La orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de las ayudas destinadas a la promoción de la actividad productiva y comercial del sector artesano de Castilla-La Mancha, con el fin de potenciar su tejido, así como fomentar la competitividad y rentabilidad de su actividad económica productiva.
Líneas de subvención 1°) Línea de promoción.
Tiene como objeto la comercialización de productos artesanos y como finalidad la
mejora de la competitividad del sector.
Podrán ser objeto de subvención las siguientes actuaciones:
a) La asistencia a ferias y eventos comercializadores artesanales de interés general.
b) La creación y diseño de marca comercial y su adaptación o aplicación a papelería básica, así como la producción, edición e impresión de dípticos, trípticos, folletos, catálogos y la confección de todo tipo de soportes de promoción y publicitarios.
c) La creación, implementación y actualización de páginas web propias de promoción y, en su caso, venta artesana, o la integración en portales web en los que exclusivamente se promocionen y, en su caso, se vendan productos artesanos, así como la generación de perfiles en redes sociales y el mantenimiento de los mismos, y los servicios de posicionamiento en interne! tipo SEO.
d) La realización de campañas e inserciones publicitarias en prensa escrita, revistas periódicas, radio, televisión y demás medios de difusión.
2°) Línea de inversión en talleres artesanos.
Tiene como objeto la actividad productiva artesanal y como finalidad la mejora de la innovación y de la productividad y competitividad del sector.
Serán subvencionables dentro de la presente línea las siguientes actuaciones:
a) La realización de obras necesarias para implantar. modernizar. rehabilitar. reformar o acondicionar los talleres y locales en los que. de forma independiente y separada. se desarrolle la actividad productiva artesana. Sólo será subvencionable. en su caso. la parte de la inversión destinada al taller.
b) La adquisición. montaie e instalación de maquinaria. instalaciones y otros útiles de producción especificos. necesarios e imprescindibles para el desarrollo de la actividad productiva artesana.
Enlaces relacionados:
Orden 56/2017, de 9 de marzo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la promoción de la actividad productiva y comercial del sector artesano.