Acuerdos del Consejo de Gobierno 24 de mayo de 2016

Acuerdos del Consejo de Gobierno 24 de mayo de 2016

ACUERDOS

Decreto de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo por el que se modifica el Decreto 95/2014, de 18 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el abono de cuotas a la Seguridad Social

Las modificaciones operadas en la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo y en la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, respecto a la capitalización de la prestación por desempleo, aconsejan modificar este Decreto para adatarlo a la normativa vigente reguladora de la prestación de desempleo en su modalidad de pago único, ampliando el campo de beneficiarios que pueden solicitar la ayuda. También se adecua el texto a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones en materia de publicidad en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
 
Enlace relacionado:
Decreto 24/2016, de 24/05/2016, por el que se modifica el Decreto 95/2014, de 18 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el abono de cuotas a la Seguridad Social, a las personas perceptoras de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha
 

Autorización previa de gasto al Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha, S.A. para la ejecución de la sentencia nº 106, de 23 de febrero de 2016, del tribunal superior de justicia de Castilla-La Mancha

El Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha, S.A eleva una propuesta de autorización previa de gasto al Consejo de Gobierno, relativa a la ejecución de la Sentencia nº 106, de 23 de febrero de 2016, del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que anula la resolución del Jurado Regional de Valoraciones, de fecha 28 de octubre de 2010, en virtud de la cual se desestimó el recurso de reposición contra el acuerdo del Jurado Regional de Valoraciones  en virtud del cual se estableció el justiprecio relativo a la expropiación en ejecución del proyecto de singular interés Parque Industrial y Tecnológico de Illescas, siendo beneficiario el Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha. En dicha sentencia se establece el justiprecio en la cantidad de 258.314,17 euros, con sus intereses legales. 
 
A tenor de lo dispuesto en el artículo 21.4 de la Ley 1/2016, de 22 de abril, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2016, la autorización previa de los gastos de los entes instrumentales mencionados en los apartados e), f) y g) del artículo 1.1 de la citada ley, entre los que se encuentra el Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha S.A, corresponderá al Consejo de Gobierno cuando superen los 240.000 euros.

Acuerdo por el que se toma conocimiento de la resolución de la dirección general de turismo, comercio y artesanía, por la que se convocan las ayudas para la promoción del sector artesano en 2016.

Convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas a apoyar la promoción de los artesanos y empresas artesanas en Castilla- La Mancha, con el fin de con el fin de potenciar su tejido y fomentar la competitividad y rentabilidad de su actividad económica productiva.
 
Se subvencionan las siguientes líneas:
 
a)        Línea de ferias y eventos comercializadores artesanales, que subvencionará la actuación consistente en acudir a ferias y eventos comercializadores artesanales de interés general.
b)        Línea de promoción y publicidad artesanas, subvencionándose las siguientes actuaciones:
-          La producción, edición e impresión de flyers, dípticos, trípticos, folletos, catálogos y la confección de todo tipo de soportes de promoción y publicitarios.
-          La creación, implementación y actualización de páginas web propias de promoción y, en su caso, venta artesana. Asimismo, la integración en portales web en los que exclusivamente se promocionen y, en su caso, se vendan productos artesanos.
-          La realización de campañas e inserciones publicitarias en prensa escrita, revistas periódicas, radio y televisión y demás medios de difusión.
c) Línea de comercialización y tecnología artesanas, subvencionándose las siguientes actuaciones:
-          La creación y diseño de marca comercial y su adaptación o aplicación a papelería básica.
-          La generación de perfiles en redes sociales y el mantenimiento del contenido de los mismos. Asimismo, los servicios de posicionamiento en internet tipo SEO.
 
El importe máximo del crédito destinado a la financiación de las subvenciones previstas para la convocatoria del ejercicio 2016 asciende a 184.000,00 euros, financiándose con fondos propios, con cargo a la aplicación presupuestaria 19120000G/47000, con el siguiente desglose:
a)        Línea de ferias y eventos comercializadores artesanales: 128.800 euros
b)        Línea de promoción y publicidad artesanas: 36.800 euros
c)         Línea de comercialización y tecnología artesanas: 18.400 euros.
 
Enlaces relacionados:
 
Resolución de 07/06/2016, de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, por la que se convocan las ayudas para la promoción del sector artesano en 2016

Acuerdo por el que se toma conocimiento de la resolución de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se aprueba, para el ejercicio 2016, la convocatoria de subvenciones para promover inversiones

La convocatoria de subvenciones va dirigida a promover inversiones para mejorar la seguridad laboral en el sector de la construcción.
 
Son objeto de subvención la adquisición de los equipos siguientes:
 
-          Andamios de fachada de componentes prefabricados.
-          Redes de seguridad.
-          Plataformas elevadoras.
-          Dispositivos de seguridad contra caídas en altura.
-          Sistemas provisionales de protección de borde.
 
La convocatoria se resolverá por el procedimiento de concurrencia competitiva.
 
El importe destinado a la financiación de la convocatoria correspondiente al ejercicio 2016 asciende a 196.000 euros euros.
 
Enlace relacionado:
 
Resolución de 08/06/2016, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se aprueba, para el ejercicio 2016, la convocatoria de subvenciones para promover inversiones destinadas a mejorar las condiciones de seguridad laboral en el sector de la construcción.

Acuerdo por el que se toma conocimiento de la Orden de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de los premios Miguel de Cervantes de gastronomía

A través de esta orden, se establecen las bases reguladoras de los premios Miguel de Cervantes de Gastronomía, en sus distintas modalidades.
 
Con estos premios se pretende, a partir del año en el que se conmemora el cuatrocientos aniversario de la muerte de Miguel de Cervantes Saavedra, rendir homenaje a este gran escritor, y destacar el papel de la cocina castellano-manchega promocionada a través de su obra más importante, “Don Quijote de la Mancha”, reconociendo el trabajo de aquellos establecimientos que promuevan y potencien el valor de nuestra gastronomía como atractivo turístico de reconocido prestigio. 
 
Los premios Miguel de Cervantes de Gastronomía, constan de tres modalidades, con la siguiente dotación económica:
 
a)        Modalidad de Cocina Castellano-Manchega Tradicional.
Primer premio: 2.000 euros, trofeo conmemorativo y diploma.
Segundo premio: 1.000 euros y diploma.
 
b)        Modalidad de Cocina Castellano-Manchega de Vanguardia.
Primer premio: 2.000 euros, trofeo conmemorativo y diploma.
Segundo premio: 1.000 euros y diploma.
 
c)         Modalidad Carta de Vinos.
Primer premio: 2.000 euros, trofeo conmemorativo y diploma.
Cada establecimiento sólo podrá participar en una única modalidad de cocina, a excepción de la Modalidad de Carta de Vinos, a la que sí podrá optar en concurrencia con otra de cocina.
 
Podrán participar las personas físicas y jurídicas o aquellas sin personalidad jurídica que, se dediquen a la actividad de restauración, (incluida en el epígrafe 56.1, de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 09), y/o en el Grupo 671 de la Agrupación 67 del Impuesto de Actividades Económicas) en el territorio de Castilla-La Mancha.
 
Las candidaturas podrán presentarse en el plazo de 1 mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. No se admitirán a trámite, las candidaturas presentadas fuera de este plazo. Las candidaturas sólo podrán presentarse de forma telemática, con firma electrónica, a través del formulario habilitado para ello.
 
El órgano instructor de los procedimientos correspondientes a las convocatorias de estos premios, será el Servicio de Turismo de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo; y la citada Dirección General, el resolutor de los mismos. 
 
Los procedimientos deberán resolverse en el plazo máximo de 4 meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la correspondiente convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
 
Las candidaturas presentadas serán evaluadas por una comisión técnica, conforme a los criterios de selección contemplados en la orden; y seleccionará como finalistas de las modalidades de Cocina Castellano-Manchega Tradicional y Cocina Castellano-Manchega de Vanguardia, a las cinco candidaturas que hayan obtenido mayor puntación; y de la modalidad de Carta de Vinos, a las tres candidaturas que hayan obtenido mayor puntuación. Excepcionalmente y de modo motivado, la comisión técnica podrá seleccionar un número superior de finalistas, que en ningún caso podrá exceder de siete, para las dos primeras modalidades, ni de cinco, para la última. Asimismo, la comisión técnica podrá declarar desiertas las convocatorias en los supuestos contemplados por la orden.
 
Las candidaturas finalistas de cada modalidad seleccionadas por la citada comisión técnica, serán valoradas, finalmente, por un jurado, conforme a los criterios de valoración establecidos en la orden.
 
Enlace relacionado:
Orden de 25/05/2016, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Miguel de Cervantes de Gastronomía

Acuerdo del Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha por el que se autoriza la imputación de gastos de ejercicios anteriores a ejercicio 2016.

Se autoriza la imputación al ejercicio corriente de obligaciones derivadas de los compromisos de gasto adquiridos en ejercicios anteriores por el Servicio de Salud de Castilla La Mancha.  

Toma de conocimiento de la Resolución de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se convocan en 2016 ayudas para la realización de actividades de formación de las submedidas 1.1 y 1.3 del Programa de Desarrollo Rural

El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de la Resolución de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se convocan en 2016 ayudas para la realización de actividades de formación de las Submedidas 1.1 y 1.3 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020. 
 
Enlace relacionado:
 
Resolución de 15/06/2016, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se convocan, en 2016, ayudas para la realización de actividades de formación de las submedidas 1.1 y 1.3 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020

Decreto por el que se dispone el cese y el nombramiento de un miembro del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, designado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

Las Cortes regionales de Castilla-La Mancha aprobaron la Ley 7/2003, de 13 de marzo, del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, que regula su naturaleza, composición y funciones.
 
El artículo 13.1 de la Ley del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha dispone que el Consejo Social elaborará su propio Reglamento de Régimen Interior. El pleno del Consejo Social aprobó el 18 de febrero de 2005 el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, que en su artículo 10 establece la composición del mismo: estará integrado por 19 miembros, incluido el presidente o presidenta, seis miembros en representación del Consejo de Gobierno de la Universidad y 13 en representación de los intereses sociales.
 
Dentro de los 6 primeros son vocales natos el Rector, el Secretario General y el Gerente de la Universidad, y serán elegidos de entre sus miembros un profesor, un estudiante y un representante del personal de Administración y Servicios.
 
Por parte de los intereses sociales de la región seis serán designados por el gobierno de la Junta de comunidades de Castilla-La Mancha, tres por parte de las Cortes y otros seis designados por las entidades empresariales, las sindicales y la federación de municipios y provincias a razón de dos cada uno.
 
Los miembros de la representación social tienen un mandato de 4 años, pudiendo ser prorrogados una sola vez, acabarán también su representación cuando dejen de ostentar el cargo por el cual tienen la representación, o a propuesta de sus respectivas organizaciones como es el caso.
 
Corresponde al Gobierno regional el nombramiento del presidente y de todos sus miembros. 
 
Enlace relacionado:
Decreto 25/2016, de 24/05/2016, por el que se dispone el cese y el nombramiento de miembros del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, en representación de los intereses sociales

Resolución de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se realiza la convocatoria pública para la concesión del uso de libros de texto del alumnado de educación primaria y secundaria obligatoria

La presente resolución tiene por objeto convocar ayudas en especie consistente en el uso de libros de texto por el alumnado de educación primaria y secundaria obligatoria matriculado en centros públicos y privados concertados de Castilla-La Mancha, en las modalidades siguientes:
 
Modalidad 1.-.Libramiento de fondos a centros públicos para adquisición de libros de texto destinados a su uso en régimen de préstamo por el alumnado matriculado en el curso 2016/2017 en 3º, 4º, 5º y 6º de educación primaria y 1º, 2º ,3º y 4º de educación secundaria obligatoria en centros educativos públicos en Castilla-La Mancha.
 
En el supuesto de que haya centros en los que el número de beneficiarios sea inferior al de cursos anteriores y por tanto haya libros suficientes para atender al alumnado beneficiario, no será necesario realizar el libramiento.
 
Modalidad 2.- Subvención para la adquisición de libros de texto destinados a su uso en régimen de préstamo por el alumnado matriculado en el curso 2016/2017 en 3º, 4º, 5º y 6º de educación primaria y 1º, 2º, 3º y 4º de educación secundaria obligatoria en centros privado concertados.
 
Enlace relacionado:
Resolución de 25/05/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se realiza la convocatoria pública para la concesión de ayudas en especie consistente en el uso de libros de texto del alumnado de educación primaria y secundaria obligatoria matriculado en centros públicos y privados concertados de CastillaLa Mancha en el curso 2016/2017

El Consejo de Gobierno aprueba la Resolución por la que se convocan becas para cursos en lenguas extranjeras en las modalidades A y B, destinadas a jóvenes inscritos en el Sistema de Garantía Juvenil

La Resolución convoca para 2016 y 2017 el procedimiento para la concesión de 310 becas destinadas a la realización de cursos en lenguas extranjeras de inglés, francés y alemán. Estos cursos de tres meses de duración se realizarán en los países  de habla en la lengua de referencia: Gran Bretaña e Irlanda para el inglés, Francia y Bélgica para francés y Alemania y Austria para el alemán.
 
Están  destinados a jóvenes inscritos en el Sistema de Garantía Juvenil,  empadronados en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha,  incluidos en las modalidades A y B de la Orden de 04/05/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, que son las siguientes:
 
. Modalidad  A):  Quienes estén en posesión título oficial de Grado, Licenciado, Diplomado, Ingeniero, Ingeniero Técnico, Arquitecto o Arquitecto Técnico por universidades públicas españolas.
. Modalidad B): Quienes estén en posesión de títulos de enseñanzas artísticas superiores, formación profesional de grado superior, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior o enseñanzas deportivas de grado superior.
 
El procedimiento de concesión de concurrencia competitiva y el criterio es la Renta de los participantes en cada modalidad.
 
Los beneficiarios se someterán a una prueba al final del curso para acreditar el nivel de competencias.
 
La presente acción será objeto de cofinanciación mediante Programa Operativo de  Empleo Juvenil  en un porcentaje máximo del 91,89 % sobre los costes totales de la misma. 
 
Enlace relacionado:
Resolución de 07/06/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convocan becas para cursos en lenguas extranjeras, en las modalidades A y B, destinadas a jóvenes inscritos en el Sistema de Garantía Juvenil empadronados en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Resolución de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convocan becas en el ejercicio 2016, para cursos en inglés y francés en Reino Unido/Irlanda/Francia destinadas a jóvenes inscritos en el Sistema de Garantía Juvenil

El objeto de esta Resolución es convocar en 2016, en régimen de concurrencia competitiva, 200 becas (180 en inglés y 20 en francés) para la estancia y participación en un programa intensivo de inmersión lingüística en inglés y francés para complementar la formación de los beneficiarios en el conocimiento de las citadas lenguas mediante la asistencia a un curso intensivo en Reino Unido, Irlanda o Francia, de cuatro semanas de duración, en régimen de traslado, alojamiento y pensión completa.
 
Los beneficiarios son los  jóvenes titulados en Formación Profesional de Grado Medio, en Bachillerato y aquellos que no estén incluidos en las modalidades A y B de la base tercera de la Orden de 04/05/2016 por la que se aprueban las bases para la concesión de dichas ayudas, empadronados en Castilla- La Mancha que consten inscritos e incluidos  en el  fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil conforme a la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia para el disfrute de las medidas de formación especialmente en idiomas.
 
El programa podrá desarrollarse en los siguientes turnos:
a)        Para los cursos de inglés, entre el 4 de septiembre y el 1 de octubre de 2016 (turno 1), entre el 2 de octubre y el 29 de octubre de 2016 (turno 2) o entre el 30 de octubre y el 26 de noviembre de 2016 (turno 3).
b)        Para los cursos de francés en un único turno entre el 4 de septiembre y el 1 de octubre de 2016. 
 
Enlace relacionado:
Resolución de 10/06/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convocan becas en el ejercicio 2016, para cursos en inglés y francés en Reino Unido/Irlanda/Francia destinadas a jóvenes inscritos en el Sistema de Garantía Juvenil empadronados en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha incluidos en las modalidades C y D de la Orden de 04/05/2016 por la que se aprueban las bases para la concesión de dichas ayudas

Toma de conocimiento de la Resolución de la Dirección General de Programas, Atención a la Diversidad y Formación Profesional, por la que se convoca el procedimiento de solicitud de adjudicación de auxiliares de conversación a centros públicos

El objeto de esta Resolución es establecer el procedimiento para que los centros educativos públicos  de la Región puedan solicitar la adjudicación de auxiliares de conversación para el curso académico 2016/2017.
 
El aumento significativo del número de auxiliares que se adjudicará para el próximo curso, así como la necesidad de proceder a la adjudicación de estos  auxiliares de conversación en base a criterios objetivos y públicos hacen necesario la regulación del procedimiento a través de la publicación de esta Resolución.
 
El Programa de auxiliares de conversación para el curso académico 2016/2017 será cofinanciado íntegramente por el Fondo Social Europeo.
 

Acuerdo de 24/05/2016 del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural el Archivo Histórico de Minas de Almadén y Arrayanes (Almadén, Ciudad Real) con la categoría de Colección.

La Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla- La Mancha incluye el Patrimonio Documental y Bibliográfico de interés para Castilla – La Mancha como Patrimonio Cultural cuyos valores pueden ser declarados de Interés Cultural (art.1.2). El Archivo Histórico de Minas de Almadén y Arrayanes reúne un amplio corpus documental que se remonta al siglo XVII y que constituye una valiosa fuente de información para conocer la explotación de las minas a lo largo de un amplio período histórico. Con la declaración de Bien de Interés Cultural se pretende proporcionar la máxima protección a este importante patrimonio documental y bibliográfico e impedir una posible disgregación o traslado parcial o total de este singular archivo. 
 
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Acuerdo de 24/05/2016, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural el Archivo Histórico de Minas de Almadén y Arrayanes, con la categoría de Colección

Toma de conocimiento de la Orden de la Consejería de Bienestar Social por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el desarrollo de proyectos destinados a menores afectados por medidas de protección o medidas judiciales

El objeto de la Orden es establecer con carácter indefinido las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones que tengan como finalidad la financiación para la puesta en marcha y/o el desarrollo de proyectos específicos de atención a menores afectados por medidas de protección, por medidas judiciales o que se encuentren en situación de conflicto social, así como estudios e investigaciones de especial relevancia sobre las realidades emergentes actuales  de las familias y menores y otros que sean considerados de interés social y vayan destinados a dichos colectivos, ejecutados a través de entidades privadas sin fin de lucro (en adelante entidades).
 
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Orden de 25/05/2016, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de proyectos destinados a menores afectados por medidas de protección, medidas judiciales o en situación de conflicto social

Autorizar la imputación a los créditos del presupuesto corriente de obligaciones derivadas de compromisos de gasto adquiridos en ejercicios anteriores por la Consejería de Bienestar Social

Corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe de la Dirección General con competencias en materia de presupuestos, autorizar  las imputaciones a las dotaciones presupuestarias del ejercicio corriente de aquellas obligaciones que se deriven de compromisos de gasto debidamente adquiridos en ejercicio anteriores, para las que no exista crédito disponible en el ejercicio de procedencia. 

Toma de conocimiento de la Orden de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a entidades privadas de iniciativa social para el desarrollo de programas para promoción de la autonomía personal

El objeto de la Orden es establecer con carácter indefinido las bases reguladoras de subvenciones a entidades privadas de iniciativa social para el desarrollo de programas destinados al servicio de promoción de la autonomía personal para las personas en situación de dependencia en Castilla-La Mancha.
 
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Orden de 25/05/2016, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a entidades privadas de iniciativa social para el desarrollo de programas destinados al servicio de promoción de la autonomía personal para las personas en situación de dependencia en Castilla-La Mancha

Autorización de gasto para la contratación del servicio de transporte escolar en las cinco provincias de la Región

Se contratarán 75 rutas de transporte escolar:
 
Albacete:          9
Ciudad Real:      9
Cuenca:            24
Guadalajara:     29
Toledo:             4

Autorización, a la Fundación Impulsa Castilla-La Mancha, de un gasto para formalizar un convenio de colaboración empresarial con La Catedral de Cuenca

 
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.c de la Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de los Servicios Sociales Básicos de Castilla-La Mancha, la autorización previa de los gastos en que incurran los sujetos a que se refiere este artículo, corresponderá al Consejo de Gobierno, a través de la consejería a la que estén adscritas, cuando se superen los 240.000,00 euros
 
 
 

 

Toma de conocimiento de la Orden de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de proyectos dentro del Programa “Garantía +55 años”

El programa "Garantía +55 años", constituye uno de los ejes del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto de 213/2015 de 27 de octubre, y consiste en un programa de carácter extraordinario y temporal, dirigido a la mejora de la empleabilidad de las personas desempleadas perceptoras del subsidio para mayores de 55 años, a través de la realización de proyectos locales y comunitarios de colaboración social .
 
La Orden descrita tiene como objeto establecer las bases reguladoras de subvenciones, para la adscripción en trabajos de colaboración social, de personas desempleadas perceptoras del subsidio para mayores de 55 años.
 
La finalidad de estas subvenciones es ofrecer una oportunidad de actividad a personas desempleadas perceptoras del subsidio de mayores de 55 años, para mejorar su empleabilidad, actualizando y valorando sus competencias, adquiriendo otras nuevas y facilitando su retorno al mercado de trabajo. Al tiempo, persigue incrementar las rentas familiares, evitar el riesgo de pobreza y exclusión social y facilitar una transición hacia la jubilación. Igualmente permite la puesta en marcha de proyectos de utilidad social, de desarrollo local o comunitario, por parte de entidades locales y de entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
 
El Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, modificó el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, modificando el antiguo subsidio para mayores de 52 años, que pasó a ser para mayores de 55 años. En estos mismos términos se pronuncia el artículo 274.4 del vigente texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, que fija en 55 años la edad necesaria para acceder a este subsidio.
 
Con objeto de garantizar el acceso a estas ayudas, de aquellas personas que generaron con 52 o más años, el derecho al actual subsidio de 55 años, se establece una Disposición Transitoria para facilitar a aquel colectivo su participación en este programa .
 
Son beneficiarios de las subvenciones recogidas en la orden las Entidades Locales, las entidades vinculadas o dependientes de las mismas, las agrupaciones de municipios y Diputaciones Provinciales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, así como las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, con sede y ámbito territorial de actuación en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
 
Las entidades beneficiarias podr~3n recibir una subvención de 500 euros mensuales, por cada persona desempleada adscrita a trabajos de colaboración social, no pudiendo superar la cuantía que la entidad beneficiaria ha de abonar a los trabajadores adscritos.
 
Así mismo, podrán solicitar una ayuda de 15.000 euros que se destinará a la contratación laboral de personal técnico, para la realización de las acciones de coordinación, formación u orientación.
 
La subvención estará destinada a sufragar los siguientes gastos derivados del desarrollo de los proyectos:
 
a) Los costes del complemento del subsidio por desempleo para mayores de 55 años, los costes de desplazamiento y de la cuota por accidente de trabajo y enfermedad profesional
b) Los costes salariales y de Seguridad Social de las personas demandantes de empleo, no ocupadas, inscritas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha que, en su caso, las entidades beneficiarias contraten para desempeñar actuaciones coordinación, impartición de formación u orientación.
 
El procedimiento de concesión de las subvenciones recogidas en la proyectada orden se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, y de acuerdo a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia objetividad y no discriminación.
 
Enlace relacionado:
Orden de 24/05/2016, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de proyectos dentro del Programa Garantía +55 años, en el marco del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha.

 

Toma de conocimiento de la Orden de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la creación de empresas por jóvenes agricultores

El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de la Orden de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la creación de empresas por jóvenes agricultores, apoyo a las inversiones en explotaciones agrarias y a determinadas inversiones en materia de regadío.
 
Enlace relacionado:
 
Orden de 03/06/2016, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la creación de empresas por jóvenes agricultores, apoyo a las inversiones en explotaciones agrarias y a determinadas inversiones en materia de regadío.

Autorización de la segunda prórroga del Programa Temporal de refuerzo de personal en los Servicios de Dependencia de las Direcciones Provinciales de la Consejería de Bienestar Social

Tiene por objetivo reforzar a los equipos provinciales con el fin de agilizar la tramitación de los expedientes de valoración de Grado de la situación de dependencia, aprobación de los Programas Individuales de Atención y las revisiones por empeoramiento, al haber resultado insuficiente, excepto en la provincia de Guadalajara, el programa temporal inicialmente aprobado en Consejo de Gobierno de 6 de octubre de 2015, así como la primera prórroga aprobada en Consejo de Gobierno el 26 de enero de 2016.