La convocatoria y las bases reguladoras contenidas en la Orden establecen objeto, características, condiciones y criterios de adjudicación de las ayudas al arrendamiento de viviendas para el ejercicio 2017, con las que se pretende financiar a aquellas personas físicas con menores recursos económicos que cumplan los requisitos exigidos en la Orden, una parte de la renta a satisfacer por el arrendamiento de la vivienda, facilitándoles el acceso y la permanencia en la misma.
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el día de la publicación de la presente convocatoria hasta el día 30 de diciembre de 2016.
Las solicitudes de ayuda, se cumplimentarán en el correspondiente modelo oficial que consta como Anexo I en la presente convocatoria y en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha (www.jccm.es).
La solicitud deberá acompañarse de la documentación establecida y sólo cabrá su presentación por medios electrónicos, bien mediante envío telemático de datos a través del formulario incluido en la sede electrónica (www.jccm.es) si se dispusiese de firma electrónica o bien mediante el procesamiento de la solicitud por parte de las Direcciones Provinciales de la Consejería de Fomento por medio de la concertación de cita previa con los Servicios de Vivienda de dichas Direcciones Provinciales.
Anexo.Requisitos fundamentales de la convocatoria:
a) Ser titular, en calidad de arrendatario, de un contrato de arrendamiento de vivienda sobre un inmueble ubicado en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla‐La Mancha, y que este sirva de vivienda habitual y permanente. El contrato debe tener una duración no inferior a un año.
b) Que la renta establecida en el contrato de arrendamiento de vivienda, y los gastos de comunidad, siempre que se haya pactado la satisfacción por la parte arrendataria, no supere la cuantía total de 500 € mensuales. En el caso de familia numerosa, el límite de la cuantía mencionada no podrá superar los 600 € mensuales.
c) Ingresos mínimos 0,5 veces IPREM1 y máximos hasta 2 veces IPREM (estas cuantías se corrigen en función del número de miembros de la unidad familiar2), conforme a los datos que consten en la AEAT.
d) Se concederá a los beneficiarios una ayuda de hasta el 40% de la renta anual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un límite máximo de 200 € mensuales por vivienda (2.400 € anuales).
Enlaces relacionados:
Resolución de Convocatoria de Ayudas de la Orden 11/10/2106, de la Consejería de Fomento, por la que se establecen las Bases Reguladoras de las ayudas al arrendamiento de viviendas en 2017