifica el Decreto 29/2016, de 5 julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional, para el fomento de la contratación indefinida y en especial de personas mayores de 45 años.
 

Ayudas en materia de empleo Autonómica

Toma de conocimiento de la orden por la que se convoca el procedimiento para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación

El Consejo de Gobierno lanza una nueva convocatoria de acreditación de competencias profesionales de 3.550 plazas, distribuidas por cualificaciones profesionales de la forma siguiente:

 

CUALIFICACIÓN PROFESIONAL

PLAZAS

SEA595_2 Operaciones de vigilancia y extinción de incendios forestales y apoyo a contingencias en el medio natural y rural

2.000

AGA345_2 Repoblaciones forestales y tratamientos silvícolas

400

SSC567_3 Información juvenil

150

SSC320_2 Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales.

750

SSC089_2 Atención sociosanitaria a personas en el domicilio

250

 

Las cualificaciones relacionadas con la extinción de incendios forestales y tratamientos silvícolas van dirigidas a profesionalizar el sector de los trabajadores forestales. Asimismo se convocan plazas para las personas con experiencia en la información juvenil, después de que la Consejería competente en materia de juventud haya regula do la profesión y exija estar en posesión de la correspondiente acreditación de la cualificación profesional. Finalmente se convocan más plazas para el sector de la dependencia, de modo que aquellas personas que aún no hayan solicitado la acreditación por experiencia laboral en los últimos años pueda hacerlo antes de la finalización del plazo establecido por la normativa para obtener la cualificación o estar incurso en un procedimiento de acreditación como este. Ese plazo es el 31 de diciembre de 2017.

 

Presupuesto:

 

El crédito destinado a la presente convocatoria, está asignado a la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral y asciende a un total de 700.000 euros, de carácter plurianual (250.000 € en 2017 y 450.000 para 2018).

 

Principales novedades:

 

La principal novedad de la convocatoria es que por primera vez se sacan plazas para cualificaciones profesionales relacionadas con el sector forestal e información juvenil.

 

Enlaces relacionados:

Acredita

Autorización del gasto de 924.482,88 € IVA incluido para contratar la adquisición, puesta en marcha y mantenimiento de tres TC helicoidales para las Gerencias de Atención Integrada de Albacete, Alcázar de San Juan y Puertollano, pertenecientes al Sescam

Los objetivos de este contrato de suministro de 3 TC de 16 cortes son tres: renovación del parque de arcos quirúrgicos ya que más del 40% de los mismos tienen más de 10 años, que es la vida útil de este tipo de equipos según diversos organismos internacionales de referencia, por tanto una buena parte de los arcos instalados se encuentran obsoletos y al final de su vida útil.
 
La actualización tecnológica es otro de los objetivos de este contrato, ya que más del 40% de los TC instalados son de menos de 16 cortes, además el avance que se ha producido en este tipo de equipos en los últimos años es considerable, el principal es  el  aumento  en  el  número  de cortes.  Esto  ha producido  que los procesos sean más rápidos, de mejor calidad de imagen, nuevas herramientas de postprocesado, aumento del campo de visión o nuevas aplicaciones.

Autorización de la superación de porcentajes en relación del expediente del proceso selectivo de personal funcionario correspondiente a la oferta de empleo público de 2016 de la JCCM, de la Escala Superior de Sanitarios Locales, Especialidad Veterinaria

Expediente relativo al proceso selectivo de personal funcionario correspondiente a la oferta de empleo público de 2016 de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de la escala superior de sanitarios locales, especialidad veterinaria, que se iniciaría en 2017 y culminaría en 2018.
 
El proceso selectivo indicado, convocado mediante Resolución de la Consejería Sanidad de 10 de marzo de 2017 (D.O.C.M nº 52 de 15 de marzo), conlleva gastos en concepto de indemnizaciones por razón de servicio por asistencias y dietas devengados por los miembros del tribunal calificador, personal colaborador y personal auxiliar del proceso.
 
En función de la planificación y del cronograma previsto para la realización de las pruebas del proceso selectivo, se prevé que las pruebas serán realizadas en el 2017 y la finalización del proceso en el año 2018. Por tanto, se imputará el gasto de vigilancia de las pruebas, el personal de servicios, coordinadores provinciales y responsables centros al ejercicio 2017 y los gastos generados por la indemnizaciones y dietas a percibir por los miembros del tribunal se imputaran al ejercicio 2018.
 
En la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha los procesos selectivos convocados están destinados a cubrir las necesidades de personal cualificado de la Administración de la Junta, y dar cumplimiento a la Oferta de empleo público de Castilla-La Mancha.

Toma de conocimiento de la Orden por la que se precisan las bases reguladoras para la concesión de ayudas a los planes de reestructuración y reconversión de viñedo para el Programa de Apoyo 2014-2018 y se convocan para su ejecución en 2018

El Consejo de Gobierno ha aprobado la Orden de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se precisan las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la concesión y gestión de las ayudas a los planes de reestructuración y reconversión de viñedo de Castilla-La Mancha para el Programa de Apoyo 2014-2018 y se convocan para su ejecución en 2018.
 
La ayuda a la reestructuración y reconversión de viñedos contemplada en el artículo 46 del Reglamento (UE) nº 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, será de aplicación a los viñedos que se destinen a la producción de uva para vinificación y estén situados en el territorio de Castilla-La Mancha.
 
Las ayudas a la reestructuración y reconversión del viñedo sólo podrán concederse para una o varias de las siguientes actividades:
 
a)      Reestructuración o reimplantación de viñedos.
b)      Mejora de las técnicas de gestión de viñedos: Cambio de vaso a espaldera.
 
Las acciones subvencionables, dentro de cada operación, serán las siguientes:
 
c)       En la operación de reestructuración o reimplantación de viñedos se podrán solicitar las siguientes acciones:
i.      Arranque (incluida la recogida de cepas).
ii.       Preparación del suelo: labor profunda, labor superficial, pase de rodillo y/o  enmienda orgánico-mineral.
iii.       Desinfección. Sólo en el caso de que el arranque de la parcela final a desinfectar se vaya a realizar en el seno del proyecto de reestructuración.
iv.      Despedregado.
v.      Planta y plantación. La variedad a plantar deberá ser subvencionable  y la plantación se deberá realizar en cultivo único o puro.
vi.      Protección individual de plantas contra conejos en el momento de la plantación (incluida la colocación).
vii.      Espaldera.
 
Cuando se aporten autorizaciones o derechos de replantación propios para  la reestructuración de las parcelas su vigencia debe ser la adecuada para efectuar el proyecto.

 
Enlaces relacionados:
Orden 126/2017, de 12 de julio, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se precisan las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas a los planes de reestructuración y reconversión de viñedo de Castilla-La Mancha para el Programa de Apoyo 2014-2018 y se convocan para su ejecución en 2018.

Toma de conocimiento de la convocatoria de subvenciones para el sostenimiento de contratos de bibliotecarios municipales por entidades locales de Castilla‐La Mancha en 2017

La finalidad de esta línea de subvenciones es apoyar a los Ayuntamientos más pequeños en su esfuerzo de mantener la contratación de personal bibliotecario profesional en las bibliotecas municipales y contribuir a que los ciudadanos de las zonas rurales tengan acceso a unos servicios de cultura básicos.
 
El objeto principal de la subvención será la financiación de contratos cuyas funciones sean la dirección, gestión y trabajos técnicos de la biblioteca pública y la programación de actividades culturales y de animación a la lectura en el marco de la biblioteca pública.

Autorización del gasto para el contrato “Servicios de explotación, conservación y mantenimiento del sistema de abastecimiento Campana de Oropesa‐Gévalo (Toledo)”

EL CONSEJO DE GOBIERNO DE CASTILLA‐LA MANCHA AUTORIZA UN GASTO DE 2.942.365,31 € PARA QUE INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA DE CASTILLA‐LA MANCHA –IALCM‐ LLEVE A CABO EL CONTRATO DE SERVICIOS DE EXPLOTACIÓN, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO CAMPANA DE OROPESA‐GÉVALO (TOLEDO).
 
EL PLAZO GLOBAL DE EJECUCIÓN SE ESTABLECE EN 2 AÑOS, CON OTROS 2 AÑOS DE POSIBLE PRÓRROGA.
 
CON ELLO, SE POSIBILITA LA PRESTACIÓN EN LAS ADECUADAS CONDICIONES DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE EN “ALTA” A LAS DOS CITADAS MANCOMUNIDADES, QUE TOTALIZAN UNOS 19.000 HABITANTES CENSADOS, QUE AUMENTAN HASTA LOS CASI 30.000 EN VERANO.
 
EL OBJETO DE ESTA ACTUACIÓN ES CUMPLIR CON LA VIGENTE NORMATIVA EN MATERIA TÉCNICO‐SANITARIA EN RELACIÓN CON EL ABASTECIMIENTO DE AGUA A POBLACIONES.
 
EL CONTRATO SE VA A LICITAR POR CONCURSO ABIERTO, UNA VEZ QUE SE HAYA APROBADO EL GASTO POR PARTE DEL CONSEJO DE GOBIERNO.

Autorización al Gabinete Jurídico para la interposición de un recurso contra la Confederación Hidrográfica del Segura por la que se autoriza cesión de derechos de aguas entre la Comunidad Acequia de Tavizna y la Comunidad Santa Cruz de Abanilla

Autorización al Gabinete Jurídico para la interposición de un recurso contencioso administrativo contra la Resolución de la Confederación Hidrográfica del Segura por la que se autoriza el contrato de cesión de derechos al uso privativo de aguas entre la Comunidad de Regantes Acequia de Tavizna, en el término municipal de Hellín (Albacete) como cedente y la Comunidad de Regantes Santa Cruz de Abanilla (Murcia), en el término municipal de Abanilla como cesionario.
 
Se recurre la Resolución de la Confederación Hidrográfica del Segura por la que se autoriza el contrato de cesión de derecho de agua entre la Comunidad de Regantes Acequia de Tavizna, en el término municipal de Hellín (cedente) y la Comunidad de Regantes Santa Cruz de Abanilla (cesionario), con validez para el año 2016/2017 por un volumen de 487.026,64 m3.
 
Esta resolución incumple varios de los preceptos del Texto Refundido de la Ley de Aguas y del Reglamento del Dominio Público Hidráulico que regulan los contratos de cesión, siendo además susceptible de haber afectado negativamente a espacios de la Red Natura 2000 en nuestra Comunidad y de incurrir otros incumplimientos ambientales.

Autorización de un gasto derivado del expediente de la segunda prórroga del contrato de gestión de 49 plazas en un Centro para la ejecución de medidas judiciales de internamiento establecidas en la Ley Orgánica 5/2000 de responsabilidad penal de menores

Autorización de un gasto derivado del expediente de la segunda prórroga del contrato de gestión, por la modalidad de concierto, de 49 plazas en un Centro para la ejecución de medidas judiciales de internamiento establecidas en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, de responsabilidad penal de menores.
 
La prórroga de este contrato se realiza por 2 años y abarca el periodo comprendido entre el 16 de septiembre de 2017 y el 15 de septiembre de 2019, ambos días incluidos.

Toma de conocimiento de la convocatoria de subvenciones para la organización y gestión de las Federaciones Deportivas de Castilla-La Mancha durante 2017

El Consejo de Gobierno toma en conocimiento la resolución para la convocatoria de subvenciones para la organización y gestión de las federaciones deportivas de Castilla-La Mancha destinadas a subvencionar los gastos derivados del funcionamiento ordinario de éstas, de la celebración y participación en competiciones y del desarrollo y extensión de la práctica deportiva en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
 
El objetivo que se pretende es ayudar económicamente a las Federaciones Deportivas de Castilla-La Mancha sufragar los gastos derivados de su funcionamiento ordinario, fomentar la celebración y participación en competiciones e impulsar el desarrollo y extensión de la práctica deportiva en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. En este sentido, se potencia uno de los principios generales que regirán la promoción, ordenación, organización y regulación de la actividad física y el deporte en Castilla-La Mancha. En esta línea la importancia y repercusión social del deporte, se configura como un punto de referencia para el fomento de la práctica deportiva en la región, realizando al mismo tiempo una importante función de representación y difusión.
 
Las Federaciones Deportivas pueden justificar los gastos que hayan generado entre el 15 de octubre de 2016 y el 14 de octubre de 2017 ambos inclusive y que sean subvencionables según la convocatoria.
 
Enlaces relacionados:
Resolución de 20/07/2017, de la Dirección General de Juventud y Deportes, por la que se convocan subvenciones para la organización y gestión de las federaciones deportivas de Castilla-La Mancha durante 2017.

Autorización de un gasto derivado de la concesión de subvenciones a tres entidades privadas sin fin de lucro para la puesta en marcha o el desarrollo de servicios y programas de prevención y atención a la infancia y a las familias

La Consejería de Bienestar Social, al amparo de la Orden de 22/06/2016, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de servicios y programas de prevención y atención a la infancia y a las familias y de la Resolución de 17/02/2017, de la Dirección General de las Familias y Menores, por la que se convocan para el año 2017 las subvenciones para el desarrollo de servicios y programas de prevención y atención a la infancia y a las familias, ha propuesto conceder, entre otras, tres subvenciones a las siguientes entidades, que superan los 500.000 euros y deben ser aprobadas por el Consejo de Gobierno:
 
- Asociación Colabora, para la subvención del proyecto “Programa Puntos de Encuentro Familiar”.
 
- Asociación de Mujeres para la Formación y el desarrollo (AMFORMAD), para la subvención del proyecto “Programa de prevención e intervención e violencia familiar”.
 
- “Asociación de Mediación e intervención familiar (AMIFAM), para la subvención del proyecto “Mediación e intervención familiar”.

Autorización de la modificación de los porcentajes de gasto plurianual en la aplicación 18020000 G422A 6 (FPA 0090005) y en las anualidades 2018 y 2019

El Consejo de Gobierno autoriza la modificación de los porcentajes de gasto plurianual establecidos en el artículo 48. 3 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, en la aplicación  presupuestaria 18020000 G422A 6   ( FPA 0090005) y en las anualidades 2018 y 2019, hasta el 1.022,17 Y 154,97 por ciento respectivamente, derivada de la tramitación de los  procedimientos de contratación de obras en  colegios de educación infantil y primaria de Castilla- La Mancha.