Funciones y competencias
Funciones y Competencias de la Dirección General de Asuntos Europeos
A la Dirección General de Asuntos Europeos le corresponden:
a) La asistencia al Vicepresidente Segundo de la Junta de Comunidades en su participación en la Conferencia para asuntos relacionados con la Unión Europea.
b) La asistencia al titular de la presidencia de la Junta de Comunidades en su participación en el Comité europeo de las Regiones, y su suplencia en caso necesario, así como el fomento de la participación de las Consejerías en el procedimiento de aprobación por dicho órgano consultivo europeo de sus dictámenes y resoluciones.
c) La coordinación de los asuntos relacionados con la Unión Europea.
d) El apoyo a instituciones y órganos administrativos de la Comunidad Autónoma en sus gestiones ante la Unión Europea.
e) El desarrollo de planes de formación y sensibilización en asuntos europeos y la colaboración con otras instituciones del ámbito de la misma para fomentar la transnacionalidad de Castilla-La Mancha.
f) La coordinación de la participación de la Comunidad Autónoma en las formaciones del Consejo de Ministros de la Unión Europea y en los comités que asisten a la Comisión Europea en el ejercicio de sus competencias de ejecución. g) La dirección de las tareas ordinarias de la Oficina de Castilla-La Mancha ante la Unión Europea.
h) La respuesta a las solicitudes de información realizadas a través del punto contacto del mecanismo EU_PILOT, así como a las cartas de emplazamiento y dictámenes motivados en los procedimientos de aplicación del Derecho de la Unión Europea, a partir de la información que deberán suministrarle, dentro del plazo que se les indique, los órganos materialmente competentes.
i) La coordinación y seguimiento de las ayudas públicas en la Administración regional y en los organismos y entidades de derecho público o privado vinculados o dependientes, emitiendo informe, con carácter previo y preceptivo, sobre el establecimiento de nuevos regímenes de ayudas, o la modificación de los existentes, que se acojan a reglamentos de exención o a directrices de la Unión Europea sobre ayudas estatales y que deban ser comunicados o notificados a la Comisión Europea.
j) La solicitud de intervención del Reino de España en las cuestiones prejudiciales suscitadas por los órganos jurisdiccionales de la Comunidad Autónoma y la asistencia a la Abogacía del Estado en los procesos ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, cuando sus decisiones sean susceptibles de afectar a los intereses de la Comunidad Autónoma.
k) La dirección del Centro de Información Europe Direct Castilla-La Mancha.
l) El fomento de la participación de las entidades de Castilla-La Mancha en las convocatorias de los programas financieros de gestión directa de la Unión Europea.
m) Las acciones de formación y sensibilización en asuntos relacionados con la Unión Europea para empleados públicos de la Administración regional y de otras Administraciones públicas de Castilla-La Mancha y la colaboración en esta materia con las que realicen otras instituciones públicas o privadas.
n) La coordinación regional del Sistema de Información del Mercado Interior (IMI) y del procedimiento de información en materia de normas y reglamentaciones técnicas y de reglamentos relativos a los servicios de la sociedad de la información.
o) La elaboración de informes sobre las medidas legislativas y ejecutivas de la Unión Europea susceptibles de afectar a la Comunidad Autónoma.
p) La asistencia a las Entidades Locales y a las entidades del sector institucional público y privado de Castilla-La Mancha en sus relaciones con la Unión Europea.