El Consejo de Gobierno del día 3 de noviembre de 2020 ha autorizado el gasto de 1.356.015,40 euros para hacer frente a la corresponsabilidad financiera del Organismo Pagador de Castilla-La Mancha derivada de la Decisión de la Ejecución (UE) 2020/201 (Decisión Ad-Hoc nº 62) de la Comisión Europea.
La Comisión Europea, mediante su Decisión de Ejecución (UE) 2020/201, de 16 de febrero de 2020 (Decisión Ad-Hoc nº 62), ha excluido de la financiación comunitaria determinados gastos efectuados por los Estados miembros que para el caso del Organismo pagador de Castilla-La Mancha supone 1.356.015,40 euros, de los cuales 1.347.961,23 euros corresponde a la investigación RD1/2017/854/ES donde la Comisión mantuvo la postura de que la aplicación del FEADER, en lo que respecta al sistema de medidas de inversión pública en España no cumplió la normativa de la UE en los ejercicios 2015-2017, y 8.054,17 euros corresponden a la investigación RD2/2017/001/ES, donde la Comisión en el seno de dicha investigación y en relación con la primera deficiencia constató que para la medida 8.1 del PDR 2014-2020 (Forestación) no existía ninguna verificación de la doble financiación de los agricultores que habían declarado zonas como superficies de interés ecológico para obtener el pago de ecologización al amparo del FEAGA. Ello dio lugar a que se hubieran generado gastos no subvencionables en dicha medida.
El Organismo pagador de Castilla-La Mancha es la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 254/2019, de 15 de octubre, por el que se de los gastos del FEAGA y del FEADER. El artículo 9 de este decreto prevé la delegación de algunas funciones del Organismo pagador lo que comportará la asunción del principio de corresponsabilidad financiera por el órgano en que se ha delegado.
El 18 de octubre de 2019 se firmó el Protocolo de delegación de la función de autorización y control de pagos entre la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural y la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Desarrollo Sostenible. En el apartado de responsabilidades de la Dirección General, en el punto 8, se recoge que asumirá las responsabilidades que se deriven de las actuaciones que realice como órgano delegado, que sobrevengan por las decisiones de los órganos de la Unión Europea y, especialmente, en lo relativo al proceso de liquidación de cuentas y liquidaciones de conformidad.
Por ello se establece que la corrección impuesta al Organismo pagador en la Decisión Ad hoc nº 62 corresponde a la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural por importe de 167.536,89€ y a dicha Dirección General del Medio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Desarrollo Sostenible el importe de 1.188.478,51€.
Al superar el importe de gasto la cifra de 750.000 euros, se precisa la autorización del Consejo de Gobierno, según dispone el artículo 20 de la Ley 10/2019, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-la Mancha para el año 2020, por que se precisa la autorización del Consejo de Gobierno de la cuantía de 1.356.015,40 euros.