Acuerdos del Consejo de Gobierno 18 de febrero de 2025

Acuerdos del Consejo de Gobierno

Acuerdos del Consejo de Gobierno 18 de febrero de 2025

ACUERDOS

AUTORIZACIÓN A LA EMPRESA PÚBLICA TELEVISIÓN AUTONÓMICA DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A.U, PARA LA REALIZACIÓN DE GASTOS SUPERIORES A 400.000 EUROS.

Los apartados 1 y 2 del artículo 25 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, reguladores del régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, establecen que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.

 

Esta autorización, a la Empresa Pública Televisión Autonómica de Castilla-La Mancha, S.A.U, para la realización de gastos superiores a 400.000 euros, derivados la prórroga del contrato del servicio de unidad móvil HD de entre 4 y 6 cámaras y posibilidad de DSNG para la producción de eventos taurinos para la televisión autonómica, requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el punto 4 de la citada Ley. 

ACUERDO DE CESIÓN GRATUITA DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA AL AYUNTAMIENTO DE CIUDAD REAL DE LA PROPIEDAD DEL INMUEBLE QUE OCUPAN LOS SILOS DE ALMACENAMIENTO DE CEREALES.

En virtud de lo establecido en el artículo 110 y siguientes de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se eleva al Consejo de Gobierno el acuerdo de cesión gratuita por la JCCM al Ayuntamiento de Ciudad Real de un inmueble de una superficie de 8.178m² y una construcción de 2.455 m², conformado por las fincas registrales nº 13.015, 13.713, 37.261 y 10.451 del Registro de la Propiedad número 1 de Ciudad Real y ubicado en el Paseo Carlos Eraña de dicha localidad (según catastro en Avenida Parque de Cabañeros núm. 1), en el cual se encuentran tres Silos de almacenamiento de cereales para destinarlo a usos sociales, culturales y medioambientales.  

AUTORIZACIÓN DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO PARA EL NOMBRAMIENTO COMO FUNCIONARIOS/AS INTERINOS/AS DE 1 EFECTIVOS DEL GRUPO A, SUBGRUPO A1 (ESPECIALIDAD ECONÓMICAS) Y 4 EFECTIVOS GRUPO A, SUBGRUPO A2(CUERPO TÉCNICO).

La aprobación del Programa temporal supone el nombramiento como funcionarios interinos de 1 efectivo del grupo A, subgrupo A1 (especialidad económicas) y  4 efectivos grupo A, subgrupo A2 ( cuerpo técnico), en la Dirección General de Formación Profesional de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, para la gestión de los procedimientos administrativos vinculados a la financiación de fondos procedentes del Ministerio de Educación y Formación Profesional, por un período de dos años a contar desde el 1 de abril de 2025.

 

Las retribuciones serían las asimiladas a las de un funcionario del grupo A, subgrupo A1, jornada ordinaria y nivel de complemento de destino 22  y del grupo A, subgrupo A2, con jornada ordinaria y nivel de complemento de destino 20. 

 

El coste total de la ejecución del programa durante los dos años de su vigencia asciende a  417.570,93 euros.

AUTORIZACIÓN DE LA SEGUNDA PRORROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO PARA EL NOMBRAMIENTO DE 1 TECNICO/A DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, GRUPO A, SUBGRUPO A2, EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL.

El Consejo de Gobierno autoriza la 2ª prórroga hasta el 31 de diciembre de 2025, del programa temporal de empleo para el nombramiento de un efectivo del Cuerpo Técnico, especialidad gestión administrativa, grupo A, Subgrupo A2, en la Dirección General de Formación Profesional de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, para la gestión de los procedimientos administrativos vinculados a la financiación del fondo del mecanismos de recuperación y resiliencia asociado a la Red Nacional de Centros de Excelencia, por un período de 9 meses (1 de julio de 2024 al 31 de marzo de 2025).  

 

Las retribuciones serían las asimiladas a las de un funcionario del Grupo A, subgrupo A2, con jornada ordinaria y nivel de complemento de destino 20. 

 

El coste total de la ejecución del programa asciende de 30.209,06 euros, que se financiará con el fondo 0090014 “MRR NEXT GENERATION” . 

AUTORIZACIÓN DE GASTO PARA EL EJERCICIO 2025 CORRESPONDIENTE A LAS AYUDAS A LOS JOVENES DE REDUCCIÓN DEL 50% EN EL PRECIO DEL BILLETE EN LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE TRANSPORTE.

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar un gasto por importe de 3.300.000 euros, imputable a la partida presupuestaria 1704G/513C/47530, correspondiente a la Resolución de la Dirección General de Transportes y Carreteras por la que se publica el importe que se destinará en el ejercicio 2025 para la Orden 196/2017, de 17 de noviembre, de la Consejería de Fomento, por la que se restablece la ayuda a los jóvenes, de edades comprendidas entre 14 y 29 años, consistente en la reducción del 50% en el precio del billete en los viajes de los servicios regulares de transporte interurbano de viajeros por carretera, dentro del territorio de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha. 

CONCESIÓN DE UN NUEVO PLAZO A GICAMAN PARA QUE PROCEDA A OTORGAR EL DERECHO DE SUPERFICIE EXIGIDO EN EL ACUERDO DE 31 DE OCTUBRE DE 2023, RELATIVO A LA CESIÓN GRATUITA DE LA PARCELA R-8 DE LA FASE V DEL POLÍGONO RESIDENCIAL EN TOLEDO.

l Consejo de Gobierno acuerda: 

 

I.- Renunciar al ejercicio del derecho de reversión por incumplimiento de las condiciones contenidas en el acuerdo del Consejo de Gobierno de 31 de octubre de 2023, concerniente a la cesión gratuita acordada por aquél con fecha de 11 de mayo de 2010 a favor de la EMPRESA REGIONAL DE SUELO Y VIVIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A. -actual GICAMAN-, de la parcela R-8 del Polígono Residencial de Santa María de Benquerencia en Toledo (finca 73.375 inscrita en el Registro de la Propiedad Nº 1 de los de Toledo). 

 

II.- Conceder el plazo de 1 año desde el presente acuerdo para que GICAMAN proceda a otorgar, cumpliendo con el resto de condiciones impuestas por el Consejo de Gobierno y de conformidad con la legalidad vigente, el derecho de superficie exigido en el citado acuerdo de 31 de octubre de 2023.

ACUERDO DE AUTORIZACIÓN PREVIA AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN PARA APROBAR EL EXPEDIENTE DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LIMPIEZA ECOLÓGICA Y RETIRADA SELECTIVA DE RESIDUOS EN DISTINTOS CENTROS Y DEPENDENCIAS EN ALBACETE.

Se propone al Consejo de Gobierno que autorice al órgano de contratación la aprobación del expediente del contrato de prestación de servicios de limpieza ecológica y retirada selectiva de residuos distintos centros y dependencias de la Consejería de Bienestar Social en Albacete capital (2024/012808), basado en el Acuerdo Marco de homologación de los servicios de limpieza ecológica para los edificios de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos (expediente 2021/016601 Lote 1.2). El contrato tendrá un plazo de duración de dos años, siendo la fecha estimada de inicio de la prestación el 1 de abril de 2025, o desde el día siguiente a la fecha de formalización del contrato si fuera posterior, pudiéndose prorrogar por un máximo de dos años más. Su presupuesto máximo de licitación asciende a la cantidad de 3.565.247,13 € (IVA incluido al 21%), que se financiará con cargo a los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para los ejercicios 2025, 2026 y 2027.

AUTORIZACIÓN DEL PROGRAMA TEMPORAL PARA LA INCORPORACIÓN DE 10 TÉCNICOS/AS SUPERIORES INSPECCIÓN, 28 TÉCNICOS/AS SUPERIORES, 11 TÉCNICOS/AS Y 8 AUXILIARES PARA REFUERZO DE LAS DIRECCIONES GENERALES EN LA CONSEJERÍA DE DESARROLLO SOSTENIBLE.

El Consejo de Gobierno acuerda por un periodo de tres años, el Programa Temporal para la incorporación de: 

 

- 10 técnicos/as superiores de inspección, en posesión de alguna de las siguientes titulaciones: ingeniería de montes; ingeniería técnica forestal / grado en ingeniería forestal y medio natural / grado en ingeniería forestal, con máster habilitante; licenciado en ciencias ambientales; licenciado en biología; licenciado en química; ingeniería química; ingeniería industrial; licenciado en veterinaria; ingeniería de minas. 

 

- 28 técnicos/as superiores, en posesión de alguna de las siguientes titulaciones: ingeniería de montes; ingeniería técnica forestal / grado en ingeniería forestal y medio natural / grado en ingeniería forestal con master habilitante; licenciado en ciencias ambientales, licenciado en biología, licenciado en química, ingeniería química, ingeniería industrial, licenciado en veterinaria.  

 

- 11 técnicos/as, en posesión de alguna de las siguientes titulaciones: ingeniería técnica forestal / grado en ingeniería forestal y medio natural / grado en ingeniería forestal; y 

 

- 8 auxiliares administrativos, para refuerzo de las Direcciones Generales de Medio Natural y Biodiversidad, Calidad Ambiental y Economía Circular y Agenda 2030 en materias de sus competencias.

 

El coste máximo asciende a un importe global de 7.883.761,44€.

 

De conformidad con el artículo 49 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, el Consejo de Gobierno podrá autorizar programas temporales, entre otros supuestos, cuando se trate de actividades relacionadas con la prestación de servicios que se consideren absolutamente prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales, previo informe de la Dirección General de Función Pública y la Dirección General de Presupuestos.

 

ACUERDO POR EL QUE SE DECLARA LA UTILIDAD PUBLICA DEL MONTE DENOMINADO “LA CAMPANA”, LOCALIZADO EN EL TERMINO MUNICIPAL DE CHECA (GUADALAJARA), Y SE ORDENA SU POSTERIOR INCLUSIÓN EN EL CATÁLOGO DE MONTES DE UTILIDAD PUBLICA.

El Consejo de Gobierno acuerda declarar la utilidad pública del monte denominado “La Campana”, localizado en el término municipal de Checa (Guadalajara) perteneciente a la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, al reunir los requisitos determinados por los artículos 9, 18 y 19 de la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha. Tras su declaración, acuerda ordenar la inclusión del monte “La Campana” en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Guadalajara quedando el monte con las siguientes características: 

 

Denominación: La Campana 

Nº del Catálogo: 345 

Provincia: Guadalajara 

Partido Judicial: Molina de Aragón 

Término municipal: Checa 

Propiedad: Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha 

Superficie Total: 981,9578 ha 

Superficie Pública: 981,9229 ha (parcelas 16, 18, 3 y 12 del polígono 19) 

Superficie Enclavada: 0,0349 ha 

Enclavados: 2 (parcelas 25 y 20 del polígono 19) 

La superficie del monte catalogada incluye las servidumbres habituales: caminos y superficies correspondientes a la red de hidrología natural. 

ACUERDO POR EL QUE SE DECLARA LA PÉRDIDA DE LA UTILIDAD PÚBLICA Y SE AUTORIZA LA EXCLUSIÓN DE UNA SUPERFICIE DE 36,8333 HA DEL MUP “PINAR DE ALMANSA”, N.º 70 DEL CATÁLOGO DE ALBACETE, PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DE ALMANSA (ALBACETE).

El Consejo de Gobierno acuerda:
 

I. Autorizar la exclusión del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Albacete de una superficie de 36,8333 hectáreas del Monte de Utilidad Pública n.º 70, “Pinar de Almansa”, propiedad del Ayuntamiento de Almansa, con el fin de lograr una mejor definición del monte.

 

II. Declarar la pérdida de la utilidad pública de la superficie excluida.

 

III. Ordenar la actualización de las inscripciones catastral y registral correspondientes, en consonancia con el presente acuerdo.

 

De conformidad con el artículo 9 de la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha, apartado 5, “la exclusión parcial o permuta de una parte no significativa de un monte catalogado podrá ser autorizada por acuerdo del Consejo de Gobierno, a propuesta de su órgano forestal, siempre que suponga una mejor definición de la superficie del monte o una mejora para su gestión y conservación”. 

 

Y de conformidad con el apartado 3 de ese mismo artículo “La inclusión y exclusión de montes en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública se adoptará por acuerdo del Consejo de Gobierno y la llevanza de éste corresponde a la Consejería, que dará traslado al órgano correspondiente de la Administración General del Estado de las inscripciones que practique, así como de las resoluciones administrativas y sentencias judiciales firmes que conlleven  modificaciones en el Catálogo, incluidas las que atañen a permutas, prevalencias y resoluciones que, con carácter general, supongan la revisión y actualización de los montes catalogados”.