Esta Resolución tiene por objeto convocar para el ejercicio 2016 y establecer el plazo de presentación de solicitudes de subvenciones destinadas a financiar los costes laborales y de Seguridad Social derivados de la contratación de los trabajadores de las unidades de apoyo a la actividad profesional en los centros especiales de empleo, en los términos que establece el Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, por el que se regulan las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los centros especiales de empleo.
La Resolución se realiza conforme a las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones a las unidades de apoyo, establecidas en la Orden de 30 de noviembre de 2016 la Consejería de Economía, Empresas y Empleo (DOCM nº 235 de 2 de diciembre de 2016).
Los principales aspectos que se establecen son los siguientes:
1º) Las subvenciones reguladas en esta Resolución se resolverán por el procedimiento de concurrencia competitiva. Se fija como plazo de presentación de solicitudes 7 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución y su extracto en el Diario oficial de Castilla la Mancha.
2º) Se establecen criterios de valoración de las solicitudes presentadas así como criterios en el caso de que se produzcan empates. En el caso de que los importes solicitados por las entidades beneficiarias superen el crédito disponible para la correspondiente convocatoria, se prevé que el órgano concedente pueda proceder al prorrateo entre los beneficiarios del importe global máximo destinado a las subvenciones, aplicando el mismo porcentaje de ayuda entre los beneficiarios de la subvención.
3º) Se indica quienes son los destinatarios finales de las acciones contempladas en esta convocatoria y la cuantía de la subvención.
4º) Por otra parte, se añade, como requisito para acceder a estas ayudas, que los beneficiarios dispongan de un Plan de igualdad, cuando así lo establezca la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
5º) A su vez, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, todos los trámites relacionados con el procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en esta convocatoria se realizarán únicamente por medios electrónicos.
6º) La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos se realizará mediante cuenta justificativa con la aportación de los justificantes de gasto, que se presentará en el plazo de 15 días desde la notificación de la resolución de concesión.
Enlaces relacionados:
Resolución por la que se convocan para el ejercicio 2016 las ayudas a las unidades de apoyo a la actividad profesional, en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los centros especiales de empleo