El Consejo de Gobierno ha acordado sancionar a D. Juan Carlos Poblete Cabanillas, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 41.2.b) y otra grave tipificada en el artículo 41.3.a) ambas de la Ley 9/2003, de 20 de marzo, de vías pecuarias, con una multa total de 30.651,64 euros (30.052,62 euros por la infracción muy grave y 601,02 euros por la infracción grave) y la realización de la medida complementaria consistente en la demolición de lo construido sobre la vía pecuaria, así como la retirada de la valla existente sobre la misma, dejando ésta expedita para el tránsito ganadero y demás usos compatibles y complementarios, en el plazo máximo de dos meses, desde la firmeza de la presente resolución, de conformidad con el artículo 50 de la Ley 9/2003, de 20 de marzo, de vías pecuarias de Castilla-La Mancha.
La citada medida complementaria, deberá ser acreditada por la persona inculpada ante el Servicio de Medio Natural de la Dirección Provincial de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de Ciudad Real.
El procedimiento se ha instruido de acuerdo con la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, la Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el Decreto 84/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural.
Y ha sido consecuencia de la denunciar formulada por los Agentes Medioambientales nº 10-61-6, 10-61-1 y 10-61-0 por los siguientes hechos acaecidos en la parcela con referencia catastral 7731004VJ1173S0001ZD: Ocupación mediante vallado y obra civil de la vía pecuaria "Cordel de Ciudad Real", aproximadamente 557,09 metros cuadrados, en la colindancia con la parcela 7731004VJ1173S0001ZD. La vía pecuaria se encuentra amojonada por resolución de 12/03/2010. Se indica que el vallado tiene una altura de 2 m de rombos.