Funciones y competencias
Funciones y Competencias de la Dirección General de Política Financiera, Tesorería y Coordinación del FEDER
A la Dirección General de Política Financiera, Tesorería y Coordinación del FEDER, con rango orgánico de Viceconsejería, le corresponden con carácter general las competencias relativas al diseño y ejecución de la política financiera, gestión del tesoro y coordinación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), incluyendo las siguientes funciones:
1. En materia de Política Financiera:
1.1. En el área de endeudamiento y financiación:
a) El estudio, propuesta y programación del endeudamiento interior y exterior de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
b) Gestión financiera, administrativa y presupuestaria de las emisiones de deuda pública, empréstitos, préstamos, créditos y productos derivados de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
c) Propuesta de autorización y supervisión de los límites cuantitativos del sector público regional, de acuerdo a la definición y delimitación del Sistema Europeo de Cuentas Nacional y Regional.
c) Análisis, asesoramiento, propuesta de autorización y supervisión del endeudamiento de las entidades e instrumentos financieros integrados en el sector público regional, de acuerdo a la definición y delimitación del Sistema Europeo de Cuentas Nacional y Regional.
d) Tramitación de las autorizaciones de garantías y avales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de acuerdo con las limitaciones establecidas en la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.
e) Asistencia técnica a las inversiones en activos financieros en el sector público regional. 1.2. En el área de supervisión:
a) El desarrollo, gestión, coordinación, control, inspección, disciplina y sanción en materia de cajas de ahorro.
b) El seguimiento, desarrollo y control para el ejercicio de las competencias asumidas en materia de cooperativas de crédito.
c) En materia de mediación de seguros privados, su gestión, control, inspección y sanción.
d) La gestión del registro y supervisión de intermediarios de crédito inmobiliario y prestamistas inmobiliarios que operen en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.
1.3. En el área de relación y comunicación con las entidades del sector financiero:
a) Relación con el Banco de España.
b) Relación con el Instituto de Crédito Oficial y con el Banco Europeo de Inversiones, con el Banco de Desarrollo del Consejo de Europa y resto de organismos multilaterales de financiación.
c) Relación con las Agencias de Calificación de Riesgos.
d) Relación con el resto de entidades oficiales en materias relacionadas con la Política Financiera y de mediación de seguros privados de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
e) Coordinación de los convenios con entidades financieras firmados por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus entes instrumentales y emisión de informes previos a su formalización.
f) Sin perjuicio de lo establecido en el apartado i) del artículo 12.1, con carácter general, las relaciones con las entidades financieras que operen en Castilla-La Mancha.
2. En materia de tesorería:
a) Ingreso de los derechos y ordenación de pagos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
b) Gestión de tesorería y elaboración de la propuesta del Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería General. c) Establecimiento de las directrices en materia de pagos de los organismos dependientes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
d) Confección del presupuesto de tesorería.
e) Tramitación y ejecución de las órdenes de retención de pagos dictadas en procedimientos administrativos y judiciales.
f) Demás funciones atribuidas por la normativa vigente en materia de cobro y pagos a la Tesorería General.
g) Optimización de los recursos financieros de la Tesorería General.
h) Planificación y gestión de los depósitos bancarios de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y coordinación de las operaciones financieras activas respecto del resto del sector público regional.
i) Dirección y Coordinación de la Caja General de Depósitos.
j) Servir al principio de unidad de caja mediante la centralización de fondos y valores generados por obligaciones presupuestarias y extrapresupuestarias.
3. En materia de fondos europeos:
a) Ejercer de responsable del Programa FEDER de Castilla-La Mancha con la condición de Organismo Intermedio Coordinador frente a la Autoridad de Gestión del FEDER y la Comisión Europea.
b) El análisis de los escenarios presupuestarios, así como la coordinación y seguimiento del proceso presupuestario y de los flujos financieros que derivan de los planes y programas financiados con el FEDER.
c) La elaboración y modificación de planes y programas del FEDER.
d) La coordinación, gestión, seguimiento y evaluación del conjunto de planes, programas e iniciativas relacionadas con el FEDER.
e) El apoyo técnico al conjunto de la Administración de la Comunidad Autónoma en la elaboración y presentación de la documentación requerida por los planes y programas relacionados con FEDER.
f) Descripción de funciones y procedimientos de los sistemas de gestión y, realización de controles del FEDER.
g) Solicitud de reembolsos y anticipos derivados de gestión del Programa FEDER.
h) Cualquier otra competencia en materia de desarrollo regional atribuida a los fondos FEDER en territorio regional, así como en colaboración con el área de política financiera, informar las inversiones canalizadas a través de los instrumentos financieros diseñados por la Comisión europea cuyo destino sea el desarrollo regional.