Acuerdos del Consejo de Gobierno 12 de septiembre de 2017

Acuerdos del Consejo de Gobierno

Acuerdos del Consejo de Gobierno 12 de septiembre de 2017

ACUERDOS

Autorización de gasto y superación de porcentajes de gasto plurianual del expediente para la contratación administrativa mixta de las obras de reforma y ampliación de la oficina de empleo de Illescas (Toledo)

Se ha iniciado la tramitación de un expediente de contratación relativo a la obra de reforma y ampliación de la Oficina de Empleo de Illescas y el suministro de un conjunto modular prefabricado para el traslado provisional de la citada oficina en tanto duran las obras de reforma y ampliación.
 
El elevado número de personas usuarias que dependen de la Oficina de Empleo de Illescas (Toledo), junto al incremento de las funciones a desarrollar por la misma, y del personal de la Consejería necesario para prestar esos servicios, han supuesto que el actual inmueble y sus prestaciones resulten totalmente desfasados, en lo que respecta a distribución y dimensionamiento de su espacio, pues el proyecto de obra originario se elaboró en atención a un escenario socio-económico absolutamente distinto.
 
Por otro lado, y en tanto se realizan las obras de acondicionamiento y reforma del local donde se ubica la oficina, es necesario que los servicios públicos que tiene encomendados se sigan prestando, por lo que es preciso trasladar a los funcionarios y sus puestos de trabajo a un lugar adecuado para ello.
 
Una vez tramitado el expediente, y comprobando su ajuste a las previsiones normativas, se hace preciso someterlo a Consejo de Gobierno, a efectos de autorización del gasto, por superar el límite de 500.000,00 euros, cantidad máxima para su autorización por los titulares de las Consejerías, que se establece en el artículo 20 de la Ley 2/2017, de 1 de septiembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017.
 
Igualmente se debe autorizar a la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, la superación de porcentajes de gasto plurianual, de conformidad con el artículo 48.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, al superarse el porcentaje establecido (70% para la primera anualidad) en el artículo 48.3 de dicho texto legal.
 
Finalmente se debe autorizar a la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, la adquisición de compromisos de gastos que haya que atenderse en ejercicios posteriores al no existir crédito inicial ni haberse dotado mediante transferencia de conformidad con el artículo 48.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha

Autorización de la Resolución por la .que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la realización de acciones de formación profesional para el empleo, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas (Modalidad II) para 2017

Convocatoria pública de concesión de subvenciones para aquellas entidades/empresas que soliciten acciones de formación profesional para el empleo dirigidas a personas trabajadoras desempleadas para 2017.
 
Serán subvencionables la realización de:
 
Se puede solicitar los siguientes tipos de acciones formativas:
 
Acciones programadas de acuerdo a las necesidades de formación y a las ofertas de empleo detectadas por el Observatorio Regional de Mercado. Acciones dirigidas a la obtención de los certificados de profesionalidad. Acciones que favorezcan, a través de acuerdos con las empresas, públicas o privadas, la realización de prácticas profesionales (incluidas las de carácter internacional), el intercambio de tecnologías y de personal experto y la utilización de infraestructuras y medios técnicos y materiales. Acciones que favorezcan la innovación y el espíritu empresarial. Acciones que favorezcan las competencias lingüísticas, que podrán ser cursos de formación en idiomas o cursos bilingües, en estos últimos deberán, como mínimo, impartirse un 20% de las horas lectivas en otro idioma.
 
Serán también objeto de subvención, las becas y ayudas de transporte, conciliación, manutención y alojamiento que se concedan a los desempleados que participen en las acciones formativas citadas anteriormente y, en su caso, la compensación económica a empresas por la realización de prácticas profesionales no laborales, así como a aquella formación dirigida a la adquisición de competencias clave en matemáticas y de comunicación en lengua castellana de nivel 2 o de nivel 3, que se podrá solicitar como formación complementaria dentro de un itinerario de formación.
 
Será obligatorio incluir en todas las especialidades formativas solicitadas, siempre que no esté ya incluido en el programa formativo, los siguientes módulos de formación complementaria:
 
De Prevención de Riesgos Laborales de 30 horas de duración. Este módulo habilitará para el desempeño de las funciones de nivel básico en prevención de riesgos laborales.
 
De inserción laboral, sensibilización medioambiental y de igualdad de género.
 
Enlaces relacionados:
Resolución de 20/09/2017, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la realización de acciones de formación profesional para el empleo, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas (Modalidad II) para la anualidad 2017.

Entidades de Formación. Normativa. Convocatorias 2017

Acuerdo por el que se autoriza el ejercicio de acciones para la impugnación en vía contencioso-administrativa de la resolución del Tribunal Económico-Administrativo regional por la que se estima la reclamación interpuesta por Funesitos, C.B.

Acuerdo por el que se autoriza el ejercicio de acciones judiciales para la impugnación en vía contencioso-administrativa de la resolución del tribunal económico-administrativo regional de 30 de mayo de 2017, por la que se estima la reclamación interpuesta por la representación de Funesitos, C.B.

 
El 15/05/2017, el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla-La Mancha dicta resolución por la que acuerda estimar la reclamación nº 02-508-2014, formulada por la representación de FUNESITOS, C.B., resolución que se considera errónea y dañosa para los intereses de la Hacienda Pública Regional y de su autonomía financiera, por lo que se propone el planteamiento de recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha para su revocación.

Acuerdo por el que se autoriza el ejercicio de acciones para la impugnación en vía contencioso-administrativa de la resolución del Tribunal Económico-Administrativo regional por la que se estima la reclamación interpuesta por Jucorvesa Albacete, S.L.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA EL EJERCICIO DE ACCIONES JUDICIALES PARA LA IMPUGNACIÓN EN VÍA CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA DE LA RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE 30 DE MAYO DE 2017, POR LA QUE SE ESTIMA LA RECLAMACIÓN INTERPUESTA POR LA REPRESENTACIÓN DE JUCORVESA ALBACETE, S.L.

 
El 30/05/2017, el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla-La Mancha dicta resolución por la que acuerda estimar la reclamación nº 02-582-2014, formulada por la representación de JUCORVESA ALBACETE, S.L. Dicha resolución se considera errónea y dañosa para los intereses de la Hacienda Pública Regional y de su autonomía financiera, por lo que se propone el planteamiento de recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha para su revocación.

Acuerdo por el que se da cuenta al Consejo de Gobierno de la autorización de 25/07/2017, del Vicepresidente al Gabinete Jurídico para el ejercicio de acciones judiciales contra la resolución del Tribunal económico administrativo regional de 31/03/2017

ACUERDO POR EL QUE SE DA CUENTA AL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA AUTORIZACIÓN DE 25/07/2017, DEL VICEPRESIDENTE DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA AL GABINETE JURÍDICO PARA EL EJERCICIO DE ACCIONES JUDICIALES CONTRA LA RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE 31/03/2017.

 
Los servicios jurídicos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha consideran la resolución del TEAR de 31 de marzo de 2017, estimatoria de la reclamación económico- administrativa nº 16/00391/2014, errónea y dañosa para los intereses de la Hacienda Pública Regional y de su autonomía financiera, por lo que da cuenta al Consejo de Gobierno de la autorización del Vicepresidente para la interposición de recurso contencioso-administrativo contra dicha resolución.

Autorización del gasto para la prestación de los servicios de limpieza, lavandería y mantenimiento en la residencia comunitaria de Talavera de la Reina, para los ejercicios 2018 y 2019, con posibilidad de un año de prórroga

LIMPIEZA, LAVANDERIA Y MANTENIMIENTO EN LA RESIDENCIA COMUNITARIA DE TALAVERA DE LA REINA
 
Constituye el objeto de este procedimiento la prestación de los servicios de limpieza, lavandería y mantenimiento en la Residencia Comunitaria de Talavera de la Reina, dependiente ésta de la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha. Es un recurso de carácter residencial que ofrece alojamiento,  manutención y rehabilitación psicosocial a 38 personas con carácter permanente los 365 días del año y necesita estar en óptimas condiciones de limpieza y mantenimiento.
 
Por las características de estos servicios, ajeno a las labores propias de la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha, se hace necesaria la contratación de estos servicios a una empresa externa.
 
El importe previsto de gasto para este expediente es de 297.840,00 €

Modificación del Decreto 84/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural

El Consejo de Gobierno ha aprobado la mmodificación del Decreto 84/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural.
 
Se trata de una disposición autoorganizativa, cuyo objeto es atribuir la gestión, resolución y reconocimiento de obligaciones derivadas de ayudas financiadas por el FEADER a la Dirección General de Agricultura y Ganadería, dado que a no tenía asumida competencias sobre la gestión de fondos FEADER.
 
Esta modificación no supone ningún gasto.
 
Enlaces relacionados:
Decreto 62/2017, de 12 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 84/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural.

Decreto por el que se declara el Monumento Natural “Estratotipo de Fuentelsaz”

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto por el que se declara el Monumento Natural “Estratotipo de Fuentelsaz”.
 
El Decreto tras el procedimiento de declaración establece el marco normativo preciso para otorgar una atención preferente a la conservación de los valores geológicos ecológicos, estéticos, educativos y científicos de la zona
 
Determina la regulación aplicable a usos, aprovechamientos y actividades en el Monumento Natural
 
Se crea un órgano de participación, de carácter asesor y consultivo, para tratar cualquier iniciativa en la gestión y conservación del espacio por parte de propietarios  e interesados.
 
Enlaces relacionados:
Decreto 63/2017, de 12 de septiembre, por el que se declara el Monumento Natural Estratotipo de Fuentelsaz.

Autorización a la empresa pública regional “Gestión ambiental de Castilla-La Mancha, S.A.” (GEACAM) del gasto para formalizar el contrato de obras de construcción de puntos de agua en los diversos parajes

El Consejo de Gobierno ha autorizado a la empresa pública regional “Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha, S.A.” (GEACAM) el gasto de 288.294,65 euros, IVA (21%) incluido, para formalizar el contrato de obras de construcción de puntos de agua en los siguientes parajes: el Olivarico y El Pedazuelo en El Valle Del Rio Segura (t. m. de Yeste - Albacete), en el MUP Poveda (t. m. de Viso del Marqués- Ciudad Real), en los Mesegales-Coquiles (t. m. Solana del Pino – Ciudad Real), y en el MUP valles del término (t. m. Puebla de Don Rodrigo – Ciudad Real). expediente Nº: 103-TT-0-014- 17 / AB (OB10-OB11) – CR (OB12-OB13-OB14)”.
 
El gasto que generará este expediente se enmarca dentro de la Adenda al Acuerdo  de la encomienda de gestión, de fecha 6 de junio de 2017, formalizado entre la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural y la Empresa Pública GEACAM, S.A, para las actuaciones de tratamientos selvícolas preventivos y vigilancia fija y móvil en las campañas de prevención para la lucha contra incendios forestales en Castilla – La Mancha para las anualidades 2014-2020. Programa de Desarrollo Rural 2014-2020. Submedida 8.3. Apoyo para la prevención de daños causados a los bosques por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes, esta última, llevará a cabo la ejecución de las actuaciones referidas a proyectos, obras, asistencias técnicas, servicios, suministros, planes y programas de estas campañas.

Autorización del gasto correspondiente a la prórroga del contrato de servicios para el control y diagnóstico de estaciones depuradoras de aguas residuales urbanas, en el ámbito de Castilla-La Mancha

Existiendo razones técnicas y económicas que justifican la presente prórroga y dada la necesidad de dar continuidad a la importante tarea que supone el control del cumplimiento de la Directiva 91/271 de las Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales, que con cargo al contrato se realizan, se considera necesario prorrogar el contrato existente, a fin de que se continúe con la realización de los controles analíticos de las depuradoras que se están gestionando de cara al cumplimiento de la Directiva Europea.
 
La prórroga propuesta viene contemplada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del Contrato.
 
Una vez aprobada la prórroga del contrato, el nuevo plazo finalizará el 14 de octubre de 2019.

Encomienda al Consejero de Sanidad de las actuaciones procedentes en su Departamento para la implantación de un sistema de monitorización continua de glucosa en pacientes del SESCAM con diabetes mellitus tipo I a partir de los 4 años de edad

En la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha, los recursos sanitarios que gestiona el SESCAM dan respuesta a la demanda asistencial derivada del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la Cartera de Servicios Comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización.
 
El mencionado Real Decreto incluye en su ANEXO II. «Cartera de servicios comunes de atención primaria», apartado 6.4.1., la atención sanitaria protocolizada de pacientes con problemas de salud crónicos y prevalentes, entre otros en el caso recogido en la letra a) Diabetes mellitus, incluyendo el suministro al paciente diabético del material necesario para el control de su enfermedad.
 
Los sistemas de MCG (monitorización continua de glucosa), han sido presentados en los últimos congresos internacionales de Diabetes, por un Consenso Europeo de Expertos, como una verdadera innovación, al medir los niveles de glucosa sin los pinchazos rutinarios de los dedos.
 
Sustituir las tiras y evitar los pinchazos rutinarios con  sistemas de MCG, aporta beneficios a los pacientes tratados con múltiples dosis de insulina al día, personas con diabetes tipo 1, en particular los niños y adolescentes.
 
De lo anterior se deduce la necesidad de hacer un esfuerzo organizativo y económico que permita el acceso al sistema de MCG a los pacientes con diabetes mellitus tipo I del SESCAM con edades comprendidas entre los 4 y los 17 años.

Autorización de la modificación de los porcentajes de gasto plurianual en la anualidad 2018 en partidas de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes

El Consejo de Gobierno autoriza la modificación de los porcentajes de gasto plurianual establecidos en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, en la aplicación  presupuestaria 18020000 G422A 6   ( FPA 0090005) y en la anualidad 2018 hasta el 88,58 por ciento, derivada de la tramitación de los  procedimientos de contratación de obras y complementarios a estos en  colegios de educación infantil y primaria de Castilla- La Mancha.

Encomienda al Consejero de Sanidad de las actuaciones procedentes en su Departamento para la realización de un test genético a pacientes del SESCAM con cáncer de mama precoz operado

El BOE de 6 de noviembre de 2014 publicó la Orden SSI/2065/2014, de 31 de octubre, por la que se modifican los anexos I, II y III del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización.
 
En la mencionada Orden se recoge en su apartado 3.5.10 la atención a los pacientes en el área genética que comprenderá el consejo genético y los análisis genéticos.
 
En referencia a los pacientes oncológicos es importante avanzar en el abordaje del tratamiento desde una perspectiva personalizada. En este contexto y basado en el conocimiento de las características específicas de cada tipo de tumor, es posible ajustar los tratamientos de acuerdo a las características clínicas, patológicas y biológicas de cada paciente, logrando terapias más efectivas, menos agresivas y con mejores resultados y calidad de vida.
 
La aparición de las técnicas de perfiles de expresión génica en la valoración pronóstica de la evolución del cáncer de mama, a raíz de los avances en biología molecular, supone un avance científico que sirve de manera especial para el especialista a la hora de determinar la estrategia terapéutica en estos pacientes. Estas técnicas han demostrado su valor predictivo y pronóstico, validado en los diferentes estudios prospectivos y metaanálisis.
 
No obstante lo anterior, la deficiente planificación realizada por los anteriores gestores sanitarios ha obligado a la actual dirección de la Consejería de Sanidad y del SESCAM a revisar los programas de cribado de cáncer que forman parte de la cartera común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud en su conjunto, diseñando un nuevo programa y un nuevo marco para la realización de test genéticos a pacientes del SESCAM con cáncer de mama precoz operado.

Encomienda al Consejero de Sanidad de las actuaciones procedentes en su Departamento para la ampliación del Programa de detección precoz de cáncer de cuello de útero (cérvix) del SESCAM

El BOE de 6 de noviembre de 2014 publicó la Orden SSI/2065/2014, de 31 de octubre, por la que se modifican los anexos I, II y III del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización. En la mencionada Orden se recoge que entre los programas de cribado que formarán parte de la cartera común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud está el cribado de cáncer de cérvix.
 
No obstante lo anterior, la deficiente planificación realizada por los anteriores gestores sanitarios ha obligado a la actual dirección de la Consejería de Sanidad y del SESCAM a revisar los programas de cribado de cáncer que forman parte de la cartera común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud en su conjunto, diseñando un nuevo programa y un nuevo calendario de actuaciones para la ampliación del Programa de detección precoz del cáncer de cérvix.
 
Estos programas de cribado poblacionales son una de las actuaciones preventivo-asistenciales de Salud Pública más eficaces con el objetivo de reducir el número de enfermos (la incidencia), evitar la mortalidad prematura y/o la discapacidad asociadas a la enfermedad y, en definitiva, mejorar su pronóstico.
 
De lo anterior se deduce la necesidad de hacer un esfuerzo organizativo y económico que permita ordenar y reorientar esta actividad con un enfoque nuevo, poblacional, que homogenice esta práctica preventiva-asistencial consensuada, en todo el colectivo de mujeres (25-65 años) del SESCAM.