Funciones y competencias
Funciones y competencias de la Oficina de Transparencia, Integridad y Participación
1. A la Oficina de Transparencia, Integridad y Participación le corresponde:
A. En materia de transparencia:
a) La promoción, coordinación y planificación de la transparencia en la organización de la Administración regional y de sus entes u organismos públicos vinculados o dependientes.
b) La gestión del Portal de Transparencia y la dirección de sus contenidos informativos, garantizando su acceso, actualización y reutilización.
c) La obtención de la información pública debidamente ordenada, actualizada y estructurada según los contenidos de obligada publicidad activa de las unidades de transparencia y de los diferentes órganos gestores y centros directivos de la Administración regional, especialmente de aquellos que dispongan de información centralizada.
d) La elaboración de informes de evaluación sobre la calidad y accesibilidad de la publicidad activa, así como sobre el cumplimiento por los órganos y entes dependientes de la Administración regional de las obligaciones en materia de transparencia.
e) El control y seguimiento de las solicitudes de acceso a la información dirigidas a la Administración regional y a sus entes u organismos públicos vinculados o dependientes.
f) La coordinación y el asesoramiento técnico a las unidades de transparencia.
g) El apoyo y asistencia técnica a la Comisión Interdepartamental para la Transparencia.
h) La gestión del espacio “Datos Abiertos de Castilla-La Mancha” del Portal de Transparencia.
i) Todas aquellas funciones que se deriven de la aplicación de la normativa vigente en materia de transparencia y, en especial, las previstas en la Ley 4/2016, de 15 de diciembre de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha.
B. En material de integridad
a) La recepción y gestión de las declaraciones de actividades, bienes y rentas y su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
b) La gestión de los registros de actividades y de bienes y derechos patrimoniales de las personas que ostentan cargos públicos o asimilados.
c) La colaboración con los órganos de control interno y externo y con otros órganos e instituciones de la Administración regional en la investigación de conductas opuestas a la integridad pública, que comporten conflicto de intereses.
d) La gestión del registro de grupos de interés de Castilla-La Mancha.
e) La recepción, custodia y publicidad de las declaraciones de adhesión al Código Ético, a los currículos y las declaraciones responsables de no estar incursos en causa de incompatibilidad, de las personas que ostenten cargos públicos o asimilados, así como la supervisión y seguimiento de la publicación de las agendas de trabajo.
f) La gestión del Sistema Interno de Información de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y los correspondientes canales internos de información, en el marco de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
g) La elaboración de informes sobre la situación patrimonial de las personas que ostenten la condición de cargos públicos o asimilados, como consecuencia de la presentación de las declaraciones de actividades, bienes y rentas, así como la formulación de recomendaciones y contestación a las consultas que se formulen sobre deberes de abstención, inhibición o incompatibilidad.
h) El apoyo, asistencia y colaboración con la Comisión de Ética Pública de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
i) Todas aquellas funciones que se deriven de la aplicación de la normativa vigente en materia de integridad y, en especial, las previstas en la Ley 4/2024, de 19 de julio, de Integridad Pública de Castilla-La Mancha.
C. En materia de participación:
a) La promoción y el desarrollo de mecanismos que fomenten la participación ciudadana en la organización de la Administración pública regional y de sus entes u organismos públicos vinculados o dependientes.
b) La coordinación y el asesoramiento técnico a las unidades de participación de la Administración pública regional y de sus entes u organismos públicos vinculados o dependientes.
c) El apoyo y asistencia técnica a la Comisión Interdepartamental de Participación Ciudadana.
d) La gestión de un Portal de Participación como espacio institucional virtual destinado a promover la participación ciudadana en el ámbito de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos.
e) La elaboración del proyecto de Programa Anual de Participación Ciudadana para su aprobación por el Consejo de Gobierno.
f) La elaboración de una memoria anual sobre las actividades desarrolladas en materia de participación por las diversas consejerías de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
g) El establecimiento de medidas de colaboración para el apoyo y asesoramiento para la participación en el ámbito de la Administración local regional.
h) El establecimiento de medidas de formación, sensibilización y fomento de una cultura de la participación y la innovación en el seno de administración regional.
i) Todas aquellas funciones que se deriven de la aplicación de la normativa vigente en materia de participación y, en especial, las previstas en la Ley 8/2019, de 13 de diciembre, de Participación de Castilla-La Mancha.
2. Con carácter general, corresponde a la Oficina de Transparencia, Integridad y Participación la representación de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en las relaciones con otras unidades y organismos especializados en los ámbitos materiales antes referidos, además del impulso de instrumentos de formación, cualificación y sensibilización en dichas materias.