El artículo 123 del Reglamento (UE) 2021/2115 contempla la designación de autoridades regionales de gestión del Plan estratégico de la Política Agraria Común (PEPAC, que serán responsables de gestionar y ejecutar en su ámbito el plan estratégico de la PAC de forma eficiente, eficaz y correcta durante toda la vigencia del PEPAC, conforme con los organismos de gobernanza dispuestos en el capítulo II del título II del Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agraria común y se deroga el Reglamento (UE) n.º 1306/2013.
Castilla-La Mancha designó, a través del Decreto 6/2020, de 3 de marzo, por el que se modifica el Decreto 83/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, a la Viceconsejería de Medio Rural como Autoridad de Gestión del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha, atribuyéndole en consecuencia las funciones inherentes a la misma del seguimiento y evaluación del Programa de Desarrollo Rural en el territorio y la planificación de los futuros Programas. Dado que el PEPAC administra, a través de un único Plan Estratégico, las ayudas de la Unión Europea financiadas por el FEAGA y el FEADER, resulta necesario que la Viceconsejería de Medio Rural sea, además, la Autoridad regional del PEPAC de Castilla-La Mancha para el período 2023-2027.
Adicionalmente, el artículo 114 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021, establece que el PEPAC debe contener la descripción de la estructura organizativa del Sistema de Conocimiento e Innovación Agraria (SCIA) con el fin de alcanzar el objetivo transversal del artículo 6.2 de este Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, con el fin de modernizar la agricultura y las zonas rurales, fomentando y poniendo en común el conocimiento, la innovación y la digitalización en las zonas agrarias y rurales y promoviendo su adopción por los agricultores y ganaderos, mediante la mejor del acceso a la investigación, la innovación, el intercambio de conocimientos y la formación. EL PEPAC de España indica que este sistema SCIA se dotará de una estructura de gobernanza multinivel, para la efectiva puesta en marcha de distintos mecanismos de colaboración, cooperación, participación y coordinación, en la que se incluye a las Comunidades Autónomas.
Castilla-La Mancha atribuyó, a través del Decreto 6/2020, de 3 de marzo, por el que se modifica el Decreto 83/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, a la Viceconsejería de Medio Rural la planificación del SCIA en Castilla-La Mancha.
Dado que el PEPAC contempla una estructura organizativa de gobernanza multinivel en España, resulta también necesario asignar, en consonancia con el nuevo marco normativo, la competencia relacionada con el SCIA en Castilla-La Mancha a la Viceconsejería de Medio Rural.
Enlaces relacionados:
Decreto 1/2023, de 17 de enero, por el que se modifica el Decreto 83/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural.