Acuerdos del Consejo de Gobierno 19 de junio de 2020

Acuerdos del Consejo de Gobierno

Acuerdos del Consejo de Gobierno 19 de junio de 2020

ACUERDOS

DECRETO SOBRE MEDIDAS DE PREVENCIÓN NECESARIAS PARA HACER FRENTE A LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19 UNA VEZ SUPERADA LA FASE III DEL PLAN PARA LA TRANSICIÓN HACIA UNA NUEVA NORMALIDAD.

El 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud elevó la situación de emergencia de salud pública generada por la expansión del coronavirus COVID-19 a nivel de pandemia internacional. Con el objeto de contener la expansión del SARS-CoV-2, en el marco del protocolo y las instrucciones emitidas por el Ministerio de Sanidad, el Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha aprobó el Decreto 8/2020, de 12 de marzo, sobre medidas extraordinarias a adoptar con motivo del coronavirus (SARS-CoV-2), publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha nº 51, de 13 de marzo de 2020. Por el Estado se publicó el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Este Real Decreto, prorrogado en seis ocasiones, contemplaba una amplia variedad de medidas limitativas con la finalidad principal de contener el virus y mitigar el impacto sanitario. La última prórroga se extiende hasta las 00:00 horas del día 21 de junio de 2020 de acuerdo con el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio, estableciendo que la superación de todas las fases previstas en el Plan para la desescalada de las medidas extraordinarias adoptadas para hacer frente a la pandemia de COVID-19, aprobado por el Consejo de Ministros en su reunión de 28 de abril de 2020, determinará que queden sin efecto las medidas derivadas de la declaración del estado de alarma en las correspondientes provincias, islas o unidades territoriales.  

 

En consecuencia, el cese del estado de alarma nos lleva directamente a la situación de nueva normalidad, en la que será aplicable el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Y en el ámbito autonómico, la respuesta, necesaria y urgente, a la crisis sanitaria que aún subsiste, debe ser la adopción de medidas de prevención con fundamento en las previsiones de la normativa sanitaria que habilitan para ello. En este sentido procede reseñar que debemos mantener algunas de las medidas que se han mostrado eficaces para contener la enfermedad, procurando que las actividades que generen riesgos de transmisión se efectúen con las máximas garantías. Así, las medidas que se adoptan responden, por una parte, a un equilibrio entre la necesaria protección de la salud pública y el incremento en el número e intensidad de las actividades que favorezca la recuperación de la vida social y económica. 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 24/2020, de 19 de junio, sobre medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez superada la fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.