La Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, después de describir, en su artículo 35, los principios generales y de actuación en el ámbito del Buen Gobierno, añade que éstos podrán ser objeto de concreción, desarrollo y complemento reglamentario por los sujetos del artículo 4.1 de dicha ley, que deberán elaborar un código ético al que ajustarán su conducta todos sus altos cargos o asimilados.
Por su parte, la disposición adicional cuarta de la citada Ley determina que, en el caso de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el Consejo de Gobierno aprobará un código ético para sus altos cargos o asimilados en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de esta ley, en el que se establecerán los órganos competentes para el seguimiento de su aplicación y determinará la responsabilidad que pueda derivar de su incumplimiento, sin perjuicio del régimen sancionador establecido en dicha norma.
Por Decreto 7/2018, de 20 de febrero, publicado en el Diario Oficial de Castilla-la Mancha de 27 de febrero de 2018, se aprueba el Código Ético para los Altos Cargos o asimilados de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
El artículo 7 del citado Decreto crea, como órgano de asesoramiento para el cumplimiento de las previsiones contenidas en este Decreto en relación con el Código Ético, la Comisión de Ética Pública de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, adscrita a la Consejería u órgano con competencias en materia de buen gobierno. La composición de la citada Comisión se regula en el artículo 8 del referido Decreto que incluye, entre sus miembros, tres personas, que actuarán como vocales, que pueden provenir tanto del sector público como del privado, con acreditada experiencia en materias relacionadas con la ética, el derecho o la gobernanza de organizaciones, que serán designadas por el Consejo de Gobierno, a propuesta del titular de la Consejería u órgano de la Administración regional con competencias en materia de buen gobierno.
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en los preceptos anteriormente citados, por medio del presente acuerdo, a propuesta del Vicepresidente primero de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el Consejo de Gobierno designa a los vocales de la Comisión de Ética Pública de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Enlaces relacionados:
Acuerdo de 25/09/2018, del Consejo de Gobierno, por el que se designan los vocales de la Comisión de Ética Pública de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha