La Ley 13/2013, de 2 de agosto, de fomento de la integración de cooperativas y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentario, contempla la figura de la Entidad Asociativa Prioritaria (EAP) como instrumento básico para contribuir a mejorar la estructuración de la oferta y la integración, mediante el redimensionamiento de las entidades asociativas, estableciendo las condiciones para su reconocimiento cuando el ámbito de actuación económica de las mismas es supraautonómico.
En el ámbito autonómico se aprobó el Decreto 77/2016, de 13 de diciembre, por el que se establecen los requisitos para el reconocimiento de entidades asociativas prioritarias de interés regional de Castilla-La Mancha (Eapir) y se crea su registro, cuyo objeto era establecer los requisitos para el reconocimiento administrativo de dichas entidades, con el fin de mejorar la dimensión económica de las cooperativas y de otras entidades agroalimentarias de naturaleza asociativa, cuya implantación y ámbito de actuación económico sean de carácter autonómico.
La Administración de Castilla-La Mancha continúa apostando por el asociacionismo agrario en general y por la integración cooperativa agroalimentaria en particular como instrumento que permita una mejora de la concentración y ordenación de la oferta, una optimización de recursos humanos y económicos en la producción y/o transformación de los productos agrarios y, en definitiva, una mejora de la competitividad del conjunto de la cadena de valor.
Es por lo anterior que el objetivo prioritario al que deben dirigir sus esfuerzos las figuras asociativas es a la mejora de la dimensión empresarial mediante la participación en procesos de integración. Ello no solo con el objetivo de mejorar su situación económica actual sino, además, para poder crear estructuras más sólidas que permitan asegurar la permanencia de la profesión agraria desarrollando para ello procesos industriales que permitan incidir más y mejor en la cadena de valor, mejorando así, o al menos manteniendo, la renta de las personas socias.
Fruto de la experiencia adquirida en el funcionamiento y aplicación de la normativa de reconocimiento y registro de las Eapir, es necesaria la aprobación del presente decreto con objeto de adaptarlo, aún si cabe, a la mayor apertura e internalización de los mercados. A mayor abundamiento, aunque la figura ha tenido un gran calado en el sector agroalimentario con el reconocimiento de ocho Eapir desde diciembre de 2016, aún existen sectores en los que no está reconocida ninguna entidad; por tanto, es conveniente la revisión, entre otros, de los requisitos de disponer de un volumen mínimo de facturación y de la obligación de comercializar.
Enlaces relacionados:
Decreto 251/2023, de 5 de septiembre, por el que se establecen los requisitos para el reconocimiento de entidades asociativas prioritarias de interés regional de Castilla-La Mancha.