Acuerdos del Consejo de Gobierno 4 de septiembre de 2018

Acuerdos del Consejo de Gobierno

Acuerdos del Consejo de Gobierno 4 de septiembre de 2018

ACUERDOS

DECRETO POR EL QUE SE FIJA EL CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2019 EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA

El Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, establece en su artículo 37.2 que las Comunidades Autónomas, dentro del límite anual de catorce días festivos, podrán señalar aquellas fiestas que por tradición les sean propias, sustituyendo para ello las de ámbito nacional que se determinen reglamentariamente y, en todo caso, las que se trasladen al lunes.
 
El artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos, declarado vigente por el Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo, regula las fiestas laborales de ámbito nacional de carácter retribuido y no recuperable.
 
Por su parte, el Real Decreto 384/1995, de 10 de marzo, transfiere a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de Trabajo. Entre ellas, la letra B) del Anexo del citado Real Decreto, apartado Cuarto, transfiere la determinación de las fiestas laborales de ámbito local y la sustitución de fiestas a que se refiere el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, según redacción dada al mismo por el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre.
 
Con carácter previo a la aprobación del Decreto por el Consejo de Gobierno, se ha concedido audiencia a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de la Región, a la Iglesia Católica y al Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de Castilla-La Mancha.
 
En consecuencia, el Decreto prevé que las fiestas laborales de carácter retribuido y no recuperables en el año 2019, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, serán las siguientes:
 
1 de enero, Año Nuevo
18 de abril, Jueves Santo
19 de abril, Viernes Santo
22 de abril, Lunes de Pascua 1 de mayo, Fiesta del Trabajo
31 de mayo, Día de la Región de Castilla-La Mancha
20 de junio, celebración de las Fiestas del Corpus Christi 15 de agosto, Asunción de la Virgen
12 de octubre, Fiesta Nacional de España
1 de noviembre, Festividad de todos los Santos 6 de diciembre, Día de la Constitución Española 25 de diciembre, Natividad del Señor
 
Enlaces relacionados:
Corrección de errores del Decreto 56/2018, de 4 de septiembre, por el que se fija el calendario laboral para el año 2019 en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha
Decreto 56/2018, de 4 de septiembre, por el que se fija el calendario laboral para el año 2019 en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA MODIFICACIÓN DE PORCENTAJES DEL GASTO PLURIANUAL DERIVADO DEL SERVICIO DE ASESORAMIENTO PARA EVALUACION DE LAS ACTUACIONES COFINANCIADAS POR PROGRAMA OPERATIVO FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA MODIFICACIÓN DE PORCENTAJES DEL GASTO PLURIANUAL DERIVADO DEL SERVICIO DE ASESORAMIENTO PARA EL APOYO A LA GESTIÓN, SEGUIMIENTO, INFORMACION Y EVALUACION DE LAS ACTUACIONES COFINANCIADAS POR PROGRAMA OPERATIVO FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL 2014/2020 CASTILLA-LA MANCHA.
 
La superación de los porcentajes de gastos plurianuales fijados en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha requiere de su autorización por el Consejo de Gobierno. El expediente de contratación del servicio de asesoramiento para el apoyo a la gestión, seguimiento, información y evaluación de las actuaciones cofinanciadas por Programa Operativo Fondo Europeo de Desarrollo Regional 2014/2020 Castilla-La Mancha, supone un gasto plurianual imputado a los ejercicios 2019 y 2020, que conlleva una modificación de los citados porcentajes.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA CONTRATACIÓN Y EL GASTO PARA EL CONTRATO CENTRALIZADO DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD EN LOS EDIFICIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y DEL SESCAM

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA CONTRATACIÓN Y EL GASTO PARA EL CONTRATO CENTRALIZADO DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD EN LOS EDIFICIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y DEL SESCAM EN LAS PROVINCIAS DE TOLEDO, CIUDAD REAL, CUENCA Y GUADALAJARA.
 
El precio del contrato supera el límite de 750.000,00 €, gasto cuya autorización requiere acuerdo del Consejo de Gobierno, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, el órgano competente para la autorización del gasto es el Consejo de Gobierno.

CESIÓN GRATUITA DE USO A FAVOR DEL AYUNTAMIENTO DE CIUDAD REAL DE UNA SUPERFICIE A SEGREGAR DEL INMUEBLE SITUADO EN CALLE POSTAS NÚM. 18 DE CIUDAD REAL, CON DESTINO A ESPACIO PÚBLICO CON JARDINES Y ZONA DE JUEGOS INFANTILES

Se acuerda ceder gratuitamente a favor del Ayuntamiento Ciudad Real, el uso de una parte de la superficie de 1.706 M² a segregar del inmueble situado en la calle Postas, 18 de dicha localidad, adscrito a la Consejería de Sanidad, quedando obligado el Ayuntamiento a destinar la superficie cedida a espacio público con jardines y zona de juegos infantiles (parque  público), y al cumplimiento del resto de las condiciones específicas que se incorporan en documento anexo a este acuerdo.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL GABINETE JURÍDICO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA ALLANARSE EN EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO 561/2017 ANTE EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA

DE CASTILLA-LA MANCHA PARA ALLANARSE EN EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO 561/2017 ANTE EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA CONTRA LA RESOLUCIÓN DESESTIMATORIA DEL TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CASTILLA-LA MANCHA.
 
Se autoriza al Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha a allanarse en  el  procedimiento  ordinario  561/2017, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-   La Mancha, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª, contra las resolución desestimatoria del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla-La Mancha, en reclamación 02/187/2015.

DECRETO POR EL QUE SE TRANSFIERE LA TITULARIDAD DE UN TRAMO DE LA CARRETERA PROVINCIAL TO‐1198 DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO AL AYUNTAMIENTO DE ALCOLEA DE TAJO

El Consejo de Gobierno aprueba el Decreto por el que se transfiere la titularidad de un tramo de la carretera provincial TO-1198, entre el p.k. 0,000 y el p.k. 0,485, de la Diputación Provincial de Toledo al Ayuntamiento de Alcolea de Tajo (Toledo), y dispone su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Enlaces relacionados:
DECRETO POR EL QUE SE TRANSFIERE LA TITULARIDAD DE UN TRAMO DE LA CARRETERA PROVINCIAL TO‐1198 DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO AL AYUNTAMIENTO DE ALCOLEA DE TAJO
Corrección de errores del Decreto 57/2018, de 4 de septiembre, por el que se transfiere la titularidad de un tramo de la carretera provincial TO-1198 de la Diputación Provincial de Toledo al Ayuntamiento de Alcolea de Tajo (Toledo)

AUTORIZACIÓN DEL GASTO DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE GASÓLEO C EN DIVERSOS CENTROS DEPENDIENTES DE LAS DIRECCIONES PROVINCIALES DE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE ALBACETE, CIUDAD REAL, CUENCA, GUADALAJARA Y TOLEDO.

Se propone al Consejo de Gobierno autorizar el gasto del Contrato de Suministro de Gasóleo C en diversos Centros dependientes de las Direcciones Provinciales de la Consejería de Bienestar Social de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo, durante los años 2019 al 2021.
 
La duración del contrato será de tres años a contar desde la fecha de su formalización, pudiendo prorrogarse antes de su finalización por acuerdo del órgano de contratación por un periodo máximo de dos años.
 

AUTORIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN Y DEL GASTO DERIVADO DEL CONTRATO DEL SERVICIO PÚBLICO DE TELEASISTENCIA DE CASTILLA-LA MANCHA Y AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES

Se propone al Consejo de Gobierno autorizar la contratación y el gasto del expediente del contrato del servicio público de Teleasistencia de Castilla-La Mancha. Asimismo se autoriza  la superación de los porcentajes  previstos en el Artículo 48 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, derivado de la tramitación del citado expediente.
 
La fecha estimada de inicio del contrato es el 1 de diciembre de 2018. La duración del contrato será de tres años a contar desde la fecha de su formalización, pudiendo prorrogarse antes de su finalización por acuerdo del órgano de contratación por un periodo máximo de dos años.