La Orden tiene como objeto establecer con carácter indefinido las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades para la realización de proyectos que tengan como finalidad la atención de situaciones de riesgo o exclusión social.
Los proyectos se enmarcarán en las siguientes prestaciones técnicas de atención primaria y atención especializada que establecen los artículos 36 y 37 de la Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha:
a) Alojamiento temporal para situaciones de urgencia social
b) Atención residencial
c) Prevención y atención integral ante situaciones de exclusión social.
Asimismo, en el marco del Programa Operativo del Fondo social Europeo 2014/2010 de Castilla-La Mancha, los proyectos se enmarcarán en las siguientes prioridades de inversión:
a) Prioridad de inversión 9.1, la inclusión activa, en particular con vistas a fomentar la igualdad de oportunidades, la participación activa y la mejora de la empleabilidad.
b) Prioridad de inversión 9.2, la integración socioeconómica de comunidades marginadas tales como la población romaní.
Enlaces relacionados:
Orden de 12/2017, de 2 de febrero, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de proyectos de inclusión social del Sistema Público de Servicios Sociales