El Consejo Europeo de julio de 2020 acordó un paquete de medidas de amplio alcance, con el fin de abordar la situación generada en el ámbito europeo con motivo de la pandemia internacional provocada por la COVID-19, que ha supuesto un esfuerzo sin precedentes con el planteamiento innovador de impulsar la convergencia, la resiliencia y la transformación en la Unión Europea, culminando con la puesta en marcha de un Instrumento Europeo de Recuperación "Next Generation EU", que contribuirá a reparar los daños económicos y sociales inmediatos causados por la pandemia, canalizándose por diversas vías, entre las que destaca como elemento central el "Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia" (MRR), dotado para el conjunto de la Unión Europea con 672.500 millones de euros en préstamos y subvenciones disponibles para apoyar las reformas e inversiones emprendidas por los países de la Unión Europea, con el objetivo de mitigar el impacto económico y social de la pandemia de coronavirus, y de transformar el modelo económico y social europeo hacia otro más sostenible, resiliente y mejor adaptado a los retos y las oportunidades de las transiciones ecológica y digital.
En este contexto, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, PRTR) se ha configurado como el programa promovido por el Reino de España orientado a mitigar los impactos de la Pandemia a nivel nacional, así como a transformar el modelo económico español.
El Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, ha impuesto a los estados miembros una serie de obligaciones, relativas a la protección de los intereses financieros de la Unión Europea, en su condición de beneficiarios de fondos del MRR, entre las que destaca a los efectos del presente Acuerdo, la obligatoriedad de que toda entidad decisora o ejecutora participante en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia disponga de un Plan de Medidas Antifraude.
La Orden HFP/1030/2021 de 29 de septiembre, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha configurado un sistema de gestión homogéneo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), aplicable a todas las Entidades que integran el sector público, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, estableciendo asimismo los procedimientos e instrumentos necesarios para asegurar la coordinación y el seguimiento del PRTR.
En este contexto, Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en su condición de entidad ejecutora del PRTR, debía contar con un Plan de Medidas Antifraude, aplicable a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su personal público, así como a aquellas entidades y personas beneficiarias privadas, socios, contratistas y subcontratistas, que perciban fondos o ejecuten actuaciones del PNRTR. El mismo fue aprobado por Consejo de Gobierno en reunión de 8 de febrero de 2022.
Mediante la aprobación de la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos de ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se introdujeron una serie de obligaciones para todas las administraciones ejecutoras del PRTR, que requerían la adaptación del Plan de Medidas Antifraude de Castilla-La Mancha, tanto en relación a los aspectos organizativos del mismo como a los procedimentales.
Asimismo, la nueva estructura establecida mediante el Decreto 68/2023, de 9 de julio, por el que se establece la estructura de la Administración Regional, requería una actualización del modelo de Gobernanza del Plan, así como de la relación de organismos ejecutores del mismo.
Finalmente, el propio Plan de Medidas Antifraude recogía en su apartado octavo la necesidad de revisar y actualizar el Plan de manera periódica.
En virtud de todo ello, la presente propuesta de actualización recoge las siguientes modificaciones con respecto al Plan actual de Medias Antifraude:
- Actualización de la normativa nacional y autonómica de aplicación en la ejecución del PRTR.
- Actualización de la estructura administrativa y órganos ejecutores del PRTR en Castilla- La Mancha y del modelo de Gobernanza del Plan de Medidas Antifraude.
- Regulación de las entidades instrumentales y de lo subproyectos instrumentales del PRTR en Castilla-La Mancha.
- Inclusión de la posibilidad de adhesión voluntaria de las entidades locales de Castilla-La Mancha a los planes antifraude específicos de cada consejería.
- Inclusión de la DACI específica para procedimientos de contratación, de acuerdo con la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero.
- Inclusión del "Modelo de confirmación de la ausencia de conflicto de interés" (Anexo XI) y de las <Reglas para la selección de solicitudes a someter al análisis de riesgo de conflicto de interés en el caso de procedimientos de concesión de subvenciones de
concurrencia masiva= (Anexo XII), de conformidad con lo establecido en la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero.
Enlaces relacionados:
Plan de Medidas Antifraude de Castilla-La Mancha.