Acuerdos del Consejo de Gobierno 26 de abril de 2016

Acuerdos del Consejo de Gobierno 26 de abril de 2016

ACUERDOS

Autorización para suscribir acuerdo para la posible transacción extrajudicial en el proceso nº 35/2014, que se tramita ante el Juzgado Contencioso­ Administrativo nº 3 de Toledo

El Consejo de Gobierno autoriza un acuerdo para lograr una posible transacción extrajudicial sobre el objeto del proceso contencioso-administrativo número 35/2014, que se tramita ante el Juzgado Contencioso-Administrativo nº 3 de Toledo; autoriza el reconocimiento de las obligaciones de ejercicios anteriores con las imputaciones presupuestarias e importes parciales que se encuentran reflejados en el informe de la Intervención General, conforme a lo establecido en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19/de noviembre y autoriza la aplicación al presupuesto vigente de los compromisos de gasto adquiridos en ejercicios anteriores que se encuentran reflejados en el expediente  de referencia, según el informe de la Dirección General de Presupuestos y el informe propuesta del SESCAM, conforme previene el artículo 36.2.b) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.

Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se nombra a una registradora de la propiedad, mercantil y de bienes muebles para una plaza radicada en el territorio de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha

Tal como establece el Estatuto de Autonomía, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha es el órgano competente para efectuar los nombramientos de registradores de la propiedad, mercantiles y bienes muebles para el territorio de la Comunidad Autónoma.
 
La Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa es la encargada de tramitar estos nombramientos, según el Decreto de estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas. ·Por ello, visto el concurso convocado para la provisión de Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles vacantes, por resolución del 04 de febrero de 2016 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, y resuelto el mismo mediante la resolución del pasado 31 de marzo de esta misma Dirección General, la Viceconsejería informa al Consejo de Gobierno de la propuesta de nombramiento. Así, el Consejo de Gobierno acuerda nombrar registradora de la propiedad, mercantil y de bienes muebles a María Fernández Cora para el Registro de la propiedad mercantil y de bienes muebles de Cogolludo (Guadalajara). 
 
Enlace relacionado:
 
Acuerdo de 26/04/2016, del Consejo de Gobierno, por el que se nombran registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles para plazas radicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Acuerdo de cesión gratuita a favor del organismo autónomo parques nacionales, de una vivienda en la pedanía de Pueblonuevo del Bullaque (Ciudad Real), con destino a alojamiento de visitas institucionales y del personal del Parque Nacional de Cabañeros

La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha es titular de una vivienda sita en la calle La Solana, 10, de la pedanía Pueblonuevo del Bullaque en el municipio de Retuerta del Bullaque (Ciudad Real), con una superficie de 67,51 metros cuadrados.
 
El director general de OAPN solicitó en julio de 2013 y en mayo de 2015 la cesión de dicha vivienda para destinarla a dar alojamiento excepcionalmente a las visitas institucionales que se hagan al parque y al personal que realiza trabajos puntualmente en el Parque Nacional, como pueden ser trabajos de investigación, equipos de filmación de imágenes o programa de cooperación. También se podrá destinar al alojamiento puntual del personal trabajador del parque que, por determinadas circunstancias, no pueden desplazarse a sus domicilios, como pueda suceder en esta época de incendios.  
 
La Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural emitió el 21 de septiembre de 2015 un informe favorable  a la cesión gratuita solicitada por AOPN.
 
Las Cortes regionales serán informadas de dicho acuerdo.

Decreto por el que se dispone el cese y el nombramiento de un miembro del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, designado por la Federación de Municipios y Provincias de Castilla-La Mancha

Las Cortes regionales de Castilla-La Mancha aprobaron la Ley 7 /2003, de 13 de marzo, del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, que regula su naturaleza, composición y funciones.
 
El artículo 13.1 de la Ley del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha dispone que el Consejo Social elaborará su propio Reglamento de Régimen Interior. El pleno del Consejo Social aprobó el 18 de febrero de 2005 el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, que en su artículo 10 establece la composición del mismo: estará integrado por  19 miembros, incluido el presidente o presidenta, seis miembros en representación del Consejo de Gobierno de la Universidad y 13 en representación de los intereses sociales.
 
Dentro de los 6 primeros son vocales natos el Rector, el Secretario General y el Gerente de la Universidad, y serán elegidos de entre sus miembros, un profesor, un estudiante y un representante del personal de Administración y Servicios.
 
Por parte de los intereses sociales de la región, seis serán designados por el Gobierno de la Junta de comunidades de Castilla-La Mancha, tres por parte de las Cortes y otros seis designados por las entidades empresariales, las sindicales y la federación de municipios y provincias a razón de dos cada uno.
 
Los miembros de la representación social tienen un mandato de 4 años, pudiendo ser prorrogados una sola vez, acabarán también su representación cuando dejen de ostentar el cargo por el cual tienen la representación, o a propuesta de sus respectivas organizaciones como es el caso.
 
Corresponde al Gobierno regional el nombramiento del presidente y de todos sus miembros. 
 
Enlace relacionado: 
Decreto 15/2016, de 26/04/2016, por el que se dispone el cese y el nombramiento de miembros del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, designados por la Federación de Municipios y Provincias de Castilla-La Mancha, en representación de los intereses sociales.

Documentos: 

Aprobación de un gasto para hacer frente a la ejecución de dos sentencias relativas a las expropiaciones del aeropuerto de Ciudad Real.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, ha dictado dos sentencias anulando otras tantas decisiones del Jurado Regional de Valoraciones, relativas a la expropiación de terrenos para llevar a cabo la ejecución del "Proyecto de Singular Interés: Aeropuerto de Ciudad Real". Los justiprecios establecidos en las mismas distan mucho del establecido en las decisiones anuladas, y si bien, el beneficiario de la expropiación es la mercantil CR Aeropuertos, S.L., y por lo  tanto, responsable inicialmente del abono de los importes de justiprecios, el Tribunal  Superior de Justicia de Castilla-La Mancha a través de diversos autos dictados en cada uno de los procedimientos, ha declarado responsable a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha del pago de los justiprecios establecidos por la situación concursal de la beneficiaria. 

Autorización del gasto derivado de la contratación de los servicios de desarrollo personal e integración en la comunidad del Centro de Atención a personas con discapacidad intelectual grave "Crisol” de Cuenca.

El expediente de contratación de los servicios de desarrollo personal e integración en la comunidad, transporte adaptado, restauración, limpieza, lavandería, mantenimiento y recepción en el Centro de Atención a personas con discapacidad intelectual grave "Crisol" de Cuenca, implicará un gasto por importe de 9.129.615,28 €.
 
El inicio de la ejecución del contrato tendrá lugar el 1 de noviembre de 2016. La vigencia del contrato tendrá una duración inicial de cuatro años pudiendo prorrogarse, por mutuo acuerdo de las partes, por un periodo máximo de dos años.
 
Dicho gasto supera el límite establecido en el artículo 17 de la Ley 10/2014, de 18 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2015, prorrogados por Decreto 225/2015, de 22 de diciembre de 2015, y, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado f) del citado artículo, corresponde al Consejo de Gobierno la autorización del mismo. 

Resolución de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la realización de acciones de formación profesional para el empleo

Convocatoria pública de concesión de subvenciones para aquellas entidades/empresas que soliciten acciones de Formación Profesional para el Empleo, dirigidas a personas desempleadas, que incluyan un compromiso de contratación una vez finalizado el curso; estos compromisos pueden ser: 
 
-. No inferior al 60% del alumnado, con un 75% del presupuesto.
 
-. Que suponga al n1enos la contratación del 30% de los/as alumnos/as, con el 25% restante del presupuesto.
 
Enlaces relacionados:
 

Entidades de Formación. Normativa. Convocatorias 2016
 

Entidades de Formación. FOCO
 
Resolución de 04/05/2016, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la realización de acciones de formación profesional para el empleo, dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as (Modalidad II) con compromiso de contratación, para la anualidad 2016

Acuerdo por el que se toma en conocimiento el proyecto de Orden de la consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se modifica la orden de 26/02/2015, por la que se establecen las bases de subvenciones dirigidas a entidades locales

La Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por Orden de 26 de febrero de 2015, estableció las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a entidades locales de Castilla-La Mancha para la elaboración de planes de protección civil de ámbito municipal.
 
Una vez analizada la convocatoria de 2015 se han puesto de manifiesto algunos problemas que aconsejan revisar dos aspectos puntuales de esta Orden.
 
En primer lugar, en la anterior convocatoria, de  los seis beneficiarios de las ayudas, sólo uno pudo realizar la justificación en el plazo previsto.
 
Para subsanar este problema se elimina el plazo de seis meses desde la publicación de la convocatoria y se establece como plazo de realización de la actividad subvencionable hasta el 15 noviembre. Como consecuencia de ello se amplía también la fecha límite de justificación del 15 al 30 de noviembre. Además, dadas las comentadas circunstancias excepcionales de la convocatoria de 2015, se considera conveniente que a la convocatoria prevista para 2016 puedan concurrir los ayuntamientos que no pudieron justificar en plazo la anterior. Para ello se incluyen como concepto subvencionable todos los planes elaborados y pagados con anterioridad al 15 de noviembre.
 
Por otra parte, se contemplaba posibilidad de elaborar los planes con medios propios de los ayuntamientos, lo que a la vista de la realidad municipal es complicado y aún más difícil de controlar por parte de la administración que concede la subvención. De esta forma se opta por eliminar estos costes como subvencionables.
 
Enlace relacionado:
Orden de 26/04/2016, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se modifica la Orden de 26/02/2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a entidades locales de Castilla-La Mancha para la elaboración de planes de protección civil de ámbito municipal.

Informe sobre los convenios concertados por la administración de la junta de comunidades e inscritos en el registro general de convenios entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de marzo de 2016.

La Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, previa audiencia a todas las Consejerías de la Administración regional, considera de interés poner en conocimiento del Consejo de Gobierno el informe correspondiente a los convenios inscritos en el Registro General de convenios durante el primer trimestre de este año.
 
De acuerdo con este informe, entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2016 se inscribieron un total de 369 convenios, 175 más que en el mismo periodo de 2015, cuando se registraron 194 convenios. La mayor parte de ellos, 363, fueron suscritos entre dos partes, cinco entre tres partes y uno entre cuatro partes.
 
La aportación económica total de estos convenios asciende a 4.902.455 millones de euros, aportando la Junta de Comunidades un 34,41431% del total lo que supone 1.932.269 millones de euros.

Toma de conocimiento del Proyecto de Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes por la que se aprueban las bases para la concesión de ayudas individuales de transporte escolar para alumnado matriculado en centros públicos no universitarios

Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas individuales de transporte escolar diario o de fin de semana para el alumnado con derecho al transporte escolar que no puede hacer uso de rutas programadas por la administración educativa.
 
Enlace relacionado:
Orden de 06/05/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas individuales de transporte escolar para el alumnado matriculado en centros docentes públicos no universitarios de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Aprobar Decreto por el que se regulan las subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de centros destinados a menores afectados por medidas de protección o judiciales

El Decreto tiene por objeto la regulación de la concesión de subvenciones destinadas a entidades privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de centros destinados a menores que estén o hayan estado afectados por medidas de protección o judiciales, con base en la Ley 14/2010, de 18 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha, en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores y en la Ley 5/2014, de 9 de octubre, de Protección social y Jurídica de la Infancia y la Adolescencia de Castilla-La Mancha.
 
Las ayudas objeto del presente decreto podrán  dirigirse a gastos de personal, gastos corrientes y mantenimiento de los siguientes centros:
 
a)        Hogares y centros para el acogimiento residencial de menores.
b)        Pisos de autonomía y preparación para la vida independiente.
c)         Centros de ejecución de medidas judiciales.
 
La Dirección General competente en materia de familias y menores publicará anualmente en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones una resolución estableciendo el crédito disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas del presente Decreto.
 
Enlaces relacionados:
Decreto 16/2016, de 26/04/2016, por el que se regulan las subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de centros destinados a menores afectados por medidas de protección o judiciales. 
 
Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha.
 
Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
 
Ley 5/2014 de 9 de octubre, de Protección Social y Jurídica de la Infancia y la Adolescencia de Castilla-La Mancha. 

Autorización del gasto derivado del contrato del servicio de limpieza y retirada selectiva de residuos en la Residencia de Mayores del Paseo de la Cuba (Albacete).

La vigencia del nuevo contrato derivado será desde el 1 de junio de 2016 hasta el 31 de mayo de 2018 (ambos días inclusive).
 
Es un contrato derivado del Acuerdo Marco de homologación de .servicios de limpieza de edificios de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos, incluido en el Lote AB-1.2, referido a edificios de Albacete y provincia que implicará un gasto total por importe de 1.243.829,64 €.
 
El gasto supera el límite establecido en el artículo 17 de la Ley 10/2014, de 18 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2015, prorrogados por Decreto 225/2015, de 22 de diciembre de 2015, y, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado f) del citado artículo, corresponde al Consejo de Gobierno su aprobación. 

Autorizar el reconocimiento de obligaciones realizadas correspondientes a cinco facturas de Servicios Auxiliares en el Centro de Menores “Arco Iris” (Albacete)

La Dirección Provincial de Albacete de la Consejería de Bienestar Social precisa reconocer un gasto por importe total de 15.997,19 euros correspondientes a cinco facturas de Servicios Auxiliares en el Centro de Menores “Arco Iris”, dependiente de la Consejería de Bienestar Social de las que se ha omitido la fiscalización previa, establecida en el Artículo 95.a) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre. 

 

Se han generado obligaciones económicas que han de ser atendidas y ante la omisión de la fiscalización previa no se podrá reconocer la obligación, ni tramitar el pago ni intervenir favorablemente estas actuaciones, hasta que el Consejo de Gobierno adopte decisión al respecto, previo informe de la Intervención General. 

El Consejo de Gobierno define las áreas geográficas con necesidades específicas de desarrollo, e inicia los trámites para la implementación de Inversiones Territoriales Integradas (ITI).

El Consejo de Gobierno da el visto bueno al  inicio de  los trámites pertinentes para el desarrollo de Inversiones Territoriales Integradas en Castilla-La Mancha por presentar las mismas características territoriales singulares que requieren de acciones específicas.
 
Las zonas de actuación de la ITI, son:
 
  -En la provincia de Toledo: Comarca de Talavera y Comarca de la Campana de Oropesa. 
  - En la provincia de Ciudad Real: Comarca de Almadén y Comarca de Campo de Montiel.
  - En la provincia de Albacete: Comarca de Sierra de Alcaraz y Campo de Montiel  y Sierra del Segura.
  - La provincia de Cuenca, con actuación preferente en núcleos de población de menos de 2.000 habitantes.
  - La provincia de Guadalajara,  salvo el área de influencia del Corredor del Henares.